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Nacional

5 de Agosto de 2015

Los puntos esenciales del proyecto de despenalización del aborto

En la siguiente nota se explica lo que señala la iniciativa de Gobierno concretamente en este caso sobre el riesgo de vida de la madre, la inviabilidad del feto y la violación. Por otra parte el proyecto apunta a los requisitos para realizar un aborto en las tres causales antes señaladas, o lo que debe hacer un médico que no está de acuerdo con la medida, entre otras cosas.

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Ayer la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó por 8 votos a favor y 5 en contra, la idea de legislar el proyecto de despenalización del aborto en 3 causales: peligro de vida de la madre, inviabilidad del feto y violación.

Ahora la instancia deberá discutir el tema en particular y despacharlo el día 8 de septiembre, tal y como se anunció ayer.

A continuación te mostramos los puntos más importantes de la medida que impulsa el gobierno.

Riesgo de vida de la madre: El proyecto señala que “en la actualidad los equipos médicos deben enfrentar la aguda contradicción que implica no poder salvar la vida de una mujer porque la interrupción de su embarazo está sancionado penalmente”.

Inviabilidad del feto: El texto aclara que “forzar a una mujer a llevar a término tal embarazo o más bien obligarla a que espere la muerte del feto significa prolongar su sufrimiento”. A su vez precisó que esta inviabilidad debe ser dicha por un médico.

Violación: “No podemos exigirle la continuación del embarazo si ella no quiere mantenerlo debido a su origen. No reconocer la posibilidad de que ella decida en un espacio de discernimiento adecuado y antes de 12 semanas de gestación si desea o no continuar con el embarazo, perpetúa la negación de su voluntad y el dolor que se inició con la violación”.

La Presidenta Michelle Bachelet señaló en este proyecto que le tiempo límite para dar interrupción al embarazo es 12 semanas, pero para las mujeres menores de 14 años es de 18 semanas, ya que “debemos considerar que las niñas y adolescentes muchas veces desconocen su estado”.

El proyecto además señala que pese a que la menor de 14 años debe actuar con autorización de un representante legal, “es importante darle un legítimo espacio de discernimiento y opinión a la menor. Por ello en caso de diferencias con sus representantes se establece la posibilidad de la menor de acceder al juez de Familia para obtener su pronunciamiento”.

En el caso de la violación los médicos también puede no pescar la autorización de dicho representante. “El drama de la violencia sexual que afecta a las niñas y adolescentes suele ejercerse dentro de su propio círculo familiar”, advierte el documento.

Así, el escrito apunta a que se “autoriza al personal médico a prescindir de la autorización de representante legal si existen antecedentes que de solicitarla se expondrá a la menor a riesgos de violencia intrafamiliar o de abandono. En tal caso, el profesional médico deberá solicitar al tribunal de Familia competente la autorización respectiva”.

Por otra parte el proyecto habla de la obligación del prestador de salud para “entregar consejería, de manera oportuna y clara”.

La iniciativa también precisa sobre los requisitos para realizar un aborto terapéutico. En este sentido indica que la mujer requiere de un diagnóstico de un médico cirujano y ratificado por otro colega, aunque admite que “se reconocen excepciones en el caso en el que se requiera una intervención inmediata, por ejemplo cuando el riesgo para vida o salud de la mujer sea inminente”.

A su vez el escrito toma en cuenta que los médicos puedan expresar su opinión frente al tema y su objeción de conciencia, “pero se hace también explícito el deber ético del médico afectado por esta situación de informar de forma oportuna cuando una paciente se encuentra en una de estas causales”. Así, el prestador del servicio debe derivar a la persona con un profesional que no tenga atados.

A su vez el proyecto de gobierno apunta a la “modificación legal que privilegia el deber de confidencialidad por sobre el deber de denuncia ante el interrupción del embarazo. Se trata de prevenir que la mujer se inhiba de entregar información a los médicos o solicitar asistencia por temor a una sanción”.

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