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Nacional

28 de Marzo de 2017

Contesse sella trato con SQM por millonaria demanda laboral tras no pago de indemnización

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SQM y el ex gerente general de la firma, Patricio Contesse, habrían llegado un acuerdo en torno a la millonaria demanda laboral que presentó este último contra su ex empleador, por el no pago de indemnización de sus 25 años de servicio.

Según consigna La Tercera, la demanda de Contesse ingresó al Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago el día 17 de septiembre del año 2015, a seis meses desde que la firma de Ponce Lerou decidió despedirlo “por necesidades de la empresa”, todo esto en medio de la investigación del caso SQM y en meses en que el ex gerente general reconocía que era el responsable de las platas cuestionadas y los 11 palos verdes sin respaldo.

De acuerdo al matutino, durante la jornada de este martes se daría a conocer en un hecho esencial que el acuerdo alcanzado entre ambas partes habla de una cifra entre los 2.000 y 2.700 millones de pesos.

En la demanda presentada por la ex autoridad de SQM se puede leer que “hasta la fecha no se me ha pagado ninguna de las indemnizaciones que por término de contrato me corresponden, ni las demás prestaciones que señalaré más adelante”.

Contesse habría establecido una indemnización especial que dice relación con que ésta sería pagada si es que SQM lo echaba antes del 31 de diciembre de 2018, hecho en que se basa su demanda. El detalle de este punto es que de ser efectivo debería recibir 1,5 remuneración líquida por año de servicio. La cifra además suma su último sueldo bruto, gratificaciones y bono incentivo anual.

En su publicación, La Tercera apunta a que el acuerdo también obliga a Contesse a no presentar demanda alguna contra la empresa o sus directores en el futuro.

La demanda laboral contra SQM que presentó su ex gerente general Patricio Contesse – The Clinic Online

En el documento entregado por la ex autoridad de Soquimich se puede leer que “hasta la fecha no se me ha pagado ninguna de las indemnizaciones que por término de contrato me corresponden, ni las demás prestaciones que señalaré más adelante”.

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