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Actualidad

7 de Noviembre de 2019

¿Qué es el Consejo de Seguridad Nacional (Cosena)?: Objetivos, funciones, integrantes y su pasado antidemocrático

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Uno de los anuncios en materia de seguridad de parte de Sebastián Piñera fue la citación del Cosena, hecho que provocó sorpresa y polémica en diversas personalidades.

De acuerdo al artículo 106 de la Constitución “Habrá un Consejo de Seguridad Nacional encargado de asesorar al Presidente de la República en las materias vinculadas a la seguridad nacional y de ejercer las demás funciones que esta Constitución le encomienda”.

Ahí se detalla que “Será presidido por el Jefe del Estado y estará integrado por los Presidentes del Senado, de la Cámara de Diputados y de la Corte Suprema , por los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, por el General Director de Carabineros y por el Contralor General de la República”.

Al mismo tiempo se añade que ” en los casos que el Presidente de la República lo determine, podrán estar presentes en sus sesiones los ministros encargados del gobierno interior, de la defensa nacional, de la seguridad pública, de las relaciones exteriores y de la economía y finanzas del país”.

Por otro lado, el artículo 107 de la Constitución señala que el Consejo de Seguridad Nacional se reunirá “cuando sea convocado por el Presidente de la República y requerirá como quórum para sesionar el de la mayoría absoluta de sus integrantes”.

En el mismo numeral se sostiene que “el Consejo no adoptará acuerdos sino para dictar el reglamento a que se refiere el inciso final de la presente disposición. En sus sesiones, cualquiera de sus integrantes podrá expresar su opinión frente a algún hecho, acto o materia que diga relación con las bases de la institucionalidad o la seguridad nacional”.

A continuación se precisa que “las actas del Consejo serán públicas, a menos que la mayoría de sus miembros determine lo contrario. Un reglamento dictado por el propio Consejo establecerá las demás disposiciones concernientes a su organización, funcionamiento y publicidad de sus debates.

Última reunión

La última vez que se reunió el Consejo de Seguridad Nacional fue en enero del 2014, durante el primer gobierno de Piñera, a propósito del fallo de La Haya sobre el diferendo marítimo con Perú.

Antes de eso habían sesionado en 2005, durante el gobierno de Ricardo Lagos. En dicha oportunidad el tema a tratar fue justamente la posibilidad de que el ex presidente peruano, Alejandro Toledo, presentara la entonces eventual demanda.

Integrantes:

Presidente de la República: Sebastián Piñera.
Presidente del Senado: Jaime Quintana.
Presidente de la Cámara de Diputados: Iván Flores.
Presidente de la Corte Suprema: Haroldo Brito
Comandante en jefe del Ejército: Ricardo Martínez Mnanteau.
Comandante en jefe de la Armada: Julio Leiva Molina.
Comandante en jefe de la Fuerza Aérea: Arturo Merino Núñez
General director de Carabineros: Mario Rozas.
Contralor General de la República: Jorge Bermúdez Soto

Funciones

Según la Constitución Política de la República, las funciones del Cosena son las siguientes:

a) Asesorar al Presidente de la República en cualquier materia vinculada a la seguridad nacional en que éste lo solicite;

b) Hacer presente, al Presidente de la República, al Congreso Nacional o al Tribunal Constitucional, su opinión frente a algún hecho, acto o materia que, a su juicio, atente gravemente en contra de las bases de la institucionalidad o pueda comprometer la seguridad nacional.

c) Informar, previamente, respecto de las materias a que se refiere el número 13 del artículo 60;

d) Recabar de las autoridades y funcionarios de la administración todos los antecedentes relacionados con la seguridad exterior e interior del Estado. En tal caso, el requerido estará obligado a proporcionarlos y su negativa será sancionada en la forma que establezca la ley, y

e) Ejercer las demás atribuciones que esta Constitución le encomienda.

Los acuerdos u opiniones a que se refiere la letra b) serán públicos o reservados, según lo determine para cada caso particular el Consejo.

PASADO ANTIDEMOCRÁTICO

Antes de la reforma del año 2005, promulgada por el Presidente Ricardo Lagos, el Cosena era un órgano resolutivo y no sólo consultivo del Presidente de la República, como lo es ahora, y para convocarlo bastaba que dos de sus miembros lo acordaran.

Además, en la instancia se nombraban a dedo cuatro senadores y dos miembros del Tribunal Constitucional.

El Cosena cambió su rol desde ser una instancia resolutiva a ser una instancia meramente consultiva: el Cosena no decide nada, no toma ningún acuerdo sobre nada“, señalaba en 2014 el exministro de Defensa e Interior, Mario Fernández.

Fernández agregaba en una nota de Cooperativa que antes de 2005, “era una institución muy poderosa en un área completamente ajena a la que corresponde a la seguridad nacional. Por lo tanto, era verdaderamente un enclave autoritario incrustado en la constitucionalidad vigente. Bueno, eso se acabó”.



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