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Actualidad

28 de Febrero de 2020

Tras solicitud de Londres 38: Corte Suprema ordena mantener secreta la nómina de reos de Punta Peuco

Punta Peuco Agencia Uno

En la sentencia la Tercera Sala del máximo tribunal acogió parcialmente el recurso y ordenó la entrega sólo de información estadística del penal, pero no los antecedentes personales de los internos.

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La Corte Suprema acogió un recurso de queja y ordenó mantener reserva de la información de la nómina de los internos del Penal de Punta Peuco, luego de que desde el espacio de memoria Londres 38 hicieran una solicitud vía Ley de Transparencia para pedir dicha nómina.

En la sentencia la Tercera Sala del máximo tribunal acogió parcialmente el recurso y ordenó la entrega sólo de información estadística innominda del penal, pero no los antecedentes personales de los internos.

El requerimiento realizado por Érica Hennigns, directora de Londres 38, contenía los siguientes puntos:

i.- Nómina de internos que se encuentran condenados en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco al 4 de julio de 2018.
ii.- Nómina de los condenados trasladados desde el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco a otro Penal.
iii.- Número de internos del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco con beneficios carcelarios, identificando estos últimos.
iv.- La identificación de personas que cumplieron condena en Punta Peuco y ya salieron del penal.

Sin embargo, la Corte Suprema decidió mantener en reserva la nómina argumentando que se tratarían de “datos personales”: “Considerando el carácter, naturaleza y contenido de los antecedentes que se solicitan entregar, se ha de entender que las columnas relativas al nombre de cada interno corresponde a ‘datos personales’ de cada una de las personas incluidas en la misma nómina, puesto que se trata de ‘información concerniente a personas naturales identificadas’. Más aun, y dado que esos datos personales se refieren a ‘características morales’ de los sujetos que se encuentran cumpliendo condena en un centro de cumplimiento penitenciario”.

Pese a esto, la Suprema acogió solo el tercer punto de la solicitud, por lo que accedió a entregar información estadística sobre los presos de Punta Peuco argumentando que “se trata de un dato meramente estadístico que puede responderse con la indicación de una cifra relativa a lo pedido”

Por último, se afirma que: “Los internos que manifestaron su oposición a la entrega de información relativa a sus datos personales“, por lo que se negó la solicitud de Érica Henngins.

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