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Política

20 de Agosto de 2021

¿Qué pasa si ME-O llega igual a inscribir su candidatura presidencial el lunes?

Foto: Agencia UNO

Marco Enríquez-Ominami ha desplegado una intensa agenda judicial para recuperar sus derechos políticos y así ser candidato presidencial. Hasta ahora, sólo el Tribunal Constitucional le ha dado la razón, mientras que fuentes del Servicio Electoral adelantan una pequeña ventana: que llegue igual a inscribirse el lunes y luego reclame ante el Tribunal Calificador de Elecciones.

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Un verdadero remezón ha causado el intento de Marco Enríquez-Ominami de inscribirse como candidato presidencial, particularmente entre sus compañeros de Unidad Constituyente, quienes esperaban definir una alternativa única de todo el conglomerado en la consulta ciudadana de este sábado 21 de agosto.

Pero el revuelo también ha impactado a nivel institucional. Esto, luego del fallo unánime del Tribunal Constitucional, quien acogió el requerimiento presentado por ME-O y ofició al Servicio Electoral (Servel) para que lo incluya en el padrón electoral. Con ello, el fundador del PRO podría inscribirse para estar en la papeleta de noviembre.

La solicitud del TC llegó el jueves 19 de agosto a la sede de Esmeralda #611. Sin embargo, todo lo que está por venir está más o menos delineado, porque el caso de ME-O se asemeja al de su ex asesor, Cristián Warner, que va un paso más adelante.

La Fiscalía acusó a ambos de delitos tributarios y fraude al fisco en el marco del caso OAS. Durante el juicio oral, el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago ordenó la suspensión de los derechos políticos de Warner y ME-O, perdiendo transitoriamente su derecho a sufragio. Esta medida fue la que ordenó revertir el TC.

Cristián Warner, ex asesor de ME-O. Foto: Agencia UNO

Sin embargo, el Servel le dio un portazo a Warner. En un oficio firmado por el director Raúl García, el organismo respondió que el padrón electoral ya se encontraba auditado y será publicado el próximo 23 de agosto, mismo día en que se acaba el plazo para inscribir candidaturas.

En el documento de cuatro páginas -al que tuvo acceso The Clinic- el Servel argumenta que la ley señala expresamente que la inclusión o salida de ciudadanos del padrón tiene una fecha tope: se deben aplicar hasta 140 días antes de una elección o plebiscito. Así, la solicitud del TC estaba fuera de plazo.

“El Servicio Electoral, durante dicho período, debe suspender las actualizaciones del registro electoral respecto de todas las resoluciones provenientes de los diversos tribunales de la República que digan relación con la suspensión o reanudación del derecho a sufragio”, señala el texto.

Fuentes al interior del Servel señalaron a The Clinic que la respuesta por la situación de ME-O sería similar. En este sentido, le abren una puerta al ex diputado, que fue el mismo margen que se le comunicó a Cristián Warner en el oficio del Servicio Electoral: el padrón electoral podrá ser objeto de reclamación en los Tribunales Electorales Regionales (TER) en los 10 días siguientes de su publicación.

¿SE PUEDE INSCRIBIR IGUAL?

Tras enterarse del oficio, la defensa de Enríquez-Ominami -que es la misma de Warner- presentó un nuevo requerimiento al TC, acusando al Servel de “desacato”, por negarse a cumplir su resolución. Asimismo, exigieron multas al organismo y el arresto del director del órgano electoral, Raúl García.

Ciertamente, la labor judicial de los abogados Ciro Colombara y Aldo Díaz ha sido intensa en los últimos días, ya que previamente habían ingresado un recurso de protección a la Corte de Apelaciones de Santiago. Sin embargo, en esta arista se anotaron una derrota, ya que el recurso fue rechazado este jueves.

En ese sentido, todo indica que la situación de Enríquez-Ominami se resolverá finalmente en el Tricel. En ese escenario, sin embargo, surge un nuevo problema. ME-O ya ha intentado inscribirse como candidato presidencial sin éxito. El pasado 10 de mayo del 2021, la plataforma del Servel le arrojó error puesto que su RUN no estaba habilitado para sufragar.

En efecto, la ley establece que una persona debe tener derecho a voto para declarar una candidatura. En ese sentido, cabe la duda: ¿Cómo podría ME-O reclamar su inclusión en el padrón, durante los 10 días de reclamaciones que ofrece el Servel, si su inscripción no ha sido aceptada por el mismo organismo anteriormente? ¿Qué pasa, por ejemplo, si ME-O llega igual el lunes a inscribirse como candidato presidencial?

Raúl García, director del Servel. Foto: Agencia UNO

The Clinic le hizo esta pregunta al abogado Jorge Barrera, académico de la U. de Chile y la U. San Sebastián, quien fue tajante: “El Servel está en la obligación de recibir todas las declaraciones de candidaturas entregadas dentro de plazo”.

Posterior a eso, el Consejo Directivo del organismo debe dictar una resolución sobre si acepta o rechaza las distintas candidaturas, la que posteriormente es publicada en el diario oficial. “Es esta última resolución la que puede terminar siendo impugnada”, subraya el abogado.

En ese sentido, Barrera detalla que la impugnación puede ser a dos bandas: si la resolución rechaza la candidatura de ME-O, el ex diputado tiene 10 días para reclamar. Sin embargo, si su inscripción es aceptada, puede ocurrir que sean otros candidatos los que soliciten al Tricel que la rechace.


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