Secciones

Más en The Clinic

The Clinic Newsletters
cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad

Actualidad

28 de Septiembre de 2021

Contraloría recuerda a Hassler límites de su cargo tras asumir en comando de Boric: “No podrán usar su autoridad para fines ajenos a sus funciones”

La alcaldesa de Santiago, Irací Hassler Agencia Uno

Desde la Contraloría recalcaron que "los funcionarios públicos no podrán realizar actividad política dentro del horario dedicado a la Administración del Estado".

Por

Diversos cuestionamientos surgieron luego de que la alcaldesa de Santiago, Irací Hassler, fuera anunciada como la nueva integrante del comando presidencial de Gabriel Boric, por lo que la Contraloría se refirió al tema.

La edil y militante del Partido Comunista asumió así como co-coordinadora programática del abanderado de Apruebo Dignidad, para “apoyar el proceso participativo para profundizar el programa que lidera Gabriel Boric”, según señaló en sus redes sociales.

https://www.theclinic.cl/2021/09/28/una-convivencia-a-la-fuerza-la-solapada-molestia-de-los-comunistas-por-la-acotada-influencia-en-el-comando-de-boric/

Fue tras este anuncio que desde la Contraloría salieron a aclarar las dudas surgidas en torno a si Hassler puede asumir en un comando presidencial mientras se desempeñaba como alcaldesa.

En esta línea desde el organismo apuntaron al dictamen E50319N20, en el que se señala que “tanto las autoridades municipales como regionales se encuentran sometidas al principio de probidad administrativa, conforme con lo dispuesto en los artículos 8° de la Constitución Política de la República y 3° de la ley N° 18.575″.

Debido a esto, precisan, estas autoridades “en el ejercicio de sus cargos, deben abstenerse de realizar actividades políticas, para velar por el cumplimiento de sus funciones, a esto se le suman los empleados estatales, cualquiera sea su jerarquía y el estatuto jurídico que los rija”.

Desde Contraloría añaden además que “están impedidos de realizar actividades de carácter político contingente, no pueden hacer proselitismo o propaganda política, promover o intervenir en campañas o participar en reuniones o proclamaciones para tales fines”.

Finalmente, sentencian que “los funcionarios públicos no podrán realizar actividad política dentro del horario dedicado a la Administración del Estado, ni usar su autoridad, cargo o bienes de la institución para fines ajenos a sus funciones”.

VOLVER AL HOME

Notas relacionadas

Deja tu comentario