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Nacional

20 de Marzo de 2023

Justicia da portazo a Armada: ordenan el retiro de retrato y fotografía de José Toribio Merino de dos dependencias

Imagen de referencia. Foto: Agencia Uno

La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a la Armada retirar imágenes del excomandante y miembro de la Junta Militar de la Secretaría General y Comandancia en Jefe de la Primera Zona Naval. Aseguran que se incurrió en un acto "arbitrario e ilegal" al mantenerlas en exhibición.

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La Corte de Apelaciones de Santiago le ordenó a la Armada retirar el retrato y fotografía del excomandante en jefe de la institución, José Toribio Merino, quien fue miembro activo de la Junta Militar desde 1973 hasta 1990.

Este fallo dividido estableció que se incurrió en un acto “arbitrario e ilegal” el mantener estas imágenes en exhibición, específicamente en la Secretaría General y Comandancia en Jefe de la Primera Zona Naval.

Esto considerando que se trata de alguien que “formó parte de un gobierno de facto durante el cual se incurrieron en delitos de lesa humanidad”.

La decisión se tomó luego de que el abogado Luis Mariano Rendón interpuso un recurso de protección solicitando que “se asegure el imperio del derecho, amparándolo en el legítimo ejercicio de su derecho a la integridad psíquica, ordenando el retiro de todos los homenajes a José Toribio Merino Castro del interior de recintos de la Armada”.

Rendón es conocido por ser abogado e integrante del segundo informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura (Comisión Valech II).

Corte acoge recurso de protección

“El único fundamento entregado para no acceder al retiro de una fotografía y retrato, es que se encuentran ubicadas junto a las de otras personas que desempeñaron igual cargo que el del señor Merino”, expresa el fallo de la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones.

Al respecto señalan que “tal distinción se torna en ilegal a la luz de la garantía de no repetición consagrada en el artículo 63.1 de la Convención sobre Derechos Humanos y aplicable a nuestro país de conformidad al artículo 5 de la Constitución, que dispone que ‘cuando decida que hubo violación de un derecho o libertad protegidos en esta Convención, la Corte dispondrá que se garantice al lesionado en el goce de su derecho o libertad conculcados'”.

En ese sentido aseguran que se acogió en recurso de protección, “solo en cuanto se ordena a la Armada de Chile el retiro del retrato y fotografía de José Toribio Merino Castro” de los establecimientos mencionados anteriormente.

La Armada debe ejecutar esta medida debe realizarse en un plazo de tres días “desde que el presente fallo quede firme”.

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