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Nacional

16 de Noviembre de 2023

Consejo de la CMF cancela la inscripción de Factop en el Registro de Corredores de Bolsas de Productos

Daniel Sauer y audio de Luis Hermosilla

Dentro de los motivos para suspender la totalidad de las actividades de Factop, la CMF consideró “la gravedad de las infracciones sancionadas, las situaciones detectadas con motivo de la suspensión de STF Capital Corredores de Bolsa SpA y la importancia de resguardar el interés público y la debida protección de los inversionistas“.

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Este jueves, se conoció que el Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) resolvió cancelar la inscripción de Factop Corredores de Bolsa de Productos S.A. (Factop CBP S.A.) en el Registro de Corredores de Bolsas de Productos.

Factop fue fundada por el empresario Daniel Sauer (45), quien también se ha visto afectado por el polémico audio que dio a conocer el medio Ciper, donde en medio de una conversación con los abogados Luis Hermosilla y Leonarda Villalobos se habló de coimas para sobornar a la CMF y al Servicio de Impuestos Internos (SII).

Sobre los motivos para cancelar la inscripción de Factop, desde la CMF indicaron que “dejó de cumplir el requisito establecido en la letra e) del artículo 7 de la Ley N°19.220, que señala que los corredores deben acreditar ante la CMF el no haber sido sancionados con la expulsión de una bolsa de productos”.

De hecho, la CMF explicó que el 7 de noviembre presentó a Factop un oficio para expresar su posición previa a tomar alguna medida. “A la fecha, dicho oficio no ha sido respondido por la corredora”, dijo en un comunicado la institución.

Además, la empresa no informó sus estados financieros correspondientes al tercer trimestre, ni ha acreditado un patrimonio que le permita operar, manteniéndose en la situación que motivó la suspensión decretada en agosto por el regulador.

“En relación con STF Capital Corredores de Bolsa SpA, el Consejo de la CMF analizó que dicha entidad interpuso un reclamo de ilegalidad a la sanción de cancelación impuesta por la CMF mediante Resolución del 8 de agosto de este año. Ello en el contexto que el artículo 71 del Decreto Ley N°3.538 dispone la suspensión de los efectos de la sanción de cancelación hasta que el reclamo judicial sea definitivamente resuelto por los tribunales de justicia”, menciona el comunicado de la CMF.

Dentro de los motivos para suspender la totalidad de las actividades de Factop, consideraron “la gravedad de las infracciones sancionadas, las situaciones detectadas con motivo de la suspensión de STF Capital Corredores de Bolsa SpA y la importancia de resguardar el interés público y la debida protección de los inversionistas“.

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