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Negocios

6 de Enero de 2025

Banco Santander pide liquidación forzosa de Tonka Tomicic por deuda que supera los $90 millones

Banco Santander presentó una solicitud de liquidación forzosa simplificada contra Tonka Tomicic, quien enfrenta deudas que superan los $91 millones. La acción se suma a otras demandas, incluido un cobro por $90 millones del Banco de Chile, dando cuenta del complejo panorama financiero que enfrenta la animadora.

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Este lunes, Banco Santander presentó una solicitud ante los tribunales para iniciar un procedimiento concursal de liquidación forzosa simplificada en contra de la diseñadora y animadora de televisión Tonka Tomicic Petric, en el marco de un proceso concursal debido a millonarias obligaciones impagas.

La solicitud se fundamenta, de acuerdo a la entidad financiera, en la existencia de dos títulos ejecutivos vencidos por un monto total superior a los $180 millones, más intereses y costas.

Según ha trascendido, en la demanda presentada ante el 17° y 14° Juzgados Civiles de Santiago, Tomicic fue demandada tanto por el Banco Santander como por el Banco de Chile, con la finalidad de obtener el cobro compulsivo de las obligaciones impagas.

En ambos casos, se argumenta que la animadora fue notificada personalmente de las demandas, pero no presentó bienes suficientes para cubrir las deudas dentro del plazo establecido.

En el escrito presentado por el abogado José Antonio Morales Miranda, quien actúa como mandatario judicial del banco, se especifica que Tomicic adeuda más de $91 millones al Banco Santander, según una acción ejecutiva en curso. Además, se suma una deuda de $90 millones reclamada por el Banco de Chile en un procedimiento similar.

De acuerdo al abogado, “la deudora no presentó bienes suficientes para responder a las prestaciones adeudadas y sus costas dentro de los cuatro días siguientes al respectivo requerimiento”

El banco señala que, a pesar de haber sido notificada, la deudora no habría presentado bienes suficientes para responder a las deudas, ni a sus costas dentro de los cuatro días posteriores al requerimiento, lo que justificaría la solicitud de liquidación forzosa.

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