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Ciudad

21 de Marzo de 2025

Contraloría detecta pagos irregulares por más de $972 millones en la Municipalidad de Rinconada

La Contraloría Regional de Valparaíso detectó una serie de irregularidades en compras realizadas por el municipio de Rinconada como la adquisición de terrenos para viviendas sociales, en una zona donde el plano

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La Contraloría Regional de Valparaíso detectó una serie de irregularidades al interior de la Municipalidad de Rinconada tras realizar una auditoría a los ingresos y gastos realizados entre enero de 2022 y diciendo de 2023.

El análisis reveló que el municipio pagó $972.294.363 a la Constructora Siglo Mil Limitada para la realización de una serie de obras, lo que quedó estipulado en 18 órdenes de compra. Sin embargo, en no se especificó la planimetría, términos de referencia, especificaciones técnicas u otros antecedentes para verificar la calidad de los trabajos, su cantidad o dónde se efectuarían. Respecto de esas mismas órdenes de compra, se advirtió la falta de constancia de la tala de 177 árboles del Callejón Las Moras, por lo que se pagaron $44.250.000.

Otra irregularidad tiene que ver con el pago que la municipalidad realizó por $4.581.500 a la misma empresa constructora por el arriendo de un furgón para el traslado de pacientes, sin que conste que el vehículo haya sido utilizado.

También se constató la entrega de beneficios pecuniarios mediante un Fondo de Desarrollo Productivo a microempresarios, sin contar con un informe social que reflejara que ellos tenían una necesidad manifiesta o una carencia absoluta de medios de subsistencia.

Irregularidades en la construcción de viviendas sociales

Junto con eso, Contraloría verificó que los terrenos comprados por el municipio a Agroindustrial Ibarra S.A. para la construcción de viviendas sociales, se ubica en una zona donde según el plano regulador es de uso agrícola, forestal y ganadero. Por ello no, es posible construir viviendas sociales.

La Municipalidad de Rinconada pagó $199.015.303, para la “Construcción de muro perimetral de albañilería en callejón Las Moras”, “Cierre perimetral de malla callejón Las Moras”, “Desarme de cerco existente de tala de árboles Las Moras”, “Desarme de cerco existente segunda etapa de tala de árboles Las Moras” y “Cerco perimetral segundo tramo 590 ml”, las cuales no pueden ser calificadas como obras de desarrollo comunal. Esto, porque sólo beneficia al dueño del inmueble, es decir, un privado.

Entrega de becas y juguetes

Gracias a la auditoría también se constató la falta de antecedentes que acrediten la situación socioeconómica y académica de los favorecidos con las becas de estudios entregadas en 2022. Además, se comprobó la entrega de becas de estudio 2023 a personas que no se encontraban dentro del 60% de vulnerabilidad o no cumplían con la nota mínima exigida.

Por otro lado, el municipio entregó juguetes, que tuvieron un costo de $17.992.800. Lo anterior, no cumple con las disposiciones vigentes en orden a que el municipio sólo puede adquirir juguetes para donarlos a niños indigentes o de escasos recursos de la comuna, como atención de una necesidad de carácter social, previa evaluación de las condiciones en que se encuentran los requirentes. En este caso, esta última condición no se cumple, debiendo esa municipalidad adoptar medidas para acreditar tal condición de los beneficiarios, como asimismo, evitar la ocurrencia de situaciones similares en lo sucesivo, todo lo cual debe informar mediante el Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles.

Otra observación señala que el alcalde Juan Galdames Carmona, dio su voto favorable -sin abstenerse- para la entrega de subvenciones a la Corporación de Desarrollo Comunal de Rinconada por $45.000.000, y al Liceo Parroquial Teresita de Los Andes por $ 30.000.000, donde sus hermanas son tesorera y representante legal, respectivamente.

Se comprobó que ese municipio no ha transferido a la cuenta corriente exclusiva la suma de $247.604.466, que la Tesorería General de la República depositó el 22 de diciembre de 2023 por concepto de ley casino, lo que evidencia el uso de tales fondos en fines no autorizados por la ley N°19.995, por lo que corresponde que esa entidad traspase dicho monto a la mencionada cuenta corriente exclusiva.

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