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Daniel Sauer

Ciudad

9 de Mayo de 2025

Caso Audios: Daniel Sauer vuelve a prisión preventiva y Leonarda Villalobos se mantiene con arresto domiciliario

La primera Sala de la Corte de Apelaciones resolvió que Daniel Sauer deberá volver a Capitán Yáber mientras que Leonarda Villalobos continuará con arresto domiciliario. Desde Fiscalía destacaron que "se dispuso que vuelva a prisión preventiva porque se estima que es la medida cautelar proporcional respecto de los hechos por los cuales ha sido formalizado".

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La Corte de Apelaciones de Santiago dio a conocer, durante la tarde de este viernes, la resolución respecto a la revisión de las medidas cautelares de los imputados Daniel Sauer y Leonarda Villalobos a raíz del llamado Caso Audios.

De esta forma, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones determinó que Leonarda Villalobos continuará cumpliendo arresto domiciliario. Mientras que Daniel Sauer deberá retornar al Anexo Capitán Yáber para cumplir prisión preventiva. Sauer había abandonado el anexo penitenciario hace una semana, el 29 de abril pasado, tras permanecer en él desde el 10 de abril de 2024.

El fiscal Juan Pablo Araya detalló que “en la parte que atañe a la apelación del Ministerio Público, la Ilustrísima Corte acogió el recurso de apelación respecto de Daniel Sauer. Se revocó la resolución de la magistrada del Cuarto Juzgado de Garantía. Ésta había otorgado una sustitución de la prisión preventiva por arresto domiciliario total y arraigo nacional. En este caso, se dispuso que vuelva a prisión preventiva porque se estima que es la medida cautelar proporcional respecto de los hechos por los cuales ha sido formalizado“. 

“En el caso de la imputada María Leonarda Villalobos. Ellos confirmaron la resolución del Tribunal de Garantía. En este caso mantuvieron esa sustitución de la prisión preventiva por medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional“, añadió el fiscal. 

Al respecto, el fiscal destacó que en el caso de Sauer, dada “la gravedad de los delitos por los cuales ha sido formalizado, las penas asignadas (…) En particular se consideró que el transcurso del tiempo a su respecto no era un fundamento suficiente para sustituir la medida cautelar. No es necesariamente que lleve un año sometido a prisión preventiva va a justificar un cambio de medida“. 

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