Una muerte en el cerro de la Cruz de Copiapó: la dramática trama de la primera condena por suicidio femicida cuyo victimario cumplirá su pena en libertad
La muerte de Raquel Gutiérrez, de 22 años, en Copiapó derivó en la primera condena en Chile por suicidio femicida, incorporada a la Ley Antonia. Aunque su expareja y padre de su hija Heraldo Brevis fue hallado culpable, cumplirá la pena en libertad debido a atenuantes como su irreprochable conducta anterior. El fallo no solo abrió un precedente judicial: también expuso las limitaciones de la norma y la complejidad de acreditar este tipo de delitos en un juicio oral. La causa terminó en un procedimiento abreviado y deja planteado el desafío de cómo la justicia enfrentará, en adelante, los casos que se tramiten bajo esta ley. Aquí los abogados del caso y la familia de Raquel narran los episodios que marcaron su vida y su final: "Más allá de cualquier valoración que podríamos tener como familia, lo que nos queda es una verdad que no cambia: pase lo que pase, hagamos lo que hagamos o sea cual sea la sentencia de un juicio, la realidad es que Raquel ya no está", dice su madre.
Por Sebastián Palma 30 de Agosto de 2025
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La muerte de Raquel Gutiérrez (22) se abrió, en un principio, como un caso más de suicidio. Policías y fiscales siguieron el protocolo habitual: revisar el lugar, levantar testimonios y descartar la intervención de terceros para cerrar el caso, como suele ocurrir en este tipo de fallecimientos.
Raquel fue encontrada en la cima del Cerro de la Cruz de Copiapó, el 21 de septiembre de 2023, asfixiada con un cordón de sus zapatos. Seguramente todo hubiese terminado en un caso de suicidio clásico de no ser por lo que ocurrió en su velorio.
Una a una, sus amigas se acercaron a la madre para contarle episodios, que en su mayoría, habían permanecido en silencio. Durante dos años, Raquel había sido víctima de episodios de violencia por parte de su pareja y padre de su hija, Heraldo Brevis.
La madre entregó esa información a la policía, pero los antecedentes no fueron mayormente considerados. La figura del suicidio femicida, incorporada a Ley Antonia, sanciona con penas efectivas a quien “causare el suicidio de una mujer”. Sin embargo, la norma —creada tras la muerte de Antonia Barra, quien a los 21 años se quitó la vida tres semanas después de haber sido violada por Martín Pradenas— llevaba apenas siete meses en el Código Penal y todavía no formaba parte de la práctica investigativa habitual.
El caso quedó prácticamente un año paralizado, hasta que lo reactivó un gesto inesperado. No fue una amiga cercana ni un familiar directo, sino una vecina que apenas había visto a Raquel un par de veces y que, tras cruzarse con movilizaciones feministas en Copiapó que exigían justicia, decidió intervenir.
Aquella mujer había trabajado como procuradora en el pequeño estudio Defensa y Justicia Abogados Atacama. Con ese antecedente, se acercó a sus antiguos colegas y les presentó a la madre de Raquel. Los abogados aceptaron asumir la causa sin cobrar costas, convencidos de que podían darle una nueva lectura al expediente.
El equipo se sumergió en la carpeta investigativa y en la nueva norma y, convencidos de que podía aplicarse al caso, en noviembre de 2024 presentaron una querella invocando a la nueva Ley.
La investigación por la muerte de Raquel se reactivó judicialmente un año y tres meses después de ocurrida.

Los episodios que consolidaron un caso inédito
La querella fue presentada a nombre de la madre de Raquel y recogió varios episodios de violencia. Todos daban cuenta de cómo las agresiones físicas y psicológicas fueron marcando su vida cotidiana. Amigas y testigos declararon que él restringía sus encuentros sociales, aislándola poco a poco de su entorno.
Una de ellas relató haber visto directamente cómo Brevis golpeaba a Raquel en la casa donde ambos vivían como allegados. La situación llegó a tal punto que, tras uno de esos episodios, la amiga y dueña de casa lo expulsó y le dijo a Raquel que podía quedarse todo el tiempo que quisiera, pero que “no podía aguantar ese tipo de maltratos” bajo su techo.
La pareja terminó por separarse y cada uno volvió a vivir con sus familias en la población El Palomar. Fue en esta separación cuando Raquel se dio cuenta que estaba embarazada. Según la querella, la pareja retomó su relación tras el embarazo. En ese periodo Raquel sufrió nuevos episodios de violencia física. Así lo relató la madre de Raquel.
“En el mes de septiembre del año 2022, Raquel estando embarazada, le cuenta a su amiga por mensaje que salieron de paseo con Heraldo al sector de Los Loros, comuna de Tierra Amarilla, que iban en el vehículo de él cuando discuten y Heraldo se enoja, pierde el control, le quita su celular y lo tira contra ella, discuten, la tironea y él se enoja tanto que, al estar ella embarazada, no haya de donde agarrarla así que la aprieta de los pechos para zamarrearla, para luego ella bajar del vehículo y él se va, dejándola abandonada en el lugar sin tener como regresar a su casa”, se lee en el escrito.
El 30 de septiembre de 2022, Raquel comenzó a sentirse mal mientras estaba en la casa de su madre. La llamó para pedirle ayuda con un malestar que no entendía: “Me estoy haciendo pipí y no tengo ganas de hacer pipí”, le dijo. Su madre la llevó de inmediato a la urgencia ginecológica del Hospital Regional de Copiapó, donde los médicos confirmaron que había sufrido la rotura de la membrana y pérdida de líquido amniótico. Le plantearon dos caminos: interrumpir el embarazo bajo la causal de inviabilidad o permanecer hospitalizada.
Raquel eligió lo segundo.
Durante los días que estuvo internada, Heraldo Brevis la acompañó a ratos. La última jornada de hospitalización, su madre la visitó y él no estaba. Raquel estaba triste y molesta: “Si esto fuera importante para él, estaría aquí, ¿o no?”, le dijo. Su madre intentó no ahondar para evitar alterar su ánimo en un momento tan delicado, pero Raquel alcanzó a confesar: “El corazón está roto, mamá, no tengo ganas de nada y me quiero ir a mi casa”.
En diciembre de 2022, con seis meses de gestación, Raquel debió ser hospitalizada nuevamente para resguardar su embarazo. En el Hospital Regional de Copiapó compartió habitación con otras mujeres embarazadas. Durante el proceso investigativo por el suicidio de Raquel, una de ellas recordó haberla conocido en esos días y las conversaciones que tuvieron.
Raquel le confesó que desde que esperaba a su hija, Heraldo Brevis prácticamente no la consideraba: se iba de fiesta, le repetía que no quería ser padre, la engañaba. Pese a todo, ella reconocía seguir enamorada de él.
Ella y otras compañeras de sala notaron además que Raquel tenía moretones en brazos y piernas. Al preguntarle por esas marcas, Raquel evadía el tema.
El 27 de diciembre de 2022, con seis meses de embarazo, Raquel interpuso en Carabineros una denuncia por violencia intrafamiliar. Se le aplicó la pauta VIF, donde quedó consignado que temía por su integridad física y psíquica, y también por la de su hija en gestación.
Ese temor persistió en los meses siguientes. En enero de 2023, Raquel escribió a una amiga que estudiaba Derecho para pedirle consejo: estaba a punto de tener a su bebé y no quería que, al momento de inscribirla, Heraldo Brevis descubriera que lo había denunciado. Le preguntó si había alguna forma de retirar esa denuncia.
El 8 de marzo de 2023, Raquel dio a luz. Heraldo Brevis la acompañó en el parto, pero desapareció apenas nació la guagua. Fue la madre de Raquel quien tuvo que ir a buscarla al hospital y llevarla de regreso a casa.
El 13 de marzo debían presentarse en el Hospital Regional de Copiapó para inscribir a la recién nacida en la oficina del Registro Civil del recinto. La niña presentaba una condición de pie bot, que requería evaluaciones y exámenes médicos desde los primeros días. Raquel esperaba que Heraldo asistiera —sabía de la condición y de los controles—, pero no llegó. El acompañamiento quedó en manos de la madre de Raquel, su tía y otros familiares.
Heraldo reconoció a su hija solo un mes después de nacida.

Cronología de un suicidio femicida
La situación de la pareja empeoró con el correr de los meses. El 20 de septiembre de 2023, Raquel llegó con su hija a la casa de su madre y luego regresó con Heraldo. Al día siguiente, cerca del mediodía, la llamó por teléfono: su voz sonaba firme y le pidió que fueran a buscarla.
La encontraron en el edificio de Heraldo, en calle Independencia. Raquel bajaba sus pertenencias: ropa, maquillaje y las cosas de su hija. Había discutido con él y la madre de Heraldo le había dicho que sacara todo. “No estoy pa’l webeo de nadie”, le dijo a su madre mientras descendía con sus cosas.
De vuelta en el hogar de su madre, se bañó, ordenó lo que había traído y, cerca de las siete de la tarde, anunció: “dame media hora, iré al parque a juntarme con un amigo”. El parque quedaba a unas cuadras, detrás del pasaje. Su madre accedió, con la condición de que no se demorara: la niña estaba tomando fórmula, ya que Raquel estaba bajo tratamiento por una afección en la piel.
Un par de horas más tarde, la madre le escribió para preguntarle a qué hora volvería, porque la niña debía comer. Raquel respondió que ya iba en camino. A las 20:24 su madre le avisó que la guagua no quería dormirse.
A las 20:35 la madre de Raquel le volvió escribir para decirle que pudo lograr hacerla dormir.
“Ya mamita te amo mucho, gracias”, le respondió Raquel. Su madre no lo sabía, pero esa sería su última conversación.
Cerca de dos horas después de que Raquel salió de la casa, el teléfono volvió a sonar. Era Heraldo, quien desde el celular de ella informó que Raquel se había quitado la vida en el Cerro de la Cruz.
Tras el funeral de Raquel, los policías comenzaron a hacer preguntas y recopilaron las conversaciones de WhatsApp de sus últimas horas de vida. Entre esos registros aparecieron los audios que ella envió a Heraldo mientras subía las escaleras del Cerro de la Cruz.
Su voz sonaba agitada, cargada de enojo y tristeza y reflejaban una relación quebrada. En esos mensajes le reclamaba no sentirse valorada y cargar sola con la responsabilidad de su hija: “Todos los días estoy para mi cría (sic)… yo soy la que me preocupo por cielo, mar y tierra y vo’ no eres capaz ni de dejarme dos lucas”, se escucha decir.
Raquel hablaba de sentirse acusada injustamente, de cargar con la etiqueta de ser “el problema”, cuando en realidad —según sus palabras— eran las acciones de él las que habían dañado la relación. Entre sollozos insistía en que lo que estaba a punto de hacer sería la manera de mostrarle que ella no era culpable.
En otro de los audios, Raquel hizo referencia a una supuesta infidelidad de Heraldo: “Todo este problema es porque supe que la ropa no era de tu mamá”, reclamó.
Luego mandó un último mensaje: (inaudible por el viento) …disfruta Heraldo gracia (sic) por todo los (inaudible por el viento) … (suspiro) chao Heraldo. Gracias.
En su testimonio, Brevis señaló que la tarde del 21 de septiembre de 2023, cerca de las 19:30 horas, Raquel le envió un video en el que aparecía subiendo la escalera del Cerro de la Cruz. Dijo que en ese momento no le prestó atención, pero que igualmente se dirigió hacia el sector porque temía que pudiera hacerse daño. Según afirmó, meses antes ella habría intentado algo similar en el mismo lugar y él había alcanzado a intervenir.
Relató que en el trayecto compró una botella de vino y coordinó la compra de “falopa”. Mientras bebía el primer vaso, pasadas las ocho y media, recibió un nuevo video en el que Raquel aparecía con un cordón en el cuello y le decía unas palabras de despedida.
Ante esto, aseguró que corrió hacia la escalera para llegar hasta la cima del cerro, pero que se demoró porque venía desde la población Cartavio y debía subir todo el tramo a pie.
Lo que Brevis no mencionó en su declaración inicial fueron los mensajes de audio que le envió a la madre de su hija en sus últimas horas de vida.
Esos registros dan cuenta que lejos de contenerla, le respondió con insultos. En uno de los audios se escucha decirle que no le importaba lo que hiciera. En otros, la responsabilizaba de todos sus problemas y la empujaba con palabras como: “Púdrete, mátate, me da lo mismo… hace la wea que querai”.
También reconoció ser un mal padre: “Yo no tengo a mi hija, yo no tengo a nadie, soy un mal padre(…) a mí ya no me importa nada, a mí ya no me importa ni siquiera mi puta vida”, escribió.
Finalmente Heraldo se despidió a su modo: “Espero me veai en el otro mundo con…, porque nos vamos encontrar, espero me veai bakan (sic) pulento chorizo, eri una ficha cul…, cuidate mucho en ese otro mundo”.

Suicidio femicida: un crimen difícil de probar
La querella permitió que el proceso avanzara y que se formalizara a Heraldo Brevis por el delito de suicidio femicida. El tribunal decretó su prisión preventiva mientras se desarrollaba la investigación.
No era un escenario simple para la Fiscalía. Se trataba de un tipo penal recién incorporado, sin antecedentes jurisprudenciales en Chile y con un estándar de prueba complejo: acreditar que la violencia ejercida había inducido directamente a la víctima a quitarse la vida.
Para ello, el Ministerio Público reunió testimonios de familiares y amigas, los audios y mensajes intercambiados en los últimos días, los informes médicos y la historia de violencia.
El caso fue seguido con especial atención desde Santiago. La Unidad Especializada en Delitos Sexuales y Violencia de Género de la Fiscalía Nacional se involucró en la estrategia, consciente de que esta podría ser la primera vez que un tribunal chileno debía pronunciarse sobre el delito de suicidio femicida.
La directora de la Unidad, Ivonne Sepúlveda, conocía de cerca la realidad de Copiapó: había sido fiscal en la región y le tocó investigar causas emblemáticas de violencia de género, como la del denominado “sicópata de Copiapó”.
“Trabajamos colaborativamente con la fiscalía; tenemos un foco especializado en este tipo de violencia femicida, lo que implica que cuando vemos estos casos tomamos contacto con la fiscalía local. En este caso, el fiscal Ariel Guzmán era el que estaba investigando y lo apoyamos desde el inicio. Desde los primeros actos de investigación fuimos ordenando las diligencias, revisando la carpeta, sosteniendo reuniones con el fiscal y, por cierto, trabajando en la formalización para que los hechos se ajustaran a la expectativa de un tipo penal nuevo, que trae varios desafíos para lograr su acreditación”, explica Sepúlveda.
El caso no era fácil, y debía responder preguntas lógicas que la defensa sí o sí formularía en un eventual juicio: ¿Las personas se suicidan solo por una razón? ¿Podía la sospecha de una infidelidad ser considerada un inductor de un suicidio femicida?
Eran interrogantes complejas para un tipo penal recién estrenado. La Fiscalía debía acreditar que la muerte de Raquel no podía explicarse como un hecho aislado ni como una reacción a un episodio puntual, sino como la consecuencia de un patrón de violencia sostenido en el tiempo. Para ello, el expediente reunía desde los testimonios de amigas y familiares hasta la denuncia previa por violencia intrafamiliar, los informes médicos del embarazo, los mensajes de WhatsApp y los audios que intercambió con Brevis en sus últimas horas de vida.
En paralelo, la defensa buscaba instalar la idea de que la infidelidad descubierta por Raquel y una depresión posparto eran las causa detrás su decisión.
Los querellantes también abordaron ese punto: los antecedentes de salud mental de Raquel. Reconocieron que en 2019, antes de conocer a Brevis, había enfrentado episodios vinculados a su salud psicológica, y que después del nacimiento de su hija atravesó un cuadro de depresión postparto.
Para ellos, lejos de debilitar la acusación, estos elementos fueron presentados como factores que reforzaban la tesis del vínculo causal. La querella sostuvo que Brevis conocía esa situación de especial vulnerabilidad y, aún así, persistió en conductas de violencia y hostigamiento que incrementaron el riesgo.
“Estos antecedentes, lejos de restarle valor al vínculo causal entre el ejercicio de violencia y el suicidio de la víctima, refuerzan el conocimiento del imputado respecto de la especial situación en que se encontraba”, argumentaron los abogados.

Un procedimiento abreviado y el cumplimiento de una pena en libertad
La complejidad del caso terminó empujando a una salida distinta a la que muchos esperaban. Tras meses de investigación, la Fiscalía y los querellantes optaron por no arriesgarse a un juicio oral. La alternativa fue un procedimiento abreviado, una fórmula en la que Heraldo Brevis reconoció los hechos y aceptó su responsabilidad.
Ese acuerdo permitió al tribunal dictar la primera condena en Chile por suicidio femicida, una decisión inédita en la justicia nacional. Pero junto al carácter histórico del fallo apareció una paradoja: las atenuantes, en especial la de irreprochable conducta anterior, jugaron a favor del imputado. Con ellas, la pena quedó reducida a un nivel que le permitió cumplirla en libertad, bajo un régimen de vigilancia y medidas alternativas.
El resultado fue un fallo que al mismo tiempo abrió un precedente y dejó un sabor amargo. La justicia reconocía por primera vez que la violencia de género podía inducir un suicidio y que ese acto era punible, pero la condena no significaría cárcel para el victimario.
Ivonne Sepúlveda de la Unidad Especializada en Delitos Sexuales y Violencia de Género analiza el fallo: “El legislador contempla diferentes formas de término de las causas. Una de ellas es a través de un procedimiento que se denomina abreviado. Y la diferencia entre un juicio oral es que hay un acuerdo con el imputado y su defensa, por cierto, en determinadas cosas”, indica.
“No es solo un acuerdo entre defensa y Fiscalía y con eso es igual a una condena. Hay un razonamiento judicial que está detrás de esta sentencia condenatoria, que tal vez no se aprecia a simple vista, pero sí que es importante consignar. Hay un tribunal, que es el Tribunal de Garantía de Copiapó, que estimó que más allá de toda duda razonable y con los antecedentes investigativos expuestos, se logró entender en consecuencia que había una participación culpable del imputado”, añadió.
Contactada para este reportaje, la madre de Raquel reconoció que valora que el caso de su hija haya marcado un precedente como la primera condena por suicidio femicida en Chile. Sin embargo, dijo sentir insatisfacción por el hecho de que Heraldo Brevis cumplirá la pena de cinco años en libertad.
“Si bien valoramos que hoy exista la tipificación del delito de suicidio femicida y que el autor haya sido condenado por ello, es inevitable sentir una profunda sensación de impunidad”, sinceró.
Sobre la decisión de cerrar el caso a través de un procedimiento abreviado, explicó:
“La aplicación del procedimiento abreviado, lamentablemente, no representaba una gran diferencia en relación con el resultado que habría tenido un juicio oral. Desde un comienzo sabíamos que las penas contempladas en la legislación actual no implicarían cárcel efectiva. Las sanciones establecidas para este delito no están a la altura de su gravedad: son penas bajas que, además, pueden reducirse aún más mediante la aplicación de atenuantes, y que incluso pueden cumplirse a través de medidas sustitutivas, como la libertad vigilada intensiva, tal como ocurrió en este caso”.
Hoy, con el cuidado de su nieta —la hija en común de Raquel y Brevis—, la mujer enfatizó:
“Nada de esto refleja la magnitud del daño causado, ni el carácter extremo de la violencia que sufrió Raquel. Tampoco demuestra la revictimización constante que hemos debido enfrentar como familia”.
En paralelo al proceso penal, en los tribunales de familia se abrió otra causa: la disputa por la tuición de la hija de Raquel y Heraldo. Allí, la madre de Raquel asumió un nuevo rol, esta vez para garantizar el cuidado de su nieta.
Si bien la condena no significó cárcel para Heraldo Brevis, sentó un precedente inédito en la justicia chilena. Ese fallo, además, será un antecedente clave en la causa de familia y apunta a que la abuela termine asumiendo legalmente la crianza de la niña.
Así lo reconoce el querellante de la causa penal Verardo Rojas: “Con esta sentencia ya ella puede ir tranquilamente a la próxima audiencia (en el tribunal de familia), que es el 18 de diciembre de 2025. Entonces, ella quedó muy satisfecha con esto porque sabe que ya dio un gran paso para tener la patria potestad y el cuidado personal definitivo de su nieta al terminar este año”, indicó.
De ese modo, la primera sentencia por suicidio femicida en Chile deja una paradoja: un agresor condenado que no irá a prisión y, al mismo tiempo, una oportunidad para que la custodia quede en manos de quien ha debido sostener la ausencia más dura, la de su propia hija.
Desde su casa en Copiapó, la madre de Raquel redondea con una idea que aún le da vueltas por la cabeza:
“Más allá de cualquier valoración que podríamos tener como familia, lo que nos queda es una verdad que no cambia: pase lo que pase, hagamos lo que hagamos o sea cual sea la sentencia de un juicio, la realidad es que Raquel ya no está y su ausencia nos duele profundamente a cada segundo”.




