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Agencia Uno

Tiempo Libre

3 de Noviembre de 2025

Justicia condena a Mega a pagar millonaria multa por emitir publicidad de casas de apuestas online durante horario de protección de menores

El canal de televisión fue condenado por la justicia a pagar un multa de más de $5,5 millones por emitir publicidad de plataformas digitales de apuestas online durante horario de protección a menores. El Consejo Nacional de Televisión (CNTV) estimó que los anuncios vulneran "la formación espiritual e intelectual " de los niños.

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Megamedia fue condenada a pagar una multa de 80 UTM, equivalente a más de $5,5 millones, por trasmitir publicidad de plataformas digitales de apuestas online en horario de protección de menores. El Consejo Nacional de Televisión (CNTV) consideró que el canal vulneró “la formación espiritual e intelectual de la niñez y la juventud”.

Los anuncios se trataron de “spots de plataformas digitales de casinos o juegos de azar, donde se promovían servicios de apuestas online”. El CNTV dictó que la publicidad emitida “podría dañar seriamente la salud y el desarrollo físico y mental de los menores de edad, pudiendo con ello incidir negativamente en el proceso formativo de su espíritu e intelecto”.

Luego de la multa impuesta por el CNTV, Megamedia recurrió a la justicia presentando un reclamo de ilegalidad. El canal argumentaba que la publicidad correspondía a apuestas deportivas permitidas en la legislación. “Las piezas publicitarias destinadas a promover apuestas deportivas en redes digitales, específicamente, el deporte de pelota, el “fútbol”, son perfectamente lícitas y legítimas (…)”, se defienden en el fallo. Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa al canal.

El canal emitió “publicidad inapropiada para menores de edad”

El tribunal señaló que la multa no fue impuesta por promover una actividad ilícita, si no que por emitir “contenido exclusivo para adultos dentro de la franja horaria de protección al menor previamente definida por el CNTV”.

El hecho ocurrió el 21 de noviembre de 2023 y el contenido fue emitido entre las 21:15 y las 21:17 horas. En ese entonces, el horario de protección de menores comenzaba a las 6:00 am y se extendía hasta las 22:00 horas. Actualmente, el horario protegido finaliza una hora antes, a las 21:00.

“El Consejo, en uso de sus atribuciones legales, determinó que entre las 06:00 y las 22:00 horas se encuentra prohibida la exhibición de contenidos no aptos para menores de 18 años, proscribiendo, entre otras, la publicidad inapropiada para menores de edad”, dicta el fallo.

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