Ciudad
18 de Diciembre de 2025Corte Suprema confirma vacancia de cargo en Municipalidad de Los Ángeles luego de que funcionario tuviera 287 días de licencia médica en dos años
El máximo tribunal ratificó que el uso de licencias médicas por más de seis meses en un período de dos años habilita al municipio a declarar la incompatibilidad de salud del funcionario y disponer la vacancia del cargo, aun cuando la Compin haya calificado la condición de la persona como recuperable.
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Este jueves, la Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que rechazó el recurso de protección interpuesto por un funcionario municipal en contra de la Municipalidad de Los Ángeles. Esto, a raíz de los decretos alcaldicios que declararon incompatible su estado de salud con el cargo, por lo que el municipio dispuso la vacancia de su puesto.
En ese marco, el funcionario –quien es técnico de enfermería de nivel superior de la Dirección Comunal de Salud–, reclamó ante los tribunales de justicia alegó que la decisión de la municipalidad era arbitraria e ilegal, puesto que la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) había determinado que su condición era recuperable.
Máximo tribunal confirma vacancia en el cargo de la Municipalidad de Los Ángeles
El recurrente sostuvo que la autoridad comunal se limitó a fundar su decisión en el número de licencias médicas utilizadas —287 días en un período de dos años— sin efectuar un análisis concreto de su aptitud para el cargo, lo que vulneró las garantías constitucionales de igualdad ante la ley y de propiedad sobre su empleo público. Es por ello que solicitó su reincorporación y el pago de las remuneraciones que dejó de recibir.
Por su parte, la Municipalidad de Los Ángeles informó su decisión se ajustó a las normas constitucionales: el artículo 148 de la Ley N° 18.883 faculta al alcalde para declarar la incompatibilidad de salud cuando el funcionario ha hecho uso de licencias médicas por un período superior a seis meses en los últimos dos años, aun cuando no exista una declaración de salud irrecuperable. El municipio subrayó que se trató de una decisión fundada y adoptada dentro del marco de sus atribuciones legales.
En esa línea, la Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de protección, y concluyó que no existió ilegalidad ni arbitrariedad en la actuación del municipio. Apelado el fallo, el máximo tribunal confirmó la resolución.



