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10 de Marzo de 2026

Corte confirma millonaria multa a La Red por entrega tardía de información financiera

Esta mañana, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa establecida el año 2024 que sancionaba a la operadora del canal La Red por 200 UTM aplicada por el Consejo Nacional de Televisión por la entrega tardía de la información financiera.

Por Agustina Carroza
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Como “proporcionada y adecuada”, Corte de Apelaciones de Santiago confirma la multa de 200 unidades tributarias mensuales (UTM) aplicada a la empresa Compañía Chilena de Televisión S.A., operadora del canal La Red, por no presentar dentro del plazo legal la información financiera correspondiente al primer trimestre de 2024 ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

El fallo rechazó el reclamo interpuesto por la concesionaria televisiva contra la millonaria sanción aplicada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV).

Según la resolución, la autoridad administrativa actuó dentro de sus atribuciones al sancionar a la empresa por el incumplimiento del deber de entregar la información financiera en los plazos establecidos. Así como también, el tribunal descartó que la multa careciera de proporcionalidad o fundamento jurídico.

La sentencia indica que, aunque La Red sostuvo que el CNTV aplicó el principio de proporcionalidad solo de forma formal, sin considerar aspectos como que el incumplimiento ya se había corregido, que no hubo beneficio económico ni daño al servicio televisivo, al analizar el procedimiento administrativo se observa que la autoridad sí evaluó las circunstancias del caso antes de tomar su decisión.

En particular, el fallo indica que el incumplimiento del deber de informar “afecta los estándares de publicidad y transparencia exigidos a los concesionarios de radiodifusión televisiva”, donde destacan que la obligación de entregar información financiera “suficiente, fidedigna y oportuna” busca resguardar la estabilidad y eficiencia del mercado, considerando además “el carácter del espectro radioeléctrico como bien nacional de uso público”.

Asimismo, la Corte observó que la concesionaria había sido sancionada previamente por la misma infracción mediante una resolución dictada en marzo de 2024, lo que evidenciaría una conducta reiterada frente a obligaciones legales consideradas esenciales para el sector.

La multa que debe pagar La Red

La sanción debe guardar una relación de equilibrio entre la medida impuesta y la conducta imputada por lo que, el tribunal concluyó que la multa de 200 UTM (casi $14 millones de pesos) resulta “proporcionada y adecuada para el cumplimiento de los fines preventivos y disuasorios propios del derecho administrativo sancionador”, atendida la gravedad de la infracción, su reiteración y el carácter nacional de la concesión televisiva.

En esa línea, la sentencia sostuvo que el monto de la sanción se encuentra dentro de los rangos establecidos por la normativa y que su determinación corresponde al criterio de la autoridad administrativa, siempre que la decisión esté debidamente motivada y ajustada a derecho.

Para el tribunal de alzada la sanción aparece debidamente fundada y resulta adecuada a la naturaleza y gravedad de la infracción, “no advirtiéndose exceso ni arbitrariedad en su determinación”.

Finalmente, la Corte señaló que no tiene atribuciones para rebajar la multa si el acto administrativo impugnado se ajusta a la legalidad, por lo que, confirma la resolución del CNTV que impuso la sanción a La Red.

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#CNTV#la red#multa

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