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2 de Junio de 2026

Mega deberá pagar millonaria multa por emisión de contenido violento en matinal Mucho Gusto en horario de protección a la niñez

El Consejo Nacional de Televisión sancionó al canal tras la emisión, en el matinal Mucho Gusto, de una llamada de auxilio que registraba balazos y lamentos de una persona asesinada. La Corte rechazó la apelación del canal y ratificó que la protección de la niñez tiene preeminencia sobre la libertad de expresión en ese horario.

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La Corte de Santiago rechazó los reclamos que presentó Megamedia y confirmó una multa de 400 UTM, casi $30 millones al canal de noticias. Esto, debido a la emisión de una nota periodística sobre un homicidi, durante el matinal Mucho Gusto, en horario de protección de la niñez.

Al canal se le formularon cargos por la noticia que difundieron sobre el asesinato de un matrimonio de agricultores en la comuna de Graneros. En el matinal se emitió en vivo el extracto de la llamada telefónica que efectuó una de las hijas del matrimonio, pidiendo auxilio.

En el audio que se expuso, se escuchan los últimos momentos de vida de una persona, donde se registra el sonido de balazos y los lamentos de la persona asesinada. Según la sentencia, en el programa en vivo los conductores del matinal piden a los espectadores poner atención en la “evolución de la angustia de la víctima”. El audio se transmitió dos veces con el fondo de un generador de caracteres que indicaba: “Exclusivo: el llamado de auxilio al 133”.

La multa a Megamedia

A partir de la emisión, el Consejo Nacional de Televisión recibió seis denuncias ciudadanas contra Meganoticias, algunas alegaban que el canal tiene “cero empatía por la familia. Una cosa es informar, otra es morbo”, y que no dieron ” ningún aviso que el material es sensible, dejándome muy consternado”. Otras de las denuncias alegan que “no pensaron en que en ese horario hay niños en casa”.

Luego de esto, el canal presentó descargos frente al CNTV, institución que los descartó fundadamente y se le impuso una sanción de 400 UTM, lo que corresponde a casi $30 millones. El canal apeló ante la Corte de Santiago, la cual rechazó sus reclamos y confirmó la multa.

“Aparece con claridad que, en el equilibrio entre libertades y restricciones protectoras de los más diversos bienes jurídicos relevados en interés por el legislador constitucional, aquel que vela por la “formación espiritual e intelectual de la niñez tiene preeminencia. De ahí que en el horario de cuidado niños, ni as y adolescentes, la transmisión de contenido televisivo violento debe ser marginado y, en su caso, reprimido”, señala la sentencia.

En el texto se agrega además “que, de este modo, no se ha vulnerado entonces la normativa que da atribuciones al Consejo Nacional de Televisión de fiscalizar el contenido emitido por la recurrente en horario de protección de infancia; ni se ha afectado la tipicidad al evaluar la conducta infringida al formar parte de las obligaciones estatales aquella normativa de carácter internacional ratificada por Chile; ni tampoco la libertad de opinión o del ejercicio del periodismo desde que no se trata de derechos absolutos”.

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