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3 de Julio de 2026Profesor lleva más de un año esperando tramitación del pago de su deuda histórica: Corte ordenó al Mineduc solucionar la solicitud en cinco días
La Corte de Santiago estimó que mantener la solicitud "en proceso" durante más de un año vulneró el derecho a la igualdad ante la ley del profesor afectado, y que aquello no resultaba compatible con el deber de resolver oportunamente las peticiones de los docentes.
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Un profesor jubilado de 84 años presentó el 1 de abril del año pasado una solicitud para tramitar su postulación al bono reparatorio de $4,5 millones que entrega la Ley 21.728 para solucionar la deuda histórica de los docentes, sin embargo, a más de un año de aquello, el Mineduc no lo ha concretado.
En octubre el profesor consultó sobre el estado de su solicitud, donde se le notificó que su trámite seguía “en proceso”, lo que además implicó que se le dejara fuera del primer grupo de beneficiarios que recibiría el pago -puesto que se paga en dos cuotas anuales, en octubre y enero-.
Además, el beneficio en este primer pago era para los mayores de 80 años, y por ende le correspondía esta primera cuota, dado que se desempeñó como docente del Estado hasta el 2010 y se encontraba entre los afectados por la deuda histórica generada en el proceso de desmunicipalización.
Así, presentó un recurso de protección contra el Ministerio de Educación, donde el organismo explicó, durante la tramitación, que la postulación permanecía pendiente debido a la existencia de una causa civil y su potencial relación con la deuda histórica, enfatizando que la ley les obliga a verificar el cumplimiento de los requisitos antes de otorgar el beneficio.
El profesor aseguró en el proceso legal que realizó diversas gestiones para aclarar la situación, verificando que las causas judiciales registradas a su nombre no guardaban relación con la deuda histórica, pero que de igual forma el Mineduc mantuvo la observación y lo excluyó de la primera cuota.
En esa línea, la Corte de Santiago acogió el recurso presentado por el profesor, luego de verificar que dicha causa judicial correspondía a una antigua demanda por el cobro de una patente comercial por poco más de $99 mil iniciada por la Municipalidad de Chillán en 2017, y que no tenía relación alguna con la deuda histórica.
El tribunal sostuvo que el extenso período transcurrido desde la presentación de la solicitud sin que existiera una decisión definitiva por parte del ministerio no resultaba compatible con el deber de resolver oportunamente las peticiones sometidas a su conocimiento.
Así, la Corte ordenó al Mineduc pronunciarse respecto de su solicitud en un plazo de cinco días desde la ejecución de la sentencia, concluyendo que la dilación mantenida por la autoridad configuraba una actuación arbitraria que vulneraba la garantía de igualdad ante la ley, justificando la adopción de medidas de tutela por la vía cautelar.



