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21 de Septiembre de 2026Quiénes son los 18 condenados que acumulan más de mil años de cárcel por el atentado al Molino Grollmus
El Tribunal Oral en lo Penal de Cañete condenó a 18 de los 19 acusados por el ataque ocurrido en 2022 contra la familia Grollmus, en Contulmo. Las penas para los adultos llegan hasta los 81 años de presidio y entre los condenados se encuentran integrantes vinculados por la Fiscalía a la Resistencia Mapuche Lafkenche.
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El 29 de agosto de 2022, un grupo armado llegó hasta el fundo de la familia Grollmus, en Contulmo, Región del Biobío. El ataque terminó con el incendio del histórico Molino Grollmus y dejó a cuatro personas como víctimas de homicidio calificado frustrado. También se registraron delitos de robo con violencia y porte ilegal de armas y municiones.
Cuatro años después, el Tribunal Oral en lo Penal de Cañete dio a conocer las penas para los 18 acusados que fueron declarados culpables por su participación en los hechos. El único de los 19 imputados que resultó absuelto fue Camilo Astete Catrileo. Además, el tribunal absolvió a todos los acusados del delito de asociación ilícita criminal.
Los condenados fueron divididos en distintos grupos de acuerdo con las penas establecidas por el tribunal. Entre los mayores de edad, las sanciones van desde los 34 años hasta más de 81 años de presidio. A ellos se suman tres personas que eran adolescentes al momento del ataque y que fueron sancionadas bajo la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente.
En total, considerando las condenas de los adultos y las sanciones impuestas a los adolescentes, el caso contempla más de mil años de penas y medidas privativas de libertad.
El fiscal regional (s) del Bío Bío, Michelangelo Bianchi, afirmó que: “De acuerdo a la cuantía de las penas,
la lectura de fallos que hemos escuchado el día de hoy claramente es de las penas más altas,
reitero, es proporcional con la naturaleza de los hechos que se investigaron y que se llevaron a
juicio y por el número de víctimas y la gravedad de estos hechos que produjeron esta sentencia”.
Agrega que siente satisfacción con el resultado del proceso: “la verdad es que nosotros no compartimos el concepto de triunfo, nunca se triunfa en un juicio, más que nada satisfacción y satisfacción porque la labor investigativa fue compleja”.
Los cinco condenados con las penas más altas
El primer grupo está compuesto por cinco adultos: Federico Astete Catrileo, Gerson Luengo Navarrete, Javier Mariñán Millahual, Domingo Mariñán Millahual y José Melgarejo Calbullanca.
Cada uno recibió una pena total de 81 años, 8 meses y 28 días de presidio, producto de las condenas por los distintos delitos acreditados en el juicio.
En cada caso, el tribunal estableció 12 años y 6 meses por incendio consumado; cinco años por porte ilegal de arma de fuego; 818 días por porte ilegal de municiones; siete años por robo con violencia consumado; y 55 años por cuatro homicidios calificados frustrados.
Estas últimas condenas corresponden a dos penas de 12 años y 6 meses y otras dos de 15 años.
Federico Astete Catrileo
Federico Astete Catrileo es uno de los principales nombres del caso. La Fiscalía lo identificó durante la investigación como uno de los líderes de la Resistencia Mapuche Lafkenche (RML), organización a la que se atribuyó el ataque. La cobertura del proceso judicial también lo ha señalado como uno de los principales acusados de la causa.
El tribunal lo condenó por incendio consumado, porte ilegal de arma de fuego, porte ilegal de municiones, robo con violencia consumado y cuatro delitos de homicidio calificado frustrado. La suma de esas penas alcanza 81 años, 8 meses y 28 días de presidio.
Gerson Luengo Navarrete alias “Potito”
Gerson Luengo Navarrete fue detenido en septiembre de 2025 y quedó en prisión preventiva en el marco de la investigación. En esa oportunidad, el Ministerio Público le imputó cuatro delitos de homicidio calificado frustrado, además de delitos relacionados con incendios, robos y armas.
En el juicio, Luengo terminó formando parte del grupo de cinco adultos que recibieron las penas más altas. La sentencia establece para él 81 años, 8 meses y 28 días de presidio, por el conjunto de delitos acreditados.
Era miembro de la Resistencia Mapuche Lafkenche y de acuerdo a la información entergada por FM Centro, habría tenido participación en cortes de ruta, ataques a Carabineros, ataques incendiarios y tráfico de drogas. Afirman que también ha participado en marchas y visitas a los autodenominados presos políticos mapuche.
Javier Mariñán Millahual
Javier Mariñán Millahual fue condenado como parte del grupo de cinco adultos que recibió las penas más altas de la causa.
La sentencia estableció para él fue de 81 años, 8 meses y 28 días de presidio, correspondientes a las condenas por incendio consumado, porte ilegal de arma de fuego, porte ilegal de municiones, robo con violencia y cuatro homicidios calificados frustrados.
Antes fue condenado por su participación en el homicidio de Manuel Acracio Huenupil Antileo, trabajador de Forestal Mininco que fue baleado en mayo de 2022 en un predio de la empresa en Carahue.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco lo condenó, junto a otros cuatro integrantes del grupo Weichan Auka Mapu (WAM), a 12 años de presidio por el delito de homicidio simple y a otros cuatro años por porte ilegal de arma de fuego y municiones.
Domingo Mariñán Millahual
Domingo Mariñán Millahual, integrante de la Resistencia Mapuche Lafkenche, también fue incluido por el tribunal en el grupo que recibió las mayores penas.
Mariñán también había sido llevado a juicio por su presunta participación en el homicidio del comunero Patricio Trango Trango, ocurrido en 2023 en el sector de Huentelolén, en Cañete. Sin embargo, su absolución en esa causa quedó firme luego de que la Corte de Apelaciones de Concepción rechazara los recursos de nulidad presentados por la Fiscalía y los querellantes, quienes buscaban la realización de un nuevo juicio oral.
Al igual que los otros cuatro condenados de este tramo, deberá cumplir una pena total de 81 años, 8 meses y 28 días de presidio, derivada de los mismos cinco tipos de delitos establecidos en la sentencia.
José Melgarejo Calbullanca
José Melgarejo Calbullanca completa el grupo de cinco adultos con las penas más altas, fue detenido en agosto de 2024 durante los operativos realizados tras el asesinato de tres funcionarios de Carabineros ocurrido en abril de ese año. En esa oportunidad, fue formalizado por el porte de una escopeta y por cultivo de marihuana.
El tribunal estableció para él una condena total de 81 años, 8 meses y 28 días de presidio, por incendio consumado, porte ilegal de arma de fuego, porte ilegal de municiones, robo con violencia consumado y cuatro homicidios calificados frustrados.
El segundo grupo: nueve condenados y penas de casi 66 años
El segundo grupo está compuesto por Víctor Maldonado González, Víctor Maldonado Millabur, Robert Galindo Huenumil, Dago Reyes Reyes, Nelson Alonso Liempi, Nicolás Sánchez Toledo, Luis Paineo Antimán, Gerald Marileo Matamala y Ariel Marileo Matamala.
Cada uno recibió una pena total de 65 años, 11 meses y 26 días de presidio.
El desglose contempla 10 años y un día por incendio consumado, cuatro años por porte ilegal de arma de fuego, 541 días por porte ilegal de municiones, cinco años y un día por robo con violencia consumado y 45 años y dos días por cuatro homicidios calificados frustrados.
En este último caso, se consideraron dos penas de 10 años y un día y otras dos de 12 años y 6 meses.
Un tercer grupo está compuesto únicamente por Rodrigo Valenzuela Canullán, quien recibió una pena total de 34 años, 5 meses y 29 días de presidio.
La sentencia contempla cinco años y un día por incendio consumado, tres años y un día por porte ilegal de arma de fuego, 541 días por porte ilegal de municiones y cinco años y un día por robo con violencia consumado.
Por los cuatro homicidios calificados frustrados, el tribunal estableció una pena única de 20 años.
Los tres adolescentes
Los últimos tres condenados eran adolescentes al momento de los hechos. Sus sanciones fueron determinadas bajo la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente.
Dos de ellos recibieron cada uno 10 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social. La sanción corresponde al máximo establecido para adolescentes en este tipo de casos.
El tercer adolescente, recibió tres años de libertad asistida especial con internación parcial.
Así, las sanciones para quienes eran menores de edad al momento del ataque suman 23 años, aunque no corresponden a penas de presidio ordinario como las aplicadas a los adultos.
De los 19 acusados que llegaron a juicio, 18 fueron condenados. El fallo se conoció después de un juicio en el que la Fiscalía presentó, entre otras pruebas, registros audiovisuales del ataque. Una de las piezas centrales de la investigación fue un registro de dron que captó la llegada del grupo armado y parte del ataque contra las instalaciones de la familia Grollmus.
Con la lectura de sentencia, las defensas de los condenados quedaron en posición de evaluar eventuales recursos de nulidad, algo que ya habían anticipado antes de conocerse las penas.