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21 de Octubre de 2026Corte de Valparaíso confirma condena de tres años de cárcel a hombre que estafó a damnificados del megaincendio
El condenado se hizo pasar por arquitecto y aseguró tener contactos en la Municipalidad de Viña del Mar para ofrecer la construcción de viviendas de emergencia.
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La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Cristián Contreras y confirmó la condena a tres años de presidio efectivo por el delito reiterado de estafa contra cuatro damnificados por el megaincendio que afectó a Viña del Mar en febrero de 2024.
En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada descartó que durante el juicio se vulnerara el principio de congruencia o el derecho a defensa del acusado. Asimismo, concluyó que la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar contenía antecedentes suficientes para acreditar el engaño.
La condena contempla tres años de presidio menor en su grado medio, una multa de 5 UTM y las accesorias legales correspondientes.
Engaño respecto de su profesión
De acuerdo con los hechos establecidos durante el juicio, el 14 de febrero de 2024 uno de los damnificados acudió al Departamento de Construcción e Infraestructura Urbana de la Municipalidad de Viña del Mar para consultar por las ayudas disponibles para reconstruir las viviendas destruidas por el incendio.
En ese lugar fue abordado por Cristián Contreras, quien aparentó ser arquitecto y ofreció construir una vivienda de emergencia por $5.200.000. El mismo día acudió al terreno siniestrado y se presentó ante otros damnificados, asegurando que tenía experiencia y contactos en el municipio.
Según la resolución, el condenado se atribuyó capacidades, influencias y vínculos que no tenía, simulando profesionalismo y seriedad para solicitar dinero destinado a supuesto trámites de regularización de títulos, obras sanitarias y compra de materiales de construcción.
Sin embargo, el fallo estableció que el acusado sabía que no destinaría los fondos al propósito acordado con las víctimas, sino que los utilizaría a beneficio personal.
Así cuatro personas le entregaron un total de $600.000. El dinero debía financiar gestiones para regularizar propiedades, la construcción de una fosa y la adquisición de materiales para levantar las viviendas.
Corte descartó los argumentos de la defensa
La defensa solicitó anular el juicio y la sentencia, argumentado que durante los alegatos de clausura se habrían incorporado elementos que no estaban incluidos en la acusación, lo que habría afectado el derecho a defensa del condenado.
La Corte descartó esta alegación, al concluir que no existían diferencias sustanciales entre los hechos descritos en la acusación y aquellos que el tribunal dio por acreditados.
El tribunal de alzada también consideró que los testimonios de las víctimas y los demás antecedentes presentados durante el juicio permitían acreditar el engaño. Según sus declaraciones, el acusado se presentó como arquitecto, funcionario municipal y trabajador de una empresa dedicada a la construcción de viviendas.
La Corte rechazó el argumento de la defensa de que los hechos correspondían a un incumplimiento contractual de carácter civil y no a una estafa, al considerar que esa interpretación se basaba en una versión distinta de los hechos acreditados en el juicio.
El tribunal precisó que la negativa a conceder una pena sustitutiva no podía ser impugnada mediante un recurso de nulidad.