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Judicial

21 de Octubre de 2026

Las resoluciones de Ángela Vivanco abren un inédito flanco judicial: militar condenado por crimen de exsacerdote en dictadura la acusa de prevaricación

El recurso fue presentado en el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. Plantean que la exministra de la Corte Suprema no "ponderó bien los antecedentes" al momento de entregar su fallo. El abogado de la causa, Ricardo Bravo Cornejo, afirma que habría recibido "alguna presión política y no hizo una investigación como una ministra debió haberlo hecho".

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Los problemas judiciales no cesan para Ángela Vivanco. Si ayer la Fiscalía Regional de Aysén solicitó una audiencia para volver a formalizarla por los delitos de cohecho en la arista Fundamenta, este miércoles se ingresó al Séptimo Tribunal de Garantía de Santiago una querella en su contra por el delito de prevaricación. La acción fue impulsada por un exmilitar condenado por el crimen del exsacerdote y profesor universitario chileno-italiano Omar Venturelli Leonelli, hecho ocurrido en septiembre de 1973 en Temuco, y cuya extradición a Italia fue aprobada por la exministra.

Según la querella, a la cual obtuvo acceso The Clinic, el abogado Ricardo Bravo Cornejo, representando Manuel Vásquez Chahuán -hoy recluido en Colina I- afirma que la otrora integrante del máximo tribunal incurrió en el delito de prevaricación judicial en un fallo dictado el 18 de diciembre de 2023, el cual concedió la extradición de Vásquez al país europeo para que cumpla una cadena perpetua.

El documento acusa que Vivanco dictó “por negligencia inexcusable una sentencia manifiestamente injusta (…) después de recibir la declaración de Manuel Vásquez, incorporar antecedentes de su hoja de vida militar y calificación médica, solicitar información complementaria al Ejército de Chile y agregar piezas de otras causas judiciales”.

Entre esos antecedentes, agrega la querella, figuraba una anotación de mérito por su participación en un operativo desarrollado Liquiñe, a 157 kilómetros de Temuco, un registro de enfermedad el 24 de septiembre de 1973 y una posterior licencia médica de 18 días, por lo que a juicio del abogado, su cliente no tendría vinculación con el crimen de Venturelli Leonelli.

“A ello, se sumaba su declaración sobre el desplazamiento a la zona de Panguipulli, la permanencia allí hasta el 24 de septiembre, la enfermedad contraída durante el operativo y el reposo domiciliario”, consigna el recurso, el cual añade que “la relación de esos antecedentes con las fechas del episodio de Omar Venturelli fue puesta en conocimiento de Vivanco antes de que resolviera”.

En esa línea, plantean que la ministra examinó separadamente los antecedentes y “utilizó la falta de precisión de ciertos registros para mantener una hipótesis de presencia en el regimiento. En la página 98 del fallo expresó que ‘no es posible descartar’ la presencia de mi representado en el Regimiento Tucapel entre el 2 y 24 de septiembre de 1973″ y que “era factible la materialización de los hechos imputado, por una coincidencia temporal y espacial con la víctima”.

“No se ponderaron de forma correcta los antecedentes”

En julio de 2019, la Corte d’Assise d’Apello de Roma condenó a presidio perpetuo a Manuel Vázquez por el crimen de Venturelli Leonelli, cuyo caso fue investigado por la justicia de ese país al tener la doble nacionalidad.

Cinco años después, en 2024, la Corte Suprema chilena ratificó la solicitud de extradición que pidió Italia para Vásquez Chahuán y Orlando Moreno Vásquez, también condenado a perpetua por lo ocurrido en septiembre de 1973 en la capital de La Araucanía.

Con esta querella contra Vivanco, el abogado Ricardo Bravo Cornejo pretende dejar sin efecto la entrega del exmilitar a las autoridades italianas: “Lo que buscamos es que se acredite que los hechos son constitutivos de delitos, que hay responsabilidad penal y que no se ponderaron bien los antecedentes”.

“Mi representado tiene vínculos políticos y creemos que ella pudo haber sentido alguna presión política y no hizo una investigación como una ministra debió haberlo hecho”, dijo en conversación con este medio.

En el fallo, Vivanco estableció que los exagentes Moreno Vázquez y Vázquez Chahúan “formaban parte del aparato organizado de poder, recibiendo e impartiendo instrucciones a fin de llevar a cabo la finalidad de reprimir a los adversarios políticos, realizando en ocasiones un aporte funcional necesario para la operación delictiva o dando instrucciones a otros para realizar tal aporte o para que ejecute el hecho típico respecto de las víctimas”.

En ese entonces, también se aprobó la extradición de Pedro Espinoza Bravo, retirado brigadier del Ejercito y exsubdirector de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), quien fue considerado autor del crimen de Juan Bosco Maino Canales, ocurrido el 26 de mayo de 1976.

Para Vivanco el proceso judicial en Italia se tramitó de acuerdo a las normas del debido proceso, rechazándose la apelación de los condenados.

Manuel Vásquez, el brigadier del Ejército condenado por múltiples crímenes

Manuel Vásquez alcanzó el grado de brigadier del Ejército durante la dictadura de Augusto Pinochet y estuvo a cargo de la Segunda Compañía de Cazadores del Regimiento Tucapel.

El Poder Judicial lo condenó por su participación en dos hechos de violaciones a los derechos humanos cometidas en el régimen militar: el asesinato de siete personas en el denominado caso Polvorín del Regimiento Tucapel de Temuco y las torturas sufridas por el profesor y dirigente campesino Luis Alberto Chihuailaf Arriagada.

Actualmente cumple condena en Colina I.

El homicidio de Omar Venturelli fue investigado por la justicia italiana, quien finalmente condenó a Vásquez. El exsacerdote se presentó voluntariamente en el Regimiento Tucapel de Temuco, después de un llamado por radio. Posteriormente fue trasladado a la cárcel de Temuco. 

El 4 de octubre de 1973, su familia fue informada de que había sido liberado, pero nunca volvió a tener noticias de él.

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