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Poder

14 de Noviembre de 2011

Karadima se salvó de los jabones de la cana tras ser sobreseído

Después de más de un año y medio de indagatorias a cargo del caso Karadima, la ministra en visita Jessica González decidió sobreseer al siniestro cura de El Bosque, a pesar de que se acreditaron los delitos, pero hubo prescripción de los abusos cometidos por el sacerdote.

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Después de más de un año y medio de indagatorias a cargo del caso Karadima, la ministra en visita Jessica González decidió sobreseer al siniestro cura de El Bosque, a pesar de que se acreditaron los delitos, pero hubo prescripción de los abusos cometidos por el sacerdote.

El abogado de las víctimas, Juan Pablo Hermosilla, fue informado pasadas las 11 horas de la decisión de la magistrada en el 34º Juzgado del Crimen de Santiago.

González determinó que se cometieron los delitos por parte de Fernando Karadima pero se estableció que los delitos se cometieron fuera del tiempo legal para juzgarlos

El caso Karadima comenzó en abril de 2010, luego que el arzobispado reconociera una investigación eclesiástica en contra del sacerdote por hechos que ocurrieron en los años 80 hasta mediados de los 90 en contra de cinco personas en la parroquia El Bosque de Providencia.

Luego de un primer período investigativo del Ministerio Público, el proceso quedó en manos de la justicia antigua a cargo del juez del 10º Juzgado del Crimen Leonardo Valdivieso quien declaró la prescripción de la acción penal, pero sin acreditar delitos.

Por orden de la 4ª Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago la indagatoria fue reabierta y luego la Corte Suprema designó como ministra en visita a la jueza Jessica González, en marzo de este año.

Juan Pablo Hermosilla: Lo importante era acreditar los hechos

El abogado Juan Pablo Hermosiila, representante de las víctimas del sacerdote indicó que “es un fallo que se explica por si mismo, relata la labor que ha hecho la ministra. Estamos muy conformes, pues se establece la efectividad de los hechos que hemos denunciado”.

Según el legista, la ministra “hace una descripción muy seria de la personalidad, del ambiente y de las conductas de Karadima, que son abusivas y dañinas para quienes las sufrieron. Establece una distiinción y señala que las conductas son delictivas en cuanto a que las personas que las sufrieron eran menores de 18 años”.

En el caso de los denunciantes mayores de 18 años el abogado explicó que la ministra “da los hechos por cierto pero dice que los delitos solo se establecen cuando son menores de 18 años”.

Hermosilla manifestó que le parece un “tremendo avance” la decisión, pues se “ha cumplido las expectativas con su trabajo”.

“Todas las denuncias están acreditadas. El criterio de la ministra ha sido plausible y razonable. La aplicación de la prescripción por el tiempo transcurrido era algo que estaba previsto. Lo que queríamos era que establecieran los delitos” explicó el jurista.

“Aquí nunca hubo ánimo de venganza, lo que se quería era enderezar los hechos y que se supieran. Este fallo, más lo establecido por el Vaticano aclara los hechos que ocurrían con Karadima y su entorno” sentenció Hermosilla.

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