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20 de Junio de 2013

Exclusivo: El relato de golpes y vejaciones que acusa en la demanda la ex empleada de la nieta de Agustín Edwards

Según consta en la demanda civil a la que tuvo acceso The Clinic Online, el mal trato y las condiciones vejatorias que vivió Felicitas Villanueva en Estados Unidos mientras trabajó con la familia Hurley-Custer hicieron que se le otorgara una visa como víctima de tráfico humano. En el escrito, la mujer relata la serie de golpes que le propinaron una y otra vez los tres hijos del matrimonio, el hambre que pasó por culpa de sus ex empleadores, cómo éstos le pagaron $133 mil pesos mensuales por un trabajo de 12 horas y como le negaron constantemente acceso a atención médica. Además, se cuenta cómo la nieta de Agustín Edwards amenzaba a la mujer con el poder de su abuelo.

Por

Con fecha 10 de junio de 2013 fue recibida en la Corte del distrito sur de Nueva York la acción civil de la chilena Felicita del Carmen Villanueva en contra de Malú Custer Edwards -nieta de Agustín Edwards- y Micky Hurley por “confinarla en contra de su voluntad sometiéndola a formas de extrema coacción mental, física y económica y crueldad”.

The Clinic Online tuvo acceso al escrito de 208 puntos -caratulado como 13CIV3943- en el que la ex asesora del hogar relata, de forma cruda y detallada, los golpes y vejaciones de las que fue objeto por esta pareja.

La acción legal fue presentada el 10 de junio de 2013, como dice el documento, pese a que los hechos que se relatan comienzan el 2011. La acción, que será investigada por el juez Hellerstein del distrito sur de Nueva York, ennumera los golpes y torturas que sufrió la mujer chilena de parte de la joven pareja, la manera en que desatendieron sus enfermedades sin prestarle los cuidados que necesitaba; cómo lo mantuvieron encerrada en uno de los cuartos de sus hijos y la prohibición para que se comunicara con otras personas para pedir ayuda.

En el texto se relatan las amenazas de parte de Malu Custer Edwards hacia Felicita, donde le decía que su abuelo -el dueño de El Mercurio- era capaz de “cerrar la catedral de St. Patrick para él solo”. Y cómo a cada tanto, Malú Custer, a quien el documento consigna como “Edwards” se ufanaba del poderío de Agustín Edwards en Chile.

CONTRATO

El texto comienza dando cuenta de las leyes transgredidas por los Hurley-Custer y entregando un perfil de Felicitas, que relata entre otras cosas que trabajaba como manicurista y pedicuristas antes de partir con ellos a trabajar a EEUU.

El documento señala que en 2010 Felicita decidió aceptar un empleo en EE.UU. como empleada doméstica
para poder ahorrar y volver a Chile a Río Bueno para dedicarse a trabajar en el campo. Así, en diciembre de 2010, la Demandante -como se le identifica en el documento- comenzó a trabajar para Custer y Hurley, llevando a cabo las tareas domésticas básicas: hacer las camas, cocinar, lavar los platos, limpiar los pisos, y el cuidado de los tres hijos de la pareja”.

“Durante ese tiempo, la Demandante trabajó desde las 8 am hasta las 8 pm, seis días a la semana, teniendo los domingos libres. Los acusados ​​le pagaron un total de $280.000 chilenos por el trabajo que realizó durante el mes de diciembre, que es el equivalente de aproximadamente $583 dólares”.

La acción civil sostiene que “alrededor del l de enero de 2011, Edwards dio a la Demandante un contrato de trabajo para que firmara, que estaba en Inglés, sin embargo, la Demandante no habla inglés y no supo leer ni entender los términos del contrato. Edwards mostró más tarde a la Demandante una “copia” del contrato escrito en español y le dijo a la Demandante que ambas versiones eran idénticas”, lo que no es efectivo.

También establece que cuando le fue entregado, en el proceso de obtención de visa, por el consulado un informativo sobre sus derechos y le presentó a Edwards el folleto sobre los riesgos de trata de personas ésta, según se puede leer en la acción legal, inmediatamente arrugó el folleto y lo tiró a la basura advirtiéndole: “No deberías prestarle atención a ellos porque los estadounidenses son llorones; la información no es para ti'”.

Según explica Felicitas en el escrito desde un comienzo hubo señales de la agresividad de los tres hijos de la pareja y asegura que escuchó Edwards “regañar a los niños diciendo: ‘No hagas eso, vas a asustar a Felicitas. Compórtate bien para que venga con nosotros'”. De hecho, relata que en el aeropuerto antes de viajar a los EE.UU., le pidió a Hurley ayudarla con el equipaje ya que ninguno de los acusados ​​se habían ofrecido a llevar nada desde el auto hasta el mesón del Check in, a la que el esposo de Malu respondió con enojo: ‘Yo no le llevo los bolsos a nadie'”.

Lo peor, sin embargo, ocurrió al comenzar el sueño americano.

LOS ABUSOS DE LOS NIÑOS

En el punto 69 del escrito se relata que alrededor del 17 de enero de 2011, Felicitas llegó a Nueva York con Custer y Hurley. “Antes de que la familia siquiera se instalara en su residencia en los EE.UU., Edwards y Hurley dejaron a la Demandante a solas con los niños en el auto haciendo que su hija M comenzara a llorar diciendo repetidamente a la Demandante, ‘No quiero que estés aquí’. La Demandante respondió tratando de calmar a M y M la abofeteó en la cara lo suficientemente fuerte para causar que a la Demandante se le cayeran los lentes. Cuando Edwards y Hurley volvieron al auto, M seguía llorando, sin embargo, cuando la Demandante explicó lo que había sucedido, Edwards se negó a aceptar el hecho de que su hija hubiese golpeado a la Demandante. Finalmente, cuando la Demandante insistió en que Edwards preguntara a M qué había pasado, M admitió haber abofeteado a la Demandante, pero sus padres no hicieron nada para reprenderla”.

Después de este primer incidente, consigna la demanda, “los niños le pegaron y abofetearon diariamente”. “Basándose en las observaciones de la Demandante, parecía que los niños de los Demandados respondían de forman física abusiva cuando se enojaban porque se les daban cantidades insuficientes de comida en la casa o porque les molestaba la presencia de la Demandante como cuidadora. Por ejemplo, por lo general a los niños culpaban a la Demandante por la falta de alimentos y procedían a golpear a la Demandante en el cuerpo y la cabeza. En respuesta a las explosiones antes mencionadas, la Demandante intentó actuar de forma sensible y de manera apropiada, para tratar de establecerle límites a los niños; Sin embargo, todo fue en vano, porque los Demandados ​se negaban a abordar estos asuntos con sus hijos.

El documento describe que Felicitas se tomó fotos de las heridas para mostrárselas a Malú Custer, pero que ésta sólo expresó que “Tienes la piel clara -es por eso que te aparecen hematomas. No es por mis hijos”.

Los niños también golpearon a Felicitas con objetos, incluyendo al hijo más pequeño de Edwards que la golpeó con una silla cuando ella no estaba mirando, “causándole mucho dolor y un moretón”.

En otra ocasión, “estaba arreglando el scooter del hijo mayor cuando el niño tuvo una rabieta y golpeó a la Demandante en la cabeza con el manubrio causándole mareos y dolor considerable”.

“El día en que la Demandante finalmente escapó de la casa, estaba agachada sacando leche del refrigerador cuando el hijo mayor de los Demandados le golpeó la cabeza con la puerta de la nevera, causando que se tambaleara de dolor, mareos y desorientación. Cayó al suelo y experimentó mareos, seguido inmediatamente por una profunda preocupación por su propia seguridad personal”.

EL HAMBRE

El texto enfatiza que Custer “raramente compraba comida y cuando lo hacía ella rara vez compraba suficiente comida para los niños y la Demandante, comprando sólo pequeñas cantidades de leche, yogurt, huevos y pan, nada más”.

Así, continúa, “la Demandante preparaba los desayunos y almuerzos de los niños con pan y leche o lo que estuviera disponible” lo que ocasionaba que los hijos del matrimonio estuvieran “igualmente mal nutridos y a menudo rogaban y lloraban por alimentos”, detalla el documento.

En más de una ocasión, continúa el escrito, Felicitas “compartió su propia comida con los niños quienes padecían hambre casi todos los días. En los días en que no había suficiente comida en la casa para comer y la Demandante era capaz de salir discretamente de la casa, ella caminaba a una bodega cercana y compraba un taco, un pedazo de pan o un trozo de fruta, lo que podía pagar con el poco dinero que tenía en su poder dada la resistencia de los Demandados a pagar sus salarios. Cuando regresaba a la casa con la comida que había comprado, ella tenía que esconder la comida o los hijos de los Demandados discutían con ella para que les diera la comida”.

“Como resultado de la desnutrición y la mala alimentación, la salud de la Demandante se deterioró hasta el punto en que sufría dolor diario debido a las infecciones estomacales, enfermedades, y otros dolores crónicos”, detalla el documento. “Mientras tanto, los Demandados ​​habitualmente gastaban dinero para beber botellas de vino, antes de salir a cenas suntuosas, dejando a los Demandante y a los hijos a su suerte”.

SIN SUELDO Y SIN MEDICAMENTOS

El texto además establece que los Hurley-Custer ni siquiera le pagaron a Felicitas los US $700 que quedaron de cancelarle tras haberle bajado el sueldo a la mitad de lo compromentido (originalmente le pagarían US $1.400), sino que “los Demandados ​​pagaron a la Demandante el total de US $800 en tres cuotas separadas, la primera vez en enero, la segundo a principios de febrero, y la tercera en el comienzo de marzo”. Es decir, el sueldo fue de cerca de $140 mil al mes, menos incluso que el salario mínimo chileno.

“Cuando la Demandante se quejó de que no se le pagaba la cantidad que le habían prometido, y más tarde porque no le estaban pagando nada en absoluto, Edwards mintió y diciéndole a la Demandante que la familia pasaba por dificultades financieras y que no podía permitirse el lujo de pagarle. Mientras tanto, Edwards y Hurley gastaban enormes cantidades de dinero en artículos personales, incluyendo ropa, salir a cenar, y la educación de Edwards.

“Además, contrariamente a los términos del contrato de trabajo por escrito, a la Demandante no se le otorgó ningún tiempo libre, mientras estaba en Nueva York y se esperaba que cuidara a los niños desde las 8 de la mañana hasta la hora de acostarse, que era entre 20:00 y 23:00 horas todos los días”. Para almorzar le daban sólo 15 minutos.

En paralelo, “le negaron activamente el acceso a la atención médica a través del engaño y el fraude”.

Específicamente, Custer Edwards le dijo constantemente “que por no ser un ciudadano estadounidense la policía y los hospitales en los EE.UU. no la ayudarían. Hurley, en tanto, le aseguró que “tendría que esperar de 4 a 5 años después de su llegada a los EE.UU. antes de que pudiera tener acceso a la atención hospitalaria” y nunca le proporcionaron medicamentos para tratar su hipertensión.

Y cuando el 04 de marzo 2011, Felicitas comenzó a experimentar síntomas asociados con la hipertensión, Custer le dijo “que su única oportunidad era ir a un ‘hospital de los pobres’, que no tenía ni idea de dónde estaban los hospitales públicos, y que no iba a acompañar a la Demandante porque ella no quería interactuar con ‘esas personas’ que reciben atención médica en los hospitales públicos”. De paso, se comprometió a traer el medicamento desde Chile, ya que los medicamentos eran demasiado caros en los EE.UU.

En su acción legal, Felicitas afirma que a partir de febrero del 2011, comenzó a solicitar a Custer que la liberara de su contrato y le permitiera regresar a Chile. “Firmaste un contrato por 2 años. Te traje aquí por dos años y tienes la obligación de cumplir con el contrato”, fue la respuesta de su ex empleadora

“Tú no conoces a la familia Custer, Felicitas, somos muy poderosos, incluso aquí, en Nueva York, mi abuelo era capaz de cerrar la catedral de St. Patrick sólo para él solo. Lo siento, pero tienes que quedarte. Tiene un contrato de dos años “. También le dijo que su abuelo, Agustín Edwards, era muy conocido “y que nadie se le cruzaría en su camino porque era una persona influyente”.

Aún así, en marzo de 2011 Felicitas decidió huir, luego consiguió que el departamento de Trabajo de Estados Unidos los obligara a pagarle por los salarios atrasados.

LAS SECUELAS

Desde el momento en que llegaron a Nueva York, Custer Edwards dejó claro a Felicitas que “ella no iba a salir de la casa sin su permiso”. Sin embargo, el 4 de febrero Felicitas salió y se compró un teléfono celular. Además conversó con la vendedora quien la orientó sobre el abuso del que estaba siendo víctima.

Cuando Custer Edwards se enteró de que Felicitas se había comprado un teléfono celular, “se puso furiosa y exigió que la Demandante le entregara el teléfono, pero la Demandante se negó y le dijo que necesitaba el teléfono para comunicarse con sus familiares. Alrededor de este tiempo, la Demandante pidió a Edwards tener unos días de descanso, a lo que Edwards respondió que la Demandante sólo podía salir a hacer recados específicos y no podía tener los días de descanso para ella”.

“Cada vez que la Demandante salía con la familia, Edwards le impedía hablar. Edwards le preguntaba a menudo si la Demandante había hablado con los porteros y le daba instrucciones de no hablar con ellos o con cualquier otra persona. En un caso, la Demandante estaba fuera con la familia y le preguntó a un hombre las indicaciones para llegar al tren. Edwards vio esta interacción y le dijo a la Demandante que no iba a permitir que a hablar con extraños y le preguntó a la Demandante lo que estaba discutiendo con esta persona, y luego le dijo que se fuera a la casa inmediatamente”.

La Demandante escapó y recibió refugio de protección de agencias de servicios sociales sin fines de lucro y el Departamento de Estado de Nueva York de Trabajo que reconocen su condición de una víctima de la trata de personas.

Al escapar, Felicitas recibe atención médica de Safe Horizon. Le diagnostican “la presión arterial peligrosamente elevado en el momento de su visita y hematomas en todo el cuerpo, donde los niños la habían golpeado”.

“A la Demandante también le fueron diagnosticadas una serie de enfermedades que no habían sido diagnosticada previamente, incluyendo problemas a la tiroides, vitiligios, y las irregularidades en los indicadores clave de buena salud, todo lo cual los médicos atribuyeron a su mala nutrición y la falta de la necesaria atención médica. Además, en los seis meses después de su fuga, la Demandante sufrió intensos dolores de cabeza, náuseas y vómitos”.

“Alrededor del 24 de agosto 2011, la Demandante perdió el conocimiento sin explicación alguna y fue trasladada al New York Downtown Hospital, y durante la noche la hospitalizaron y le realizaron un escaner. El escaner reveló una inflamación del cerebro que produce fluido, una condición comúnmente conocida como encefalitis.

El líquido fue drenado través de un procedimiento de hospitalización, pero la Demandante siguió experimentando síntomas continuos por sus heridas”.

“La Demandante fue informada por su médico tratante de que la inflamación cerebral pudo haber sido causada por trauma contuso, posiblemente por ser golpeado por la puerta del refrigerador o de otro tipo de incidentes que involucran a los niños de los Demandados. Además, por recomendación del médico general, la Demandante fue derivada a una consulta psicología donde se le diagnosticó un trastorno de adaptación, post-estrés postraumático y tratamiento para pedophobia, un miedo irracional a los niños, que se había desarrollado después de su huida de casa Demandados”.

La acción legal además recalca que Felicitas “solicitó y se le concedió una visa como víctima de tráfico humano merecedora de asilo”.

Copia de la demanda:

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