Opinión
24 de Febrero de 2014Mineduc corrige al rector Pérez y señala que investigaciones a Ues por lucro tienen deber de reserva hasta su término
El jefe de la División de Educación Jurídica del Minedic, Alberto Vergara, sacó la voz frente a los cuestionamientos realizados por el rector de la Universidad de Chile, Víctor Pérez, a la ministra de Educación, Carolina Schmidt, por “no investigar como se debe” y mantener bajo el “secretismo” las operaciones del cuestionado grupo Laureate. En […]
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El jefe de la División de Educación Jurídica del Minedic, Alberto Vergara, sacó la voz frente a los cuestionamientos realizados por el rector de la Universidad de Chile, Víctor Pérez, a la ministra de Educación, Carolina Schmidt, por “no investigar como se debe” y mantener bajo el “secretismo” las operaciones del cuestionado grupo Laureate.
En la sección de cartas de El Mercurio, Vergara salió a remarcar que las “robustas facultades” que tiene el ministerio para realizar investigaciones no son tal, recalcando que sólo cuentan con la norma “para revocar el reconocimiento oficial y cancelar la personalidad jurídica de una universidad, previa opinión favorable del Consejo Nacional de Educación y consultando a la institución afectada”.
“La norma no contiene ninguna facultad coercitiva que permita al ministerio obligar a entregar documentos o prestar declaraciones. Tampoco ninguna que autorice al ministerio a ejercer atribuciones propias de la judicatura, tales como declarar un contrato como simulado”, señala.
Además, el artículo citado por el Mineduc y sacado en cara por el rector Pérez (artículo 64 del DFL 2 de 2009), impone el deber de reserva “hasta que se haya dictado la resolución definitiva y no queden recursos pendientes por parte de la entidad afectada”.
Según Vergara, los procesos de investigación se han hecho apenas iniciada la denuncia formal por parte de la CNA (Comisión Nacional de Acreditación) y que, finalmente, no procede pretender imponer a instituciones no estatales las normas sobre contratación pública ni sobre transparencia de la información pública.