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Opinión

20 de Enero de 2015

Columna: Muertes, castigos y videos

* Tal como el asesinato de 81 personas en el incendio de la cárcel de San Miguel —cuyo proceso terminó con una sentencia absolutoria para todos los gendarmes implicados—, el caso del Año Nuevo de 2011 en Puente Alto logró llegar a tribunales porque tuvo el peor desenlace que podía tener: un interno murió producto […]

Javiera Herrera Zalaquet
Javiera Herrera Zalaquet
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cárcel san miguel A1

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Tal como el asesinato de 81 personas en el incendio de la cárcel de San Miguel —cuyo proceso terminó con una sentencia absolutoria para todos los gendarmes implicados—, el caso del Año Nuevo de 2011 en Puente Alto logró llegar a tribunales porque tuvo el peor desenlace que podía tener: un interno murió producto de las torturas a las que fue sometido por funcionarios de Gendarmería. De otra forma, el evento hubiera pasado a engrosar la lista de los abusos que se cometen imperceptible y diariamente en todos los penales del país.

Y es que el procedimiento penitenciario chileno permite castigar a discreción. A pesar de que existe un reglamento que tipifica las faltas que pueden cometer los presos y les asigna sanciones específicas, los funcionarios reaccionan ante los conflictos con violencia o, lisa y llanamente, los provocan. Curiosamente, para perseguir la responsabilidad penal de los gendarmes, nuestro ordenamiento jurídico solo acepta videos como medios de prueba y muertes como resultado.

Así, por ejemplo, en agosto de 2014, un canal de televisión dio a conocer una cinta donde se puede ver a varios gendarmes pateando y apaleando a un grupo de presos a raíz de un intento de fuga en la cárcel de Rancagua. Los responsables habían sido absueltos un año antes luego de un sumario interno y solo después de ver el video, el ministro de Justicia ordenó reabrir el caso.
En Calama también fue posible iniciar un proceso en contra de Gendarmería gracias a la difusión de un registro audiovisual. El brutal procedimiento durante el cual setenta presos fueron conducidos por un callejón mientras recibían patadas, palos y escupos en la cárcel de esa ciudad solo empezó a ser investigado luego de que una grabación comenzara a circular un año más tarde en los medios de comunicación.

La violencia que se vive en Colina II también estuvo en el tapete durante 2014 gracias a las cámaras. Sin embargo, la situación aquí es distinta. A pesar de los numerosos videos que han circulado, y de que según las cifras de Gendarmería diez personas fueron asesinadas al interior del penal durante ese año, ningún tribunal se ha pronunciado al respecto. La razón es sencilla: las cintas muestran que en la cárcel más peligrosa de Chile, los presos se matan entre ellos.
Pero existe otra versión. El 10 de diciembre de 2014 un grupo de internos presentó una denuncia ante Gendarmería por «muertes en riña, droga, hambre y abusos», donde acusan a los funcionarios de traficar pasta base, vender cuchillos y celulares (y luego requisarlos en los allanamientos para venderlos de nuevo), robarse el alimento, permitir que un interno que tiene intenciones explícitas de matar a otro pague para entrar al módulo donde se encuentra, y trasladar a los presos que no les simpatizan a los sectores de la cárcel donde saben que «su vida peligra».
Sobre esto se pueden recopilar cientos de testimonios, pero, lógicamente, es difícil conseguir una grabación. Y lo más grave es que, aun cuando fuera posible, a lo más unos pocos gendarmes serían procesados. El Estado se lava las manos con Gendarmería —aunque, por deferencia, procura que los funcionarios que llegan a ser juzgados no pasen por la cárcel— y Gendarmería hace lo propio con los presos. Y los presos, huelga decirlo, no alcanzan a lavarse las manos con nadie.
Los internos de Colina II finalizan su carta diciendo que no quieren terminar quemados como los de San Miguel. Algo muy probable mientras la responsabilidad por la falta de una regulación legal orgánica respecto al sistema carcelario y penitenciario siga siendo atribuida a los que salen en cámara.

*Directora de comunicaciones de la organización por la defensa de los derechos humanos Litigación Estructural para América del Sur (LEASUR)

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