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Nacional

8 de Mayo de 2024

Grabado de patentes: definen características y plazos para cumplir con la normativa

Agencia Uno

Finalmente se conoce el reglamento oficial para el grabado de patentes en vehículos, además de los plazos y características precisas que deben cumplir.

Por Catalina Reid

Más de ocho meses desde que se aprobó la nueva Ley de Tránsito, la Contraloría General de la República tomó razón del reglamento que establece las características específicas para el grabado de patentes. De esta forma, ya se conocen los plazos para cumplir con la medida, que entrará en vigor cuando se publique en el Diario Oficial.

El reglamento establece que se debe marcar la patente en distintas partes del vehículo, como vidrios laterales, parabrisas, luneta trasera y espejos laterales. La iniciativa tiene como fin evitar el robo de vehículos y su comercialización, pero fue recibida con desgano por la mayoría de los chilenos. No obstante, varios se adelantaron y marcaron sus vidrios por iniciativa propia, incluso de manera casera.

Características del grabado

De acuerdo con el reglamento, el grabado de las letras y dígitos de la placa patente deben cumplir con un tamaño y una tipografía específica. En los vidrios, las letras y dígitos deben tener entre 7 y 10 mm de altura, y un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de la letra. Esta debe ser de estilo normal, no cursiva ni negrita. En el caso de los espejos laterales, la altura mínima es entre 5 y 10 milímetros. En ambos casos las letras deberán ser mayúsculas.

Las letras y dígitos deberán grabarse siguiendo la superficie del vidrio o del espejo lateral, de manera tal que su lectura horizontal, para un observador externo al vehículo, sea de izquierda a derecha. El grabado debe ser permanente, de forma tal que no pueda ser borrado.

  • Vidrios laterales ubicados al costado del conductor: el grabado se efectuará en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo. En aquellos ubicados al costado del acompañante, se realizará en el vértice inferior izquierdo desde el punto de vista de un observador externo, sin obstaculizar la lectura de otra información obligatoria que pueda ubicarse en esa zona.
  • Parabrisas: el grabado deberá efectuarse en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo, sin obstaculizar la lectura u ocultar el Vehicle ldentification Number (VIN).
  • Luneta trasera: el grabado se efectuará en el vértice inferior izquierdo desde la perspectiva de un observador externo, sin obstaculizar la lectura de otra información.
  • Espejos laterales: el grabado se realizará en la parte superior o inferior, siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo. Si son circulares u ovalados, el grabado se realizará en la parte superior o inferior, de forma paralela al suelo.

¿Desde cuándo será obligatorio tener la patente grabada?

La ley establece un plazo de 12 meses para vehículos antiguos y 4 meses para vehículos nuevos, una vez publicado el reglamento en el Diario Oficial. No se considerarán como nuevos los vehículos comercializados desde el 11 de septiembre de 2023 hasta el tercer mes contado desde la publicación del decreto.

Existen algunas excepciones, como lo es en el caso de vehículos con patente extranjera, como también aquellos considerados como “antiguos” o “históricos”.

Los automivilistas que no marquen sus vidrios se enfrentan a multas que van de 1 a 1,5 UTM, es decir, entre $63.452 y $95.178.

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