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Nacional

1 de Julio de 2016

En el TC se discute destino de histórica fábrica textil de Tomé

La disputa se originó luego que el Consejo de Monumentos Nacionales acordara en su sesión del 13 de abril pasado conceder por la unanimidad de sus miembros la condición de Monumento Nacional, en calidad de Monumento Histórico, a la fábrica textil Bellavista Oveja Tomé y al edificio del sindicato textil, en la comuna de Tomé, Región del Biobío, en respuesta a una solicitud ingresada el 28 de enero de 2014 ante el CMN por la alcaldesa Gloria Rivas Ortiz. Luego de más de dos años de una tramitación que se había iniciado formalmente el 11 de febrero de ese mismo año, el organismo finalmente accedió y emitió su pronunciamiento, el que sigue a la espera de la firma del decreto respectivo por parte de la ministra de Educación, Adriana Delpiano, lo que no ocurrirá hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie ante el requerimiento de la compañía propietaria del inmueble que querría demoler y usar el terreno para la construcción.

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La intensa disputa que enfrenta a la comunidad organizada de Tomé con los propietarios de los terrenos donde se emplaza una de las últimas fábricas de paños del otrora principal puerto textil del país, ha sumado un nuevo actor. Se trata del Consejo de Defensa del Estado (CDE), que se hizo parte del litigio en representación del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) para oponerse al requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ingresado a comienzos de mes por la compañía Bellavista Oveja Tomé SpA ante el Tribunal Constitucional (TC).

La disputa se originó luego que el CMN acordara en su sesión del 13 de abril pasado conceder por la unanimidad de sus miembros la condición de Monumento Nacional, en calidad de Monumento Histórico, a la fábrica textil Bellavista Oveja Tomé y al edificio del sindicato textil y mantas, en la comuna de Tomé, Región del Biobío, en respuesta a una solicitud ingresada el 28 de enero de 2014 ante el CMN por la alcaldesa Gloria Rivas Ortiz. Luego de más de dos años de una tramitación que se había iniciado formalmente el 11 de febrero de ese mismo año, el organismo finalmente accedió y emitió su pronunciamiento, el que sigue a la espera de la firma del decreto respectivo por parte de la ministra de Educación, Adriana Delpiano, lo que no ocurrirá hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie ante el requerimiento de la compañía.

El abogado Pablo Méndez Soto, en representación de Bellavista Oveja Tomé SpA y su dueño, el empresario Juan Carlos Sabat Selamé, intentó primero detener el curso de los acontecimientos recurriendo de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, argumentando que “la declaración de Monumento Histórico del inmueble referido, vulnera las garantías constitucionales de mi representada, ya que, por causa sobreviniente, se efectúan regulaciones expropiatorias, que impiden el ejercicio del derecho a la propiedad, garantizado en la Carta Fundamental”.

La compañía detalla en el escrito ingresado con fecha 11 de mayo de este año en la secretaría criminal del tribunal de alzada capitalino que se infringió de manera ilegal y arbitraria las garantías constitucionales establecidas en los N° 21 y N°24 del artículo 19 de la Constitución, que aseguran al propietario de un bien raíz urbano, el derecho a desarrollar actividades empresariales y el derecho de propiedad en sus diversas especies, sobre toda clase de bienes corporales e incorporales. La Corte lo declaró inadmisible la acción judicial, recordando a los recurrentes “que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales, o amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República”, cuestión que no fue mencionada en el escrito.

Advertido del error, el abogado Méndez Soto, quien a comienzos de mes logró derrotar a la familia Edwards en una disputa ante INAPI por el registro de la marca Crónica Digital (cronicadigital.cl), portal de noticias del cual fue director de servicios informativos el periodista Víctor Osorio Reyes hasta antes de asumir como ministro de Bienes Nacionales del actual Gobierno, ingresó un recurso de reposición con fecha 15 de mayo el que esta vez sí fue acogido. En él se argumenta que la compañía es arrendataria con opción de compra del inmueble, cuya superficie total suma 6,2 hectáreas y 42.000 metros cuadrados construidos, y que la declaración de Monumento Histórico amenaza el legítimo ejercicio de sus derechos, coartando las vías de desarrollo comercial del proyecto.

Según han informado las organizaciones que intentan conservar el valor patrimonio del edificio y su entorno, la propuesta del grupo Sabat presentada a la Municipalidad de Tomé en enero pasado implica demoler todo el recinto que ocupa las 6,2 hectáreas a la entrada del barrio Bellavista, conservando solo la fachada más la torre del reloj, para levantar allí 180 mil metros cuadrados de edificaciones.

“Mi representada, producto de la declaración de Monumento Histórico ve restringido su derecho de propiedad sin que se haya dictado una ley general o particular y, lo que es más grave, sin que se haya determinado su función social en razón de los intereses generales de la Nación, la seguridad nacional, la utilidad y la salubridad pública y la conservación del patrimonio ambiental, como expresamente lo señala el texto constitucional”, dice en parte de su argumentación, y agrega que “sobre esta base, la declaración de la totalidad del inmueble de la fábrica Bellavista Oveja Tomé, como Monumento Histórico, violenta las normas esenciales vigentes en la materia, de rango constitucional, afectando gravemente el derecho de propiedad e imponiendo a mi representada, cargas superiores a las de los demás ciudadanos o personas jurídicas del país, por lo que nos vemos en la necesidad de recurrir de protección a fin de que esta vulneración de las garantías constitucionales, sea remediada por ésta vía”.
Pese a que el recurso de reposición fue acogido, la octava sala de la Corte de Apelaciones no dio lugar a la orden de no innovar que se había solicitado.

La Respuesta del Consejo de Monumentos Nacionales
En un largo y fundamentado razonamiento, el CMN desnuda la falta de fundamento de la acción de protección interpuesta, puesto que “no se especifica concreta y detalladamente ninguno de los presupuestos de la acción de protección”. Sostuvo que el acuerdo del Consejo que aprobó la declaratoria de la fábrica textil Bellavista Oveja Tomé como Monumento Histórico se dictó conforme a la legalidad vigente, la que es coherente a su vez tratados internacionales suscritos y “que obligan al Estado de Chile en relación a Derechos Humanos de Tercera Generación relacionadas a la protección del Patrimonio Cultural”.

Añade que la declaratoria no es arbitraria, “por cuanto se dictó de forma razonada, conforme a la evaluación técnica efectuada por el organismo técnico mandatado por Ley para la tuición y protección de los Monumentos Nacionales, que conforman el Patrimonio Cultural de la Nación, cuya protección e incremento corresponde a un deber del Estado de Chile conforme la Constitución Política de la República” y que “no existe vulneración de las garantías constitucionales señaladas por la recurrente”.

La arista constitucional
Todo lo obrado en la Corte de Apelaciones capitalina quedó en suspenso, luego de que el Tribunal Constitucional notificara con fecha 10 de junio que había acogido a trámite el recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad interpuesto el primer día del mes por Sabat y su abogado, argumentando que con la declaratoria del CMN se vulnera el ordenamiento jurídico resguardado por la Carta Fundamental.

En particular, la compañía solicita que se declare inaplicable el artículo 12 de la Ley 17.288 por cuanto, a su entender, esta norma y la declaración de Monumento Histórico serían contrarias a los artículos 1, 5, 19 N°2 y 24 y 64 de la Constitución Política, “sin perjuicio que, en el desarrollo de su escrito sólo alude al artículo 19 N°21 y 24 de la Constitución”, sostiene el CDE en el escrito ingresado este lunes, cuando se hizo parte en este debate sobre la validez del articulado de una Ley, la 17.288, que fue promulgada antes de la Constitución de 1980.

En el requerimiento, al cual tuvo acceso The Clinic, se formula que el citado artículo 12 vulnera el derecho de propiedad y el de ejercer libremente una actividad económica, y se describe que la recurrente detenta la condición de arrendataria con opción de compra del inmueble en el cual se emplaza la fábrica, el que fue adquirido por el Banco de Chile en subasta, por efecto de la quiebra del anterior propietario. Agrega que la declaración del inmueble como Monumento Histórico impone “serios gravámenes para el propietario particular, desconociendo que la mantención del mismo si es de interés de toda la comunidad, debiera ser carga de toda aquella, especialmente si la norma cuya inaplicabilidad se pide, es anterior a la Constitución de 1980, la cual cambia el concepto de función social de la propiedad”.

En el escrito, la empresa destaca su calidad de “propietario” del inmueble y que en tal condición se le priva de poder ejercer una actividad económica y se limita al mismo tiempo su derecho de propiedad, a lo que el CDE responde que “el requirente no es propietario del inmueble, sino que solo arrendatario con opción de compra. Así lo ha reconocido tanto en el recurso de protección como en este requerimiento”. Es justamente esta condición de arrendatario la que esgrime el CDE para decir que los dueños de la compañía no son un actor habilitado para reclamar la inconstitucionalidad en la aplicación de una norma, por cuanto esto está estrictamente reservado al propietario, en ese caso el Banco de Chile.

La causa fue acogida a tramitación esta semana por el Tribunal Constitucional, y ahora las partes tienen veinte días para formular sus observaciones o presentar antecedentes.

Sociedad Civil
Fábrica Bellavista-Tomé mayo2016_Crédito Francisco Matamala
Mientras el caso de ventila entre la Corte de Apelaciones y el Tribunal Constitucional, los tomecinos agrupados en la Mesa Ciudadana por el Patrimonio de Tomé, siguen reuniéndose y sumando adherentes a su causa.

“No nos quedaremos de brazos cruzados viendo cómo se derrumba nuestro mayor emblema patrimonial y se levante allí un proyecto que no contempla ni el entorno ni nuestro pasado e identidad. Luchamos por un desarrollo turístico y económico que ve en el cuidado del patrimonio todo un potencial. No queremos repetir lo que pasó con la demolición de los edificios de la fábrica a la entrada de nuestra ciudad, donde la construcción del condominio Santa Beatriz, si bien dio empleos y renovó el sector, atenta drásticamente contra su carácter arquitectónico y ocurrió pese a la negativa de la comunidad. Queremos una ciudad que crece manteniendo su espíritu y no sometida a las cuestionables decisiones de unos pocos”, declararon en marzo de este año, cuando se constituyeron por primera vez.

La Mesa Ciudadana por el Patrimonio de Tomé se conformó inicialmente por vecinos independientes y por organizaciones como la Unión Comunal de Juntas de Vecinos, el Centro de Educación y Cultura Mistral (CECUM), el Colegio de Profesores filial Tomé, el Círculo de Bellas Artes, el Museo Histórico de Tomé, la Coordinadora Tomecina, Love Tomé, Preu Popular Tomé, Tomé Conciencia, Sociedad Cultural Sócrates, Agrupación Cultural pro Derechos Humanos de Ex Presos Políticos de Tomé, y por el Consejo Comunal por el Patrimonio de Tomé. También han apoyado las acciones de defensa patrimonial las tres juntas de vecinos de Bellavista (Los Tilos, Los Aromos y la Junta de Vecinos No. 1).

En mayo, para la celebración del Día del Patrimonio y pese a la insistente lluvia, unas 500 personas llegaron hasta la fachada de la fábrica Bellavista Oveja Tomé para replicar una imagen captada en 1935 por el Estudio Hartmann de Santiago, en la que decenas de trabajadores posan en la entrada del recinto textil. Familias, ex trabajadores, vecinos y visitantes participaron en la sesión que convocó la Mesa Ciudadana por el Patrimonio de Tomé y que contó con la asistencia del actor Erto Pantoja, tomecino, nacido en Bellavista en una familia ligada a la fábrica. El actor fue uno de los intervinientes en la sesión del 13 de abril ante el Consejo de Monumentos Nacionales y que derivó en la declaratoria que todavía espera por la firma de la ministra Delpiano.

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