Secciones

Más en The Clinic

The Clinic Newsletters
cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad

Opinión

11 de Diciembre de 2018

COLUMNA | Pacto Mundial para la Migración: Chile se pierde una oportunidad

Chile fue parte de las negociaciones que dieron lugar a este pacto y por ello impacta su actual decisión de no firmar. Más aún, sorprenden las razones sin fundamento, por no decir falsas, que se han utilizado para sostener esta decisión.

Pía Mundaca y Valentina Rioseco
Pía Mundaca y Valentina Rioseco
Por

El “Pacto mundial para la migración ordenada, segura y regular”, es uno de los dos pactos mundiales que los Estados miembros de Naciones Unidas, incluído Chile, acordaron negociar como medidas a seguir, luego de los compromisos contenidos en la Declaración de Nueva York de 2016.

Chile fue parte de las negociaciones que dieron lugar a este pacto y por ello impacta su actual decisión de no firmar. Más aún, sorprenden las razones sin fundamento, por no decir falsas, que se han utilizado para sostener esta decisión.

Una primera razón para no firmar el Pacto ha sido que éste atenta contra la soberanía nacional y que contradice la política migratoria del país. Sin embargo ello no es así. Muy por el contrario el Pacto declara que su propósito es respetar la soberanía de los estados (parra. 7), reafirma el derecho de los Estados de determinar su propia política nacional migratoria y más aún les permite distinguir entre el estatus de migración regular e irregular (parra. 15 c)). Por otras parte, el Pacto no es vinculante, pues no es un Tratado Internacional, sino que un acuerdo de cooperación (parra. 7). Firmando, Chile no haría otra cosa más que incorporarse a un sistema de cooperación internacional que aspira a promover una migración ordenada, segura y regular.

La segunda razón para no firmar, ha sido que el Pacto promueve la migración irregular, sin embargo sus objetivos aspiran a exactamente lo contrario (parra. 11). Así por ejemplo, atiende a las causas estructurales de la migración (obj. 7), busca respuestas y soluciones a la trata y tráfico ilícito de migrantes (obj. 9 y 10), fortalece la cooperación internacional (obj 23) y aspira a generar espacios en que los derechos de las personas migrantes sean efectivamente protegidos, respetados y promovidos (obj. 12, 13, 14). La migración irregular que Chile recibe y produce es precisamente por no ser capaz de atender a estos objetivos. Firmando Chile recibiría mayores herramientas para lograr efectivamente mitigar su propia migración irregular.

Un tercera justificación ha sido que el gobierno no está de acuerdo con que migrar sea un derecho, sin embargo el Pacto no reconoce esto explícitamente. Esta discusión no es nueva y proviene de la propia creación del artículo 13 de la DUDH, que declara el derecho a salir y regresar al propio país, pero no el derecho a ingresar a otro. Actualmente, se defiende que para ejercer el derecho a salir del propio país, es necesario entrar a otro y desde ahí se afirma que migrar es un derecho. Por muy relevante que sea esta discusión, la postura del gobierno respecto a ella no es un factor para decidir si el Pacto debe firmarse o no, pues éste no se hace cargo de ella, sino que por el contrario reitera el reconocimiento al principio de soberanía nacional, tal como ya se ha explicado. Lo que el Pacto sí hace es repetir el conocido mantra que las personas migrantes son titulares de derechos humanos y tienen derecho a ejercerlos, cuestión que ha sido resuelta así por los Comités de Derechos Humanos (1986) y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y por los propios Estados miembros, incluido Chile, en la Declaración de Nueva York de 2016.

Con su decisión de no firmar, Chile se incorpora a la lista de países liderados por populismos de extrema derecha que no adhirieron al pacto. Entre ellos, Bolsonaro en Brasil, Trump en Estados Unidos, Viktor Orbán en Hungría, Matteo Salvini en Italia y Jarosław Kaczyński en Polonia. Sin embargo esta decisión no libera a Chile de manera alguna de sus obligaciones internacionales en materia de migración y refugio. No produce impacto alguno en la legislación nacional y siguen siendo igual de aplicables los principios de no devolución, de reunificación familiar y de no-discriminación. Asimismo, Chile se mantiene obligado a respetar la prohibición contra la tortura y contra las expulsiones colectivas y las Cortes y organismos internacionales competentes siguen siendo espacios legítimos para reivindicar estos derechos.

Esta decisión significa para Chile restarse de un espacio de cooperación y alianzas internacionales y lo deja sólo enfrentando una realidad que por definición sólo puede ser abordada colectivamente. Pareciera ser que en tiempos donde la CEP no sonríe, prima el cálculo pequeño. Vivimos tiempos mundiales álgidos. El respeto a la dignidad humana, la democracia y el estado de derecho han sido puestos en duda y en muchos casos fuertemente tensionados. Es en estos tiempos, donde necesitamos liderazgos que estén dispuestos a perder en pos de defender los principios sobre los cuales queremos construir nuestra sociedad. Lamentamos profundamente que Chile haya perdido la oportunidad de dar un importante paso en enfrentar la migración de forma global y solidaria.

Pía Mundaca, estudiante de un MSc en Políticas Sociales mención migración en London School of Economics and Political Science.
Valentina Rioseco, LLM en Derechos Humanos en la Universidad de Edimburgo y PhD (c) en Derecho.

Notas relacionadas