Secciones

Más en The Clinic

The Clinic Newsletters
cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad

Actualidad

9 de Julio de 2020

Estos son los caminos que puede tomar el proyecto de retiro de fondos de las AFP en el Congreso

Foto: Agencia Uno

El día 8 de julio se aprobó en la Cámara de Diputados legislar sobre el retiro de pensiones, pero aún queda un largo camino que recorrer en el parlamento. En esta nota The Clinic te responde los pasos que faltarían para que el proyecto se vuelva ley.

Por

Con 95 votos a favor, dos sobre el mínimo requerido para legislar esta reforma constitucional, se aprobó en la Cámara de Diputados este miércoles 8 de junio en general el proyecto sobre el  retiro del 10% de fondos desde las AFP.

Esta respuesta favorable al proyecto por parte de la Cámara, es un paso pero aún queda un largo camino para que esta se vuelva realidad y los chilenos puedan hacer efectivo el retiro de este porcentaje de sus fondos de pensiones

Primer paso: Cámara de Diputados

Luego de esta votación, la Comisión de Constitución de la Cámara es la encargada de revisar el proyecto y emitir un segundo informe, que dé cuenta de las indicaciones hechas por los parlamentarios, para que el proyecto vuelva a ser discutido posteriormente en la Cámara de Diputados.

Segundo paso: Senado

Si la votación de las modificaciones prospera en la cámara baja, esta reforma constitucional pasará al Senado, donde el proyecto podría ser modificado.

En caso que se hagan indicaciones, este pasaría a la Comisión de Constitución del Senado y volvería a la Cámara de Diputados para aprobar los cambios realizados.

Senado. Foto: Agencia Uno

Distintas posibilidades

En caso que no se hagan modificaciones, el retiro de pensiones podría ser aprobado en el Senado. Sin embargo, si se hacen las modificaciones y no se aprueban en la cámara baja, el proyecto podría ser enviado a una comisión mixta, compuesta por parlamentarios de ambas ramas.

Una vez aprobada la reforma, esta es enviada al Presidente de la República para que decrete la ley. La autoridad es la encargada de firmar la ley para promulgarla, aunque también puede aplicar un veto en esta y devolver el trámite a la Cámara de Diputados.

No obstante, como ha ocurrido con otras reformas a la Constitución, tras una posible aprobación, la reforma también podría ser enviada al Tribunal Constitucional para que dirima sobre la viabilidad del retiro de fondos.

Notas relacionadas

Deja tu comentario