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23 de Julio de 2020

¿Cuánto se demora realmente el pago?: Cuatro preguntas esenciales sobre el retiro del 10% de los fondos de AFP

dinero bonos retiro de las afp Foto: Agencia UNO

Tras la aprobación del proyecto que permite el retiro de un porcentaje de los fondos de pensiones, hay muchas dudas en torno al procedimiento. Conversamos con el doctor en economía política de la Universidad de Cambridge, Hassan Akram, para resolver dudas sobre los montos, los vaivenes de la bolsa y el tiempo de espera.

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La Cámara de Diputados finalmente aprobó el proyecto que permite el retiro excepcional del 10% de los fondos de pensiones y quedó lista para su promulgación.

La iniciativa fue aprobada con 116 votos a favor, 28 en contra y 5 abstenciones en su tercer trámite legislativo. Tanto en el Senado como en la Cámara Baja contó con el respaldo de 2/3 de los parlamentarios.

Para saber cómo quedó finalmente el proyecto, en The Clinic te lo explicamos con las siguientes preguntas.

¿CUÁNTO SE DEMORA REALMENTE EL PAGO?

La reforma constitucional recientemente aprobada establece plazos muy claros en torno al pago del 10% de las AFP en su inciso séptimo del artículo único.

De acuerdo al documento, el pago se efectuará en dos cuotas: Una mitad se pagará en un plazo de 10 días hábiles una vez presentada la solicitud a la AFP respectiva, y la segunda mitad 30 días hábiles después.

Los afiliados podrán hacer dicha solicitud en el plazo de un año, una vez publicada la reforma constitucional, independiente de la vigencia del Estado de Excepción Constitucional decretado en el marco de la pandemia.

El académico de la U. Diego Portales, Hassan Akram, aclara que esto “no significa que la entrega tarde un año. Es que se puede solicitar en ese plazo. Y una vez solicitada, aplican los plazos de 10 y 30 días”.

¿CÓMO SE RETIRA?

El proyecto establece que los afiliados podrán solicitar el retiro de sus dineros en una plataforma con soporte digital, telefónico y presencial dispuesto por las AFP, que garantice que sea “un proceso eficiente y sin demoras”.

Dichos fondos podrán transferirse automáticamente a una cuenta bancaria, de caja de compensación u otra institución financiera, según lo determine el afiliado.

Foto: Agencia UNO

¿QUÉ PASA SI TODOS SOLICITAN EL RETIRO DE SUS FONDOS AL MISMO TIEMPO?

Para Hassan Akram, el principal problema que podría suscitarse es a raíz de la liquidación de tantos activos por parte de las AFP.

“Una ley básica de la economía es que, si hay mucha oferta, el precio baja. Si a una feria llega una camioneta con muchos tomates, el precio del tomate baja. Podría ocurrir la misma cosa con la venta de activos de las AFP, bajando el valor de sus fondos”, explica.

Sin embargo, detalla que hay muchas fórmulas para evitarlo: “En el caso peruano, por ejemplo, donde se hizo un retiro de fondos de las AFP, el precio de las acciones no bajó mucho porque se coordinó el proceso de liquidación”.

“En Perú decidieron liquidar más acciones en el mercado internacional donde el precio de las acciones no baja por una venta masiva. Para seguir con la analogía, la feria del mundo es muy grande y la camioneta de las AFP es comparativamente chiquitita”, ilustra. En el caso de Chile, el 43% de los activos de los fondos de las AFP están en el extranjero, lo que “ayudará bastante”, aclara Akram.

Sobre la venta de acciones en el mercado financiero chileno, el doctor en economía política subraya que se pueden “vender los bonos del Estado chileno que el mismo Banco Central puede comprar. Si el Banco Central los compra, entonces el precio no baja. Esto es exactamente lo que hizo el banco central peruano y funcionó”.

¿CUÁNTA PLATA SE PODRÁ RETIRAR?

El proyecto establece que se podrá retirar el 10% del total de fondos de las AFP, con un máximo de 150 UF (alrededor de 4.3 millones de pesos) y un mínimo de 35 UF (poco más de un millón de pesos). En caso de que el 10% de los fondos acumulados sea menor a 35 UF, el afiliado podrá retirar el total.

Cabe destacar que el mismo proyecto establece que los fondos retirados “no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, ni podrá rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en el juicio de divorcio, sin perjuicio de las deudas originadas por obligaciones alimentarias”.

Esto implica que los dineros “serán pagados en forma íntegra y no estarán afectos a comisiones o descuento alguno por parte de las administradoras de fondos de pensiones”. Tampoco serán incompatibles con otras medidas económicas para enfrentar la crisis.

Sobre los efectos que podría tener los vaivenes de la bolsa en el monto que finalmente se retire, Hassan Akram explica que “los fondos en las cuentas fluctúan todo el tiempo por los movimientos de los mercados financieros. La caída por la crisis financiera mundial de 2007 fue tremenda. La caída ahora por la crisis de Covid-19 también. Van a seguir bajando los fondos principalmente por la difícil coyuntura económica”.

“La economía no va a poder recuperarse bien antes de que haya una vacuna disponible. Esto es lo que más afectará los fondos. El retiro es algo más bien coyuntural (un efecto de corto plazo) y, como vimos en Perú, es algo cuyos efectos en el mercado en general es más manejable si se coordina bien”, sentencia.

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