Secciones

Más en The Clinic

The Clinic Newsletters
cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad

Actualidad

15 de Enero de 2021

Primera grieta en la Convención Constitucional: Pueblo Afro interpone Recurso de Protección por exclusión en los Escaños Reservados

Cedida

Requerimiento está dirigido contra la Cámara de Diputados y el ministerio de Desarrollo Social por haber sido excluidos de los escaños reservados otorgados al resto de los pueblos originarios y tribales. Acusan racismo y adelantan que iniciarán acciones judiciales en instancias internacionales.

Por

“Yo me pregunto de verdad si vale la pena dejar en 0 Escaños a los pueblos indígenas y no llegar a acuerdo (…) de verdad no creo que por muy respetable que sea el pueblo afrodescendiente, valga la pena que se caiga el acuerdo de representación de todos los otros pueblos indígenas en la convención”. 

La frase corresponde a la ministra de Desarrollo Social, Karla Rubilar, expresada el pasado 09 de diciembre en la Comisión Mixta que, de forma maratónica, tramitaba la ley de Escaños Reservados para pueblos indígenas y tribales en la Convención Constitucional. Por esos días, los parlamentarios oficialistas y de oposición veían cómo se trababa el acuerdo para asegurar un espacio a los pueblos originarios en el órgano que redactará la nueva Constitución; la derecha se negaba rotundamente a incluir en la misma votación a los pueblos afrodescendientes, argumentando que no eran originarios, como sí lo son -por ejemplo-, los mapuches y Aymaras. Los miembros de la oposición, en tanto, defendieron, cada vez con menos intensidad, que al pueblo afro sí se le considerara en la misma votación. 

En vista de que el acuerdo por Escaños Reservados -con la presión social y de plazos que se acotaban debido a la inscripción de las listas a inicios de este mes-, hizo que finalmente primara la “real política”: el destino de los afro en la Convención se votaría por separado en la Sala de la Cámara de Diputados, según establecía el informe de la Comisión Mixta. El resto es historia conocida: la presencia afrodescendiente no logró el quórum necesario, dejando -en los hechos- a los Afrodescendientes fuera de los Escaños Reservados que sí tienen el resto de los pueblos originarios.

Los movimientos afrodescendientes, residentes en la XV región de Arica y Parinacota, no se quedaron de brazos cruzados. Este lunes inscribieron su propia lista de candidatos constituyentes, “Súmate Ahora”, además de iniciar acciones legales. Así, la mañana del jueves interpusieron un Recurso de Protección en la Corte de Apelaciones de Arica contra la Cámara de Diputados y el ministerio de Desarrollo Social, por discriminar a los Afro de los Escaños Reservados, toda vez -argumentan- que están legalmente reconocidos por la Ley 21.151 lo que, además, se entronca con el Convenio 169 de la OIT, instrumento suscrito por Chile que garantiza derechos de los pueblos indígenas y tribales. 

En este contexto, el recurso de protección, al cual tuvo acceso The Clinic, acusa que se infringió el principio de igualdad ante la ley al Pueblo Tribal Afrodescenciente, por dos razones: 1) No se implementó un Proceso de consulta previa durante la tramitación legislativa de los Escaños Reservados. 2) No se garantizó el derecho a participar, en igualdad de condiciones, respecto a los otros 10 pueblos originarios y tribales, constituyendo “un acto de discriminación arbitraria”. Así las cosas, el escrito solicita que la corte “ordene a las autoridades recurridas garantizar la participación colectiva del Pueblo Tribal Afrodescendiente chileno, en pie de igualdad con los demás pueblos indígenas de Chile, por medio del reconocimiento de un escaño reservado en la Convención Constitucional”. 

“Fue un acto totalmente racista. No vamos a descansar hasta que el Estado chileno y este gobierno, haga un tipio de reparación a la negación que se nos hizo como pueblo. Jurídicamente no hay nada que respalde que se nos deje fuera del proceso. Es algo antojadizo y un acto de discriminación racial”, sostiene a este diario Milene Molina, una de las candidatas a la constituyente de la lista “Súmate Ahora”. 

En tanto, la abogada patrocinante de la acción judicial, Camila Rivera, explica  por qué el recurso es contra la Cámara de Diputados y el ministerio de Desarrollo Social. “Porque la ministra de Desarrollo Social, Karla Rubilar, en su labor de colegisladora, genera una diferencia arbitraria al decir que no vale la pena terminar el acuerdo de los pueblos indígenas por los afrodescendientes, argumentando que no sabemos cuántos son, responsabilizando a la comunidad afro con una labor que debe cumplir el Estado”, agregó. “No tenemos una institucionalidad, porque el ministerio de Desarrollo Social ni siquiera ha elaborado el reglamento de implementación de la ley 21.151 que nos reconoce como Pueblo Trinal”, añade Rivera. 

La abogada, además, complementa con argumentos históricos y políticos. “La Constitución no se puede construir con la exclusión y discriminación a un pueblo reconocido en Chile, que somos los afro. La República se construyó con nuestras espaldas, nuestros ancestros y ancestras que pelearon por la independencia de nuestro país. Sería una Constitución que falta a la legitimidad social al no incluir a un pueblo que está reconocido por ley”, remata.

INSTANCIAS INTERNACIONALES

La estrategia judicial de los movimientos afro también contempla acudir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos -órgano dependiente de la OEA-, donde ya existe una denuncia contra el Estado de Chile por haber excluido a este pueblo del último censo del año 2017. “Estos antecedentes los vamos a acompañar a la corte, para que se determine que el Estado de Chile está vulnerando los derechos de un pueblo reconocido por la normativa interna”, explica Rivera. 

Un juicio del que coincide el jurista Branislav Marelic, abogado especialista en Derechos Humanos, y académico de la Universidad Alberto Hurtado. “Los afrochilenos como pueblo tribal son una realidad que el Estado no puede obviar. La exclusión histórica de los afrodescendientes en América se traduce en la falta de participación política, lo que es una situación de discriminación clara que se mantiene cuando Chile no adopta medidas como, por ejemplo, escaños reservados en el proceso Constituyente y en otros espacios de decisión”, dice. 

Marelic fue uno de los abogados que representó al Movimiento de Liberación Homosexual -Movilh- en la CIDH en la demanda contra el Estado de Chile por negarse a reconocer la figura del Matrimonio Igualitario. A partir de esta experiencia, el abogado considera viable las eventuales acciones del pueblo afro en instancias internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “Una vez cumplidos todos los requisitos procesales en Chile, es totalmente viable. Existe jurisprudencia en varios casos donde se reconoce que pueblos tribales, como los afrochilenos, tienen la misma protección que los pueblos indígenas, lo que es lógico también otorgarles escaños reservados”, señala, para rematar con una sugerencia: “En cualquier caso, la decisión de la Comisión o Corte llegará mucho después de concluido el proceso constituyente, por lo que la única forma de participación efectiva de los afrochilenos es que el Estado enmiende esta exclusión rápidamente, para que no sea una mancha futura en la creación de la nueva Constitución, sin esperar las instancias internacionales”.

Recurso Escaño con documentos by The Clinic

Notas relacionadas

Deja tu comentario