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6 de Abril de 2022

Espaldarazo de La Moneda a Rodrigo Cid: la “interpretación jurídica” de la ley de TVN que permite nombrarlo director

Espaldarazo de La Moneda a Rodrigo Cid: la "interpretación jurídica" de la ley de TVN que permite nombrarlo director

El cuerpo legal que rige el canal público establece que quienes mantengan "relaciones contractuales" con TVN están inhabilitados para asumir como director. Sin embargo, la vocera Camila Vallejo explicó que el espíritu de la norma apunta a "contratos civiles o comerciales, no laborales".

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El gobierno finalmente presentó como nuevo director de Televisión Nacional de Chile (TVN) a Rodrigo Cid Santos (44), histórico dirigente sindical de la estación pública.

Durante la presentación, la vocera Camila Vallejo destacó que este “es un momento histórico, dado que en sus 53 años de historia como canal, TVN no ha podido tener a los trabajadores y trabajadoras con derecho a voto en su directorio”.

“Será la primera vez que aquellos que aportan con su trabajo y con su talento al desarrollo del canal se incorporen con plenas potestades en su conducción”, recalcó.

Además, la ministra subrayó que el Ejecutivo espera que TVN pueda “jugar un rol relevante en un sistema nacional de medios» como un “canal multiplataforma” y que haga sentir a los chilenos “orgullosos” de su rol público.

La inhabilidad del nombramiento de Rodrigo Cid en el directorio de TVN

El artículo 4 ter de la Ley 19.132 que regula a TVN establece que quienes “mantengan relaciones contractuales” con el canal estarán inhabilitados para ser directores.

La observación la realizó el exdiputado Gabriel Ascencio (DC) en un tweet que posteriormente borró. En ese comentario señalaba que «lamentablemente la designación de un gran periodista como Rodrigo Cid no podrá ser. En otra desinteligencia del gobierno no advirtieron que los trabajadores del canal tienen una inhabilidad para asumir en el directorio del canal. Muy mal».

Sin embargo, la mirada de La Moneda dista mucho de esa interpretación. “Hemos tomado una definición basada en una correcta interpretación jurídica», partió diciendo la ministra Vallejo.

“Lo que establece la ley son inhabilidades respecto a aquellos que tienen contratos civiles o comerciales. Así está inspirada la norma y así se discutió cuando se trabajó. Esto no cursa para contratos de carácter laboral, está pensado para evitar conflictos de interés en materia de negocios de empresas”, subrayó.

El “espíritu de la norma”, según Vallejo

Para la vocera, durante mucho tiempo existió “una inercia de creer que los trabajadores no pueden tener representación con derecho a voto en el directorio. Entonces, se ha asumido como inhabilidad que quienes mantengan un contrato con el canal tenga que ver con trabajadores o trabajadoras”.

“Pero cuando uno revisa el espíritu de la norma, y lee armónicamente el artículo que habla de inhabilidades, se refiere a contratos civiles o comerciales, no laborales de subordinación y dependencia”, reiteró.

La ministra Vallejo cerró precisan que la norma busca evitar “conflicto de interés respecto a giros de la empresa. Cuando habla del giro, habla del giro comercial. Ese es nuestro análisis jurídico, esa interpretación de la norma nos habilita a poder hacer esta nominación y así lo hemos consultado con distintos abogados y abogadas que lo acreditan”.

Luis Cordero: “La interpretación del gobierno, en mi opinión, es correcta”

Luis Cordero, profesor de derecho administrativo de la Universidad de Chile, respaldó la visión expuesta por Vallejo. “La interpretación del gobierno, en mi opinión, es la correcta”, aseguró.

Consultado por The Clinic, el abogado sostuvo que “la ley de TVN establece una cláusula bastante común en el sistema nacional y busca evitar conflicto de interés en la asignación de contratos. Por eso no es una regla aplicable a los contratos laborales».

El nombramiento de Rodrigo Cid en TVN deberá ser ratificado por mayoría absoluta del Senado. Si no consigue los votos, su designación será rechazada.

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