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Nacional

16 de Abril de 2022

ExPresidente Piñera fue sobreseído tras ser acusado por encubrir caso de corrupción en el Ejército

Agencia Uno

Por el caso también fueron sobreseídos tras ex ministros de Defensa, quienes fueron apuntados como cómplices.

Por The Clinic

El exPresidente Sebastián Piñera fue sobreseído de forma total y definitiva por la querella que había sido presentada en su contra por una presunta omisión de denuncia por un caso de supuesta corrupción en el Ejército.

De esta manera la Corte de Apelaciones de Santiago acogió la solicitud presentada por el Ministerio Público, instancia en la que además fueron sobreseídos tres ex ministros de Defensa, revocando la resolución del juez Daniel Urrutia.

Según detalló El Mercurio, la querella en cuestión corresponde a una que fue presentada en mayo de 2021 por el Capitán en retiro del Ejército, Rafael Harvey, en la que además apuntó al delito de falsificación de instrumento público.

Respecto a los exministros que fueron sobreseídos, se precisa que estos corresponden a Alberto Espina, Mario Desbordes y Baldo Prokurica, quienes fueron apuntados como cómplices y encubridores. Además, en la querella se acusaba al subsecretario de las Fuerzas Armadas, Alfonso Varas.

De acuerdo al citado medio, en la resolución de la Corte se señaló que “atendido que los hechos denunciados y que han sido materia de la presente indagatoria no tienen carácter de delito, la resolución apelada debe ser enmendada”.

Respecto a esto, argumentaron que “el análisis de la resolución impugnada por las defensas permite concluir que el tribunal de primer grado eludió analizar los diversos puntos puestos en su conocimiento mediante referencias vagas y carentes de sistema a cuerpos normativos en materia de corrupción”.

Asimismo, cuestionaron que en la decisión revocada se asilaron “únicamente en continuas alusiones al estándar de convicción que lo solicitado impone y a la protección que el ordenamiento jurídico debe a los denunciantes de conductas presuntamente infractoras de los deberes de probidad”.

Finalmente, determinaron que es “impertinente para los fines del presente proceso, afirmaciones que no permiten tener por satisfecho el deber de fundamentación de los decididos y que, además, priva de sustento a la decisión apelada”.

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