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10 de Mayo de 2022

Corte ratificó fallo que ordena a La Red a publicar rectificación sobre supuesto vínculo de Cristián de la Fuente con el caso “Relojes VIP”

Agencia Uno

El tribunal además advirtió que en caso de que no se cumpla con esta orden, el director del medio será sancionado con una multa.

Por The Clinic

La Corte de Apelaciones de Santiago finalmente ratificó la sentencia dictada en primera instancia que ordenaba a La Red a publicar una aclaración tras la denuncia de Cristián de la Fuente por un reportaje publicado por el canal de televisión.

Cabe recordar que en dicha publicación el actor fue vinculado al denominado caso “Relojes VIP“, afirmando que este habría comprado joyas robadas en medio de este escándalo que también involucró a Tonka Tomicic y su esposo Marco Antonio López Spagui, más conocido como Parived.

Tras esto, De la Fuente presentó una denuncia en contra de la estación televisiva acusándola de haber infringido la Ley de Prensa, la que había sido acogida el pasado 22 de marzo según anunció el propio actor en sus redes sociales.

Tras esto, desde La Red apelaron contra la denuncia presentada por Cristián de la Fuente. Sin embargo, este martes 10 de mayo la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó el fallo emitido por el 13° Juzgado de Garantía.

De esta manera, el canal de televisión deberá publicar el texto que el propio actor había solicitado para que se aclarara que él no tenía ninguna relación con el caso antes mencionado.

Según recogió BioBioChile, en el fallo se señaló que “se acoge, sin costas, la denuncia interpuesta en esta causa sólo en cuanto se ordena al medio de comunicación La Red publicar el texto de aclaración o rectificación suscrito por Cristián de La Fuente”.

Asimismo, se estableció que esta nota deberá ser publicada “dentro del plazo máximo de 10 días hábiles a contar de esta fecha”.

Finalmente, advirtieron que “en el evento que ejecutoriada esta sentencia no se cumpla con lo decretado por este tribunal, el Director del medio (Víctor Gutiérrez) aludido será sancionado con multa conforme a lo previsto en el artículo 28 inciso segundo de la Ley 19.733″.

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