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Nacional

14 de Junio de 2022

Revelan que principal sospechoso del crimen del cabo Florido Cisterna fue liberado solo seis meses antes del trágico incidente pese a advertencia de reincidencia

Agencia Uno

Asimismo se detalló que al sujeto había sido condenado por un robo con violencia e intimidación, tras lo cual postuló a la libertad condicional recibiendo un rechazo a dicho recurso en primera instancia.

Por The Clinic

Un nuevo antecedente surgió en medio de la investigación por el asesinato del cabo David Florido Cisterna, luego de que se revelara que el principal sospechoso de realizar el disparo que provocó la muerte del carabinero había sido dejado en libertad vigilada cerca de seis meses antes del trágico incidente registrado en Pedro Aguirre Cerda.

De acuerdo a la información publicada por La Tercera, el sujeto de 23 años identificado con las iniciales J.G.Q. había sido condenado en 2016 a cumplir una pena de ocho años de cárcel por un robo con violencia e intimidación, ingresando con solo 19 años a la cárcel.

Así, tras cumplir cinco años de la pena dictada en su contra, el citado medio detalló que el 24 de diciembre de 2021 la defensa del joven logró que la Corte de Apelaciones de Santiago acogiera un recurso que presentaron para revocar un decisión emitida por la Comisión de Libertad Condicional, que había negado un benefició a esta persona para salir de prisión.

En esta misma línea, se señala además que el sujeto ahora sospecho del crimen del cabo Florido Cisterna tras ingresado en primera instancia a la exPenitenciaría para cumplir su condena, protagonizó una riña con estoques al interior de este recinto.

Producto de esta situación es que fue trasladado hasta Colina I, donde afirman que logró alcanzar una “buena conducta” que le permitió optar al beneficio de libertad condicional. Sin embargo, dicha posibilidad fue rechazada por la comisión antes mencionada encargada de revisar estas solicitudes.

En los informes de dicha instancia se advertía así que “el postulante presenta un riesgo medio de reincidencia delictual”, por lo que se apuntaba a que “resulta necesario un mayor periodo de observación de los permisos de salida dominical y de fin de semana del cual goza el interno, a fin de evitar el riesgo de reincidencia”.

Ante esto, la defensa del sujeto recurrió a la Corte de Apelaciones, donde el caso fue revisado por la Novena Sala que en ese momento estaba integrada por la ministra (S) Andrea Díaz-Muñoz Bagolini y el abogado integrante Eduardo Jequier Lehuedé.

Fue en este contexto que el tribunal apuntó a que la Comisión de Libertad Condicional se había excedido en sus atribuciones, argumentando que los informes elaborados por Gendarmería sobre los reos debían ser usado para orientar una decisión y no para “formarse convicción” sobre el posible comportamiento que tendía a futuro un postulante.

Finalmente, se precisa que si bien los integrantes mencionados anteriormente acogieron el recurso, el fiscal judicial Jorge Norambuena lo rechazó afirmando que “ha existido un periodo de observación muy breve en el cumplimiento de los beneficios intrapenitenciarios, resultando entonces más adecuado fortalecer de forma paulatina su reingreso al medio libre”.

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