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Nacional

13 de Agosto de 2022

Multas, local de votación, voto obligatorio y más: lo que necesitas saber de cara al Plebiscito de salida del 4 de septiembre

papeleta plabiscito local de votación Agencia Uno

Aquí te explicamos los puntos clave que tienes que tener en cuenta a la hora de ir a votar en esta elección entre el "Apruebo" y "Rechazo" a la propuesta de nueva Constitución.

Por The Clinic

Cada vez falta menos para la importante jornada que se vivirá el domingo 4 de septiembre cuando se realice el Plebiscito de salida. Por ello, es necesario saber cuál será el local de votación en que cada ciudadano deberá sufragar o cuáles son las multas que arriesgan si no lo realizan, entre otras cosas.

En este sentido, te dejamos esta nota con todos los puntos claves que necesitas saber para que puedas votar sin mayores problemas en este proceso en que se definirá el futuro de la propuesta de nueva Constitución entre el “Apruebo” o el “Rechazo”.

¿Cómo saber el local de votación para el Plebiscito?

El Servicio Electoral (Servel) publicó en su sitio web los datos electorales de todos los ciudadanos habilitados para sufragar el 4 de septiembre.

De esta manera, ingresando en al sitio web consulta.servel.cl y solo con el RUT las personas podrán revisar cuál es su local de votación, la mesa en que deberán sufragar y si les corresponde ser vocal de mesa en el Plebiscito.

Cabe recordar que para esta elección se implementó un nuevo sistema de georreferenciación para determinar los centros en que deberá votar cada ciudadano. De esta manera, en la mayoría de los casos estos fueron cambiados a un local más cercano a su domicilio.

Votación en el Plebiscito de salida

Otro punto importante es que el voto será obligatorio para personas con domicilio electoral en Chile, según establece el artículo 142 de la Constitución Política.

Por otro lado, se detalla que para los ciudadanos residentes en el extranjero, el voto tendrá carácter de voluntario.

Respecto a los horarios para votar en el Plebiscito del 4 de septiembre, el Servel precisa que todas las mesas en cada local de votación funcionarán dicha jornada desde las 08:00 a las 18:00 horas.

Asimismo, recalcan que si a la hora de cierre aún hay personas en la fila, esta debe recibir los votos de quienes deseen hacerlo.

Sin embargo, precisan “ninguna Mesa podrá realizar la declaración de cierre pasadas las 24:00 horas, del día del Plebiscito”.

En tanto, sobre los documentos necesarios para votar, se detalla que solo serán aceptados la cédula de identidad o pasaporte. ¿Y si el documento está vencido? En este caso se podrán usar el carnet o pasaporte vencidos a contar del 1° de octubre de 2019.

Vocales de mesa

Como se mencionó anteriormente, las personas que fueron designadas vocales de mesa para el Plebiscito se pueden revisar en el sitio web del Servel.

Sobre las excusas para no ejercer esta obligación, estas “se deben presentar ante el Secretario de la Junta Electoral que lo designó Vocal de Mesa”.

Para ello, se debe invocar “alguna de las causales de inhabilidad contempladas en los Art. 45 y 49 de la Ley N° 18.700″.

Las excusas

  • Tener 60 o más años de edad. 
  • Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales. Además, quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM). 
  • Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación. 
  • Madre o padre de hijos menores de dos años. 
  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador. 
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva. 
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700. 
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico. 
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios. Esto deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

Multas que se arriesgan

Respecto a las multas que se arriesgan para quienes incumplan su deber cívico en el Plebiscito, se detallan las siguientes.

Al ser el voto obligatorio, quién no emita su sufragio puede llegar a ser sancionado con hasta 3 UTM. Esta cifra equivale a cerca de $180 mil y se debe pagar ante el respectivo Juzgado de Policía Local.

Las personas multadas además podrán excusarse ante dicho organismo una vez que sean citados. Para ello, podrán “acompañar antecedentes o comprobantes que acrediten la causa por la que no pudo sufragar”.

Dentro de estos, se incluyen “certificados médicos, pasajes, pasaporte constancias etc..”. Además, se explica que “este proceso se llevará a cabo después de realizado el Plebiscito Constitucional”.

Asimismo, los vocales de mesa que no lleguen a cumplir su deber se exponen a multas a beneficio municipal que van desde va desde 2 a 8 UTM.

Para otras dudas puedes consultar la página web que dispuso el Servel sobre el Plebiscito.

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