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25 de Febrero de 2024Útiles escolares: cuáles son los artículos que no pueden pedirte como parte de la lista obligatoria
No falta el establecimiento educacional que solicita en su lista de materiales artículos muy específicos que cuando uno los ve le surge la duda de si realmente está permitido que estén pidiéndoselos a los alumnos. A raíz de esta situación, el Ministerio de Educación indicó que es lo que se les autoriza y que se les prohíbe a estas instituciones.
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Con la llegada de marzo, gran parte de los chilenos comienza a realizar las compras relacionadas con la vuelta a clases. Tanto los uniformes son un punto relevante en las compras, tal como lo son los útiles escolares para el nuevo año.
Los artículos más comunes que los establecimientos educacionales piden son: cuadernos, lápices, libros según el curso, entre otros. Sin embargo, muchas veces existen dudas en los apoderados sobre si está regulado por el Ministerio de Educación (Mineduc) que se soliciten ciertos objetos.
No es extraño que haya registro de más de un colegio, escuela o liceo que pida algún artículo fuera de lo común o que no este en la lista de materiales oficial. Por esta razón, te dejamos a continuación una guía de lo que no pueden hacer o pedir los colegios, escuelas o liceos.
Cosas que los colegios, escuelas o liceos no te pueden pedir
Según la página del Mineduc, no está permitido que instituciones de educación básica y media soliciten:
- Artículos de aseo y/o materiales de oficina: Papel higiénico, jabón, alcohol gel, entre otros. Si obligan a los alumnos a llevar cualquier de estos objetos, constituye una vulneración a la normativa educacional. Es responsabilidad de la institución tener estos materiales.
- No se puede castigar a un estudiante por no contar con útiles escolares: No está permitido que a los alumnos se les prohíba el ingreso a clases, se les limite la permanencia o se les imponga algún tipo de sanción que pueda impedir su derecho a la educación.
- No se puede excluir de clases a los estudiantes por no contar con su uniforme escolar: No se puede castigar a los alumnos con la prohibición de entrar o permanecer en el establecimiento educacional. En caso de que se denuncie un caso de este estilo, la Superintendencia de Educación fiscalizará la institución.
- No se puede castigar a un estudiante que no cuente con algún texto escolar: No se le puede condicionar el ingreso o permanencia en el establecimiento educacional ni imponer algún tipo de restricción al pleno ejercicio del derecho a la educación.



