Ciudad
11 de Octubre de 2024Juzgado ordenó a Seremi de Desarrollo Social de Tarapacá indemnizar con 50 millones a funcionaria que denunció hostigamiento laboral
Una funcionaria de la repartición denunció que Cristian Jara, exseremi, tuvo prácticas de maltrato laboral, e invisibilizó y denostó a la denunciante ante los demás funcionarios de la repartición.
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Una funcionaria de la Seremi de Desarrollo Social de Tarapacá denunció ser víctima de hostigamiento laboral, por parte del exseremi, Cristian Jara Salvatierra.
Jara dejó su cargo a inicios de octubre, precisamente por denuncias de acoso en su contra.
Ahora, el Juzgado de Letras de Iquique condenó a la Seremi a pagarle una indemnización de $50.000.000 por concepto de daño moral. El Tribunal confirmó la denuncia de la funcionaria, y declaró que hubo maltrato, y la invisibilizó y denostó ante los demás funcionarios de la repartición.
“La demandante padeció de hostigamiento, por parte de Cristian Jara Salvatierra, superior jerárquico, SEREMI de la Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia de la Región de Tarapacá, quien la invisibilizó en sus funciones, denostándola y causando un daño a su integridad psíquica y física, así como a su honra, tanto respecto de su autoapreciación y valoración como respecto de la apreciación de ella, por parte de los demás funcionarios de la SEREMIA”, señala la resolución.
“Se acogerá la demanda por tutela derechos fundamentales debiendo declararse que la denunciada incurrió reiteradamente, durante la vigencia del vínculo laboral que une a las partes, en infracción a las garantías constitucionales. Específicamente, al derecho a la vida e integridad física y psíquica y a la honra de la actora, al haber sufrido doña de acoso laboral. Máxime, si la trabajadora se encontraba embarazada durante la ocurrencia de dichos hostigamientos”, confirma el fallo.
Junto con la indemnización, el Juzgado también ordenó a Jara a disculparse con la denunciante.
En particular la Seremia tiene que convocar a una reunión en la que se concrete el acto. “Extienda disculpas a la demandante por los sucesos ocurridos. Reunión que deberá materializarse dentro del plazo de 15 días hábiles. Contados desde la fecha en que la sentencia definitiva se encuentre ejecutoriada”, sostiene la resolución.