Secciones

The Clinic
Buscar
Entender es todo
cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad

Ciudad

18 de Octubre de 2024

Presentan denuncias contra Mall Espacio M, Mall Vivo Imperio y Mall Vivo Coquimbo por cobrar acceso a baños

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) presentará tres denuncias ante los respectivos Juzgados de Policía Local contra Mall Espacio M, Mall Vivo Imperio y Mall Vivo Coquimbo, centros comerciales que, a pesar de tener la obligación de disponer de baños gratuitos para sus clientes por tener restaurantes o locales de comida, condicionaban el acceso con prácticas muy restrictivas.

Por
Compartir

¿Te ha pasado que alguna vez hayas asistido a un centro comercial con patio de comidas, que cobre por el acceso a sus baños o exija la acreditación de una compra dentro del recinto para acceder de manera gratuita?

En rigor, esta práctica no se debiese dar, considerando que todos los lugares donde se expenden alimentos para consumo en el mismo establecimiento, deben contar con servicios higiénicos gratuitos para el uso del público, incluidos los malls.

Por esta razón, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) realizó una serie de fiscalizaciones para constatar las condiciones de acceso en estos centro comerciales que contaban con patios de comida o restaurantes, y que, por lo mismo, debían garantizar el uso gratuito de baños en estos establecimientos.

Principales hallazgos

Justamente, el principal hallazgo de estas acciones tiene relación con la existencia de una serie de prácticas irregulares al momento de dar acceso a los servicios higiénicos.

Debido a lo anterior, el Sernac presentará tres denuncias ante los respectivos Juzgados de Policía Local, contra Mall Espacio M, Mall Vivo Imperio y Mall Vivo Coquimbo, centros comerciales que, a pesar de tener la obligación de disponer de baños gratuitos para sus clientes por tener restaurantes o locales de comida, condicionaban el acceso con prácticas muy restrictivas.

Entre las infracciones constatadas se encontraron situaciones como, por ejemplo, limitar el acceso por un tiempo determinado desde que pagó el consumo, exigir un monto mínimo de boleta, e incluso, restringir el ingreso de un número determinado de personas por boleta o veces por persona que se accede al baño.

Espacio M

De acuerdo al Servicio, en Espacio M se constató que este centro comercial limitaba a un máximo de una hora emitida la boleta para el acceso al baño. Esto, supone que una persona que consumió luego de haber pagado, por ejemplo, en un local de comida rápida, tenga máximo de una hora para ir al baño, limitando su derecho a acceso gratuito al baño.

Por otra parte, en este mall existieron reclamos de consumidores que hablaban de retención de boletas para acceder al baño, sin embargo, no se pudo corroborar si esto sucedió por un tiempo determinado como política de la empresa o fue disposición individual arbitraria de quienes atendían los baños.

Vivo Imperio

Este centro comercial, según relatan consumidores, restringe el acceso a un tipo de compra en los restaurantes y locales de comida que existen en sus dependencias. Así, por ejemplo, uno de los reclamos apunta a que, al adquirir líquidos en una reconocida heladería, se le negó el acceso al baño por considerarse un “líquido” y no un “alimento sólido”.

Vivo Coquimbo

Este caso es el que concentra la mayor cantidad de reclamos por parte de consumidores. Acá se pudo constatar que se exigía un consumo mínimo y sólo se asociaban límites de acceso, por ejemplo, una boleta de $20.000 sólo daba derecho al acceso a 5 personas máximo.

Para el director nacional del Sernac, Andrés Herrera, el tema del acceso a los baños a consumidores “debe contar con los mecanismos más eficientes posibles para quienes, siendo clientes de los centros comerciales que cuenten con lugares para consumir alimentos dentro del mismo, puedan disponer de manera gratuita, oportuna y expedita en momentos que requieran acceder a los baños”, señaló.

La autoridad enfatizó que lo anterior “supone además que se entienda que una persona pueda acceder las veces que requiera ir al baño y a su vez quienes lo acompañan, sin restricciones que puedan plantear algún tipo de menoscabo a la dignidad de las personas que confían comprando en estos centros”.

Es importante mencionar que la normativa vigente establece que los lugares donde se expenden alimentos para su consumo en el mismo establecimiento, deben contar con servicios higiénicos gratuitos para uso de las y los consumidores. Estos deberán contar con papel tissue en cantidades necesarias para la utilización de las y los clientes, dispositivos de jabón líquido para el lavado de manos, entre otras cosas.

Finalmente cabe señalar que la gran mayoría de los centros comerciales y malls en Chile no ponen ningún tipo de restricción en el acceso a los baños, mejorando así la experiencia de compra de sus clientes.

Comentarios

Notas relacionadas