
Ciudad
10 de Febrero de 2025Mujer deberá devolver departamento que consiguió con subsidio por no vivir en él durante 5 años
El máximo tribunal rechazó el recurso "por estar mal formulado".
Compartir
La Corte Suprema rechazó un recurso de casación contra un fallo que obliga a una mujer a devolver el departamento que consiguió en Antofagasta tras ser beneficiada con un subsidio habitacional, debido a que no vivió en él durante 5 años, como está reglamentado.
Según detalla el fallo unánime de la Primera Sala del máximo tribunal, la instancia declaró inadmisible “por estar mal formulado” un recurso de casación en el fondo interpuesto por la mujer, en contra de la sentencia que acogió una demanda de reivindicación de vivienda presentada por el Servicio de Vivienda y Urbanismo de Arica y Parinacota. Dicha sentencia ordenó a la recurrente la restitución del departamento.
En su recurso, la mujer incluyó en su argumentación que ese fallo infringió el artículo 61 del Decreto Supremo N°49 de 2011 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, según la cual debería restituírsele el monto del subsidio recibido para el departamento.
Sin embargo, la Corte Suprema sostuvo que corresponde también a la parte que presenta el recurso de casación “señalar en el respectivo escrito, de manera circunstanciada, el modo en que el o los errores de derecho que denuncia han influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia que trata de invalidar”, lo cual no se cumplió.
Por ello, “al enfrentar lo expuesto precedentemente con el recurso de casación en el fondo en estudio, se concluye indefectiblemente que carece de los requerimientos legales exigibles para su interposición, pues del examen del libelo se constata que el recurrente no explica la forma en que se habría verificado la infracción que reclama sino que se limita a señalar que se infringió el artículo 61 del Decreto Supremo N°49 de 2011, por falta de aplicación de la norma, puesto que ante el incumplimiento lo que procedía era demandar la restitución del subsidio recibido y no la acción reivindicatoria”.