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29 de Abril de 2025

Calendario de restricción vehicular 2025: revisa desde cuándo empieza a regir, horarios, multas y qué vehículos se ven afectados

La Delegación Presidencial, junto al Ministerio de Medio Ambiente y el Ministerio de Transporte, publicaron el calendario de restricción vehicular para este 2025. Comenzará a regir el 2 de mayo y durará hasta el 31 de agosto. El horario será de 7:30 a 21:00 horas, y se aplicará en toda la provincia de Santiago, más las comunas de San Bernardo y Puente Alto.

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La Delegación Presidencial, junto al Ministerio de Medio Ambiente y el Ministerio de Transporte, anunciaron el calendario de restricción vehicular para este 2025. La medida forma parte del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) y su objetivo es disminuir los niveles de contaminación en la capital por los próximos cuatro meses.

La restricción corresponde a automóviles, station wagons y similares con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre de 2011 y a las motos inscritas hasta el año 2010. El calendario según el último dígito es el siguiente:

  • Lunes:  6-7
  • Martes: 8-9
  • Miércoles: 0-1
  • Jueves: 2-3
  • Viernes: 4-5

En tanto, para los automóviles, station wagons y similares sin sello verde, tendrán prohibición de circular dentro del anillo de Américo Vespucio, cualquiera sea el último dígito. El calendario según el último dígito es el siguiente:

  • Lunes:  2-3-4-5
  • Martes: 6-7-8-9
  • Miércoles: 0-1-2-3
  • Jueves: 4-5-6-7
  • Viernes: 8-9-0-1

¿Cuándo comenzará a regir la restricción vehicular?

La restricción vehicular entrará en vigor el viernes 2 de mayo, porque el primer día del mes es feriado irrenunciable. La medida regirá de lunes a viernes entre 7:30 y 21:00 horas en la provincia de Santiago, más las comunas de Puente Alto y San Bernardo. Las limitaciones para circular durarán hasta el 31 de agosto.

El cumplimiento de esta normativa será fiscalizado por personal de Carabineros, inspectores municipales y personal fiscalizador del Ministerio de Transportes. Quienes incumplan con la restricción vehicular, se exponen a multas que van de 1 a 1,5 UTM, es decir, desde $68.648 a $102.972.

Los automóviles con restricción son los siguientes:

  • Automóviles y station wagons sin sello verde.
  • Motocicletas anteriores a 2002 sin sello verde.
  • Buses privados, interurbanos y rurales sin sello verde.
  • Vehículos de carga que no cuenten con este distintivo.
  • Vehículos con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre de 2011.
  • Motocicletas con sello verde inscritas antes del 1 de septiembre de 2010

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