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8 de Septiembre de 2025

Corte de Apelaciones ordena a Cencosud pagar millonaria indemnización por golpiza de guardias a cliente de uno de sus supermercados en Santiago

La Corte de Apelaciones de Santiago revocó un fallo anterior y ordenó a Cencosud pagar $10 millones por daño moral a un hombre golpeado por dos guardias de seguridad en un Supermercado Santa Isabel. La agresión ocurrió en 2017 y dejó secuelas físicas y psicológicas graves en la víctima.

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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió una demanda contra Cencosud presentada por un hombre agredido por dos guardias de seguridad del Supermercado Santa Isabel, en la comuna de Santiago. La empresa deberá pagarle $10 millones por concepto de daño moral.

El 17 de octubre de 2017, mientras ayudaba a su señora en su local de bisutería, el hombre ingresó al Supermercado Santa Isabel y fue golpeado dos guardias de seguridad. De acuerdo con el fallo, ambos “lo arrojaron al suelo y le propinaron golpes de pies y puños en diferentes partes del cuerpo, además de golpearlo con un objeto contundente similar a un bastón, tras lo cual se retiraron y se ocultaron al interior de las dependencias del supermercado, dejando al demandante en el suelo y con una fractura en su pierna izquierda, que le impedía incorporarse”.

Tras la llegada de Carabineros, los guardias de seguridad fueron detenidos por el delito de flagrante de lesiones. En agosto de 2018, el Ministerio Público formuló una acusación y una sanción condenatoria contra ambos por el delito de lesiones graves.

El demandante pidió una indemnización de $50 millones

El recurrente destaca que la agresión ocurrió mientras trabajaban como guardias de seguridad para la empresa, en el Supermercado Santa Isabel de la comuna de Santiago.

Como consecuencia, el demandante sufrió lesiones graves, entre ellas una fractura en la tibia de su pierna izquierda, traumatismo encefalocraneano y moretones en sus brazos y piernas. El hombre permaneció hospitalizado tres días y tuvo un periodo de recuperación de seis meses, más un mes y medio de kinesiología.

De acuerdo con el recurrente, la golpiza afectó su patrimonio, integridad y salud, lo que provocó un daño emergente de $546.000. Dicho monto se desglosa en exámenes médicos, transporte para controles y terapia kinesiológica, y servicios de asistencia en su hogar. Sostuvo que la agresión le provocó un daño moral significativo, con secuelas físicas y psicológicas que alteraron su vida laboral, por lo que solicitó una indemnización de $50 millones.

Por su parte, desde Cencosud sostuvieron que los guardias de seguridad no eran dependientes suyos, sino de SIT Seguridad Integral y Tecnológica. Por esto, la empresa aseguró que no puede responder civilmente por la golpiza. Señalaron que, al ser un tercero ajeno a la relación laboral, no corresponde atribuir responsabilidad a Cencosud ni al supermercado, pues los guardias actuaron fuera de sus funciones y de forma imposible de prever o impedir.

El fallo de la Corte

El 10° Juzgado Civil de Santiago acogió parcialmente la demanda y declaró la responsabilidad de Cencosud, pero sin pagar la indemnización, ya que el demandante no presentó pruebas suficientes para acreditar el daño moral y emergente.

Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Santiago revocó la sentencia del Juzgado y ordenó el pago de $10 millones por concepto de daño moral. El Tribunal consideró que había pruebas suficientes para demostrar que la agresión fue muy grave y humillante.

Respecto a qué empresa se debía dirigir la demanda, la Corte de Santiago sostuvo que “es un hecho inconcuso que los hechos ocurrieron en la sala de ventas del supermercado demandado, y que ambos guardias prestaban servicios precisamente para la seguridad de dicho local, que en ese contexto y no en otro se encontraban el día de los hechos en aquel lugar y que fue allí donde golpearon al actor causándole las lesiones graves”.

Los guardias ya habían cometido hechos similares, lo que llevó a la Corte de Santiago a concluir que Cencosud tenía antecedentes previos de su conducta violenta y disruptiva.

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