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13 de Octubre de 2025

La millonaria multa contra Canal 13 por programa de Pamela Díaz: conversaron sobre rituales de “amarres” con “fluídos biológicos” en horario de protección a menores

El programa conducido por Pamela Díaz y Nacho Gutiérrez "Hay que decirlo" fue multado con 80 UTM, equivalente a más de cinco millones de pesos, por transmisión en la que hablaron sobre rituales de "amarres" usando "fluidos biológicos para su realización". La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la multa impuesta por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) por emitir los contenidos en horario de protección al menor.

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La Corte de Apelaciones de Santiago condenó al programa de Canal 13 “Hay que decirlo” a pagar una multa de 80 UTM, equivalente a más de cinco millones de pesos, por exhibir contenido inapropiado para niños y adolescentes durante el horario de protección. “Hay que decirlo” se transmite de lunes a viernes entre las 16:30 y las 19:15 horas. El canal había apelado a la justicia para poder disminuir la multa impuesta por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV), sin embargo, la petición fue rechazada por el máximo tribunal.

La sanción se da luego de un capítulo emitido en septiembre de 2024. Durante el programa conducido por Pamela Díaz y Nacho Gutiérrez hablaron sobre los “amarres”, junto a su invitada, la médium Vanessa Daroch. Estos son rituales esotéricos que se realizan para reforzar las relaciones amorosas, buscando influir en los sentimientos de otra persona. La conversación incluyó “la mención a fluidos biológicos para su realización”, se lee en el fallo.

La defensa del canal afirmó que, durante la conversación, se advirtió sobre los peligros de realizar este tipo de rituales. “Tanto el panel del programa como su conductor y la invitada ese día advirtieron durante la emisión sobre lo perjudicial y peligroso de la realización de este tipo de rituales, abordando en sus comentarios diversos aspectos relevantes, entre ellos el amor propio y la autoestima, razón por la cual en ningún momento se incentivó la realización de la conducta relatada en el programa”, señala el fallo.

Canal 13 argumenta que la conversación de este ritual en el programa “incluyó explícitas advertencias sobre los riesgos y lo inapropiado de estas prácticas, lo que demuestra que no existió afectación a la formación espiritual e intelectual de los menores”, agrega el fallo.

La resolución de la justicia: el contenido “podría dañar seriamente la salud y desarrollo físico y mental de los menores de edad”

La Corte acogió la multa del CNTV, rechazando el recurso de apelación del canal, que reclamaba una desproporción en el monto de la sanción. El máximo tribunal consideró que el contenido del programa podría haber afectado a menores.

“La multa impuesta se encuentra dentro del marco legal (…) la conducta sancionada consistió en la emisión, en horario de protección, de contenido audiovisual que podría dañar seriamente la salud y desarrollo físico y mental de los menores de edad, pudiendo con ello incidir negativamente en el proceso formativo de su espíritu e intelecto, lo que constituye una afectación al principio del interés superior de niños, niñas y adolescentes y a la finalidad protectora de dicho horario”, sentencia el fallo.

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