Tiempo Libre
21 de Octubre de 2025Nuevo round judicial entre Chileactores y Cineplanet: la corporación exige elevar la multa y la cadena busca revertir el fallo en su contra
La corporación que vela por los derechos de intérpretes y artistas audiovisuales, y la cadena de cines, presentaron sus respectivas apelaciones al fallo de primera instancia que dio la razón a Chileactores. Así, el enfrentamiento judicial por el uso del repertorio protegido y la aplicación de la Ley de Propiedad Intelectual seguirá desarrollándose en la Corte de Apelaciones.
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En abril de 2023, Chileactores ingresó una demanda en el 4º Juzgado Civil de Santiago en contra de Cineplanet, acusando a la empresa de haber utilizado durante años el repertorio de obras audiovisuales que representa la corporación, sin pagar las tarifas establecidas en la Ley de Propiedad Intelectual.
El tribunal acogió la demanda interpuesta por Chileactores y ordenó a la sociedad que administra Cineplanet pagar una multa de 10 UTM ($692.650) y abonar 2.240 UF ($88.584.630) por concepto de remuneración por la exhibición no autorizada de obras audiovisuales pertenecientes al repertorio de la demandante.
El juez Luis Eduardo Quezada concluyó que Cineplanet efectivamente ha efectuado “actos de comunicación pública en sus salas de cine de obras audiovisuales que forman parte del repertorio de la demandante, sin su autorización o acuerdo previo”.
De esta forma, Cineplanet deberá pagar la tarifa correspondiente, establecida en la publicación de tarifas generales de la entidad de gestión colectiva Chileactores. Según su última modificación, del 14 de enero de 2021, las tarifas aplicables a las salas de exhibición cinematográfica equivalen al 2% de los ingresos netos de taquilla para el período anterior a esa fecha, y al 3,6% de los ingresos por concepto de venta de entradas a partir de entonces.
El tribunal ordenó que el pago por el uso de las obras se efectuara solo respecto del período comprendido entre los cuatro años anteriores a la notificación de la demanda y la fecha en que esta fue practicada, es decir, entre el 13 de junio de 2019 y el 13 de junio de 2023.
En definitiva, se acreditó que Cineplanet infringió la Ley de Propiedad Intelectual al exhibir en sus salas obras audiovisuales pertenecientes al repertorio de Chileactores.
Chileactores pide anular el fallo
A pesar de que el tribunal le dio la razón a Chileactores, en la corporación no quedaron conformes con el fallo e ingresaron una apelación para anular la sentencia, ya que consideran que el monto adeudado por Cineplanet no fue el correcto.
Según el escrito presentado en septiembre de 2025, Chileactores sostiene que solicitó diligentemente a la demandada la exhibición de los documentos que acreditan sus ingresos por concepto de venta de entradas, en tiempo y forma.
Sin embargo, señalan que la sentencia fue dictada sin que se efectuara la exhibición de los documentos solicitados oportunamente por la corporación.
En ese sentido, Chileactores argumenta que los montos se habrían determinado correctamente si se hubiera tenido acceso a los ingresos efectivos de Cineplanet por concepto de venta de entradas, sin necesidad de realizar una estimación basada en pagos efectuados en el marco de una transacción celebrada hace casi diez años.
Cineplanet también apela
Por su parte, la cadena Cineplanet también presentó una apelación para que se anule la sentencia y se rechace en su totalidad, acusando falta de pruebas y aplicación incorrecta de tarifas, determinando que no hay una infracción comprobada ni deuda acreditada.
Dentro de los argumentos de Cineplanet para solicitar el rechazo de la sentencia, la empresa acusa que la legitimación de Chileactores para representar a intérpretes extranjeros —ya que la entidad también recauda por otros países— invoca indebidamente el Tratado de Beijing, el cual solo se aplica desde 2020 y a países firmantes, que según la empresa serían únicamente Perú y Ecuador.
Además, sostienen que la sentencia carece de fundamentos, ya que no existe prueba alguna que acredite el uso del repertorio, y aun así el juez condenó a la compañía.
Cineplanet también cuestiona el uso de una transacción de 2018 como base para fijar las tarifas del período 2019-2023, pese a que se trata de un acuerdo anterior y referido a otro contexto.
Finalmente, la empresa alega errores de cálculo, afirmando que el monto condenado (2.240 UF) se basó en proyecciones sin respaldo pericial, aplicando tarifas ajenas al período y reconociendo que no existía prueba suficiente para determinar la cifra establecida.



