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Nacional

18 de Febrero de 2015

Adopciones ilegales: La justicia determina la “participación directa” del cura Joannon pero sobresee el caso

Si bien el juez Mario Carroza determinó que se configuraron los delitos de suposición de parto y usurpación del estado civil, y de falsificación de documentos públicos y privados, por el tiempo trascurrido la causa ha prescrito.

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El ministro en visita Mario Carroza comunicó que sobreseyó al sacerdote Gerardo Joannon de la causa en que se le investigaba por adopciones ilegales, debido al tiempo trascurrido desde que sucedieron los hechos (entre 1975 y 1983).

Si bien se estableció la “participación directa” del sacerdote en los delitos de suposición de parto y usurpación del estado civil, y de falsificación de documentos públicos y privados, el magistrado determinó que no se puede aplicar sanción dado que la causa ha prescrito.

“Si los hechos acreditados fueron ejecutados en los años 1975 y 1983, y los delitos que ellos configuran se encuentran sancionados con penas de simples delitos, ha de concluirse que la acción penal en ambos casos se encuentra prescrita, conforme a lo que disponen los artículos 94 y 95 del Código Penal, y por ende, también la responsabilidad penal que pudiere corresponderle a Gerardo Joannon Rivera, se extinguiría de acuerdo a lo que establece el artículo 93 del mismo cuerpo legal”, señala el fallo.

En el proceso canónicoo, la Iglesia Católica había resuelto que las acusaciones contra Joannon “no configuran delito canónico imputable”, aunque su congregación, los Sagrados Corazones, también había reconocido que “participó activamente” en dos casos de adopciones irregulares, y que mantiene, desde esa época, una relación “impropia” con la madre de una de las guagas entregadas.

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