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Nacional

17 de Marzo de 2015

Cómo es el proyecto que sanciona el acoso callejero y por qué nadie irá a la cárcel por “piropear”

De este modo, la “Ley de Respeto Callejero”, en primera instancia, es una herramienta para las víctimas, sean éstas hombres o mujeres. En segundo término, como ya decíamos, establece sanciones. No es meta de OCAC Chile encarcelar y criminalizar a quienes cometen acoso callejero. Al contrario, creemos en el poder de la sensibilización y de la educación, por eso, hemos propuesto medidas alternativas. Las multas y la pena privativa podrán sustituirse por asistir a, mínimo, cinco sesiones de sensibilización sobre acoso callejero o, en el caso de falta por acoso verbal o no verbal (comentarios sexuales, abordajes intimidantes), la multa podrá ser reemplazada por disculpas públicas.

Observatorio contra el Acoso Callejero Chile
Observatorio contra el Acoso Callejero Chile
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CAMPAÑA ACOSO CALLEJERO A1

Vamos a partir con la verdad: nadie irá a la cárcel por decir “piropos” en el espacio público. Ese temor es sólo un mito. El proyecto de ley que sanciona el acoso sexual callejero, que esta semana fue presentado por OCAC Chile en el Congreso, es mucho más amable y astuto que eso.

Primero, la idea de legislar se basa en una cuestión social grave, que hemos denunciado desde 2013 y que este año, gracias a nuestro segundo estudio, fue validada por la ciudadanía. En el último año, tres de cada cuatro personas ha sufrido acoso callejero, afectando especialmente a mujeres jóvenes. Asimismo, las víctimas y los testigos de acoso no son indiferentes: más del 90% opina que es necesario sancionar estas agresiones. El problema existe y es innegable.

Como respuesta, en OCAC Chile elaboramos el proyecto “Ley de Respeto Callejero”, que incorpora a la legislación chilena toda manifestación de acoso callejero, desde la más leve hasta la más grave, porque consideramos esta forma de violencia en su globalidad y proponemos que la normativa también lo haga. Sin embargo, entendemos que no es igual recibir un comentario sexual al oído, que sentir genitales ajenos en medio de un tumulto. El proyecto se hace cargo de esa diferencia y propone tipificar faltas y delitos.

Todo contacto corporal, de connotación sexual y no consentido, como “punteos” o “agarrones”, será considerado delito. El acoso callejero sin contacto físico, como frases sexuales, toma de fotografías, masturbación o persecución, será falta. En el proyecto, proponemos, como máximo, multas de 20 UTM para las faltas y de 540 días de presidio para los delitos. Pero, honestamente, esperamos que dichas sanciones no sean aplicadas.

Qué queremos decir. El objetivo esencial de tipificar faltas no es repartir multas a destajo por cada comentario sexual que ocurra en el espacio público, sino empoderar a las víctimas, quienes necesitan acogida luego de sufrir una agresión. Hemos leído decenas de testimonios en los que las personas lo único que buscan tras un episodio traumático es que la autoridad las considere y levantar una alerta para prevenir futuros ataques.

En la actualidad, si una persona acude a Fiscalía, PDI o Carabineros para denunciar acoso callejero leve, no encuentra acogida, ya que las policías no pueden iniciar procesos por faltas que no existen. De todos modos, algunos funcionarios bien intencionados inscriben las agresiones bajo otras tipificaciones. El problema: las denuncias de acoso callejero se pierden en cifras negras, dificultando la creación de políticas públicas que traten el asunto.

Este vacío legal es alarmante cuando ocurre acoso callejero grave. Un caso: ¿qué pasa si una adolescente quiere denunciar que una persona mayor tocó sus pechos sin su consentimiento? Nada, hoy no pasa nada, porque la legislación chilena exige que haya contacto genital, anal o bucal para constituir el delito de abuso sexual. En consecuencia, las víctimas que sufren agresiones como “punteos” o “manoseos” quedan desamparadas. Así, el proyecto de OCAC Chile crea el delito de acoso callejero en el Código Penal, que corresponde a agresiones sexuales lesivas, que hasta ahora eran inexistentes para la legislación.

De este modo, la “Ley de Respeto Callejero”, en primera instancia, es una herramienta para las víctimas, sean éstas hombres o mujeres. En segundo término, como ya decíamos, establece sanciones. No es meta de OCAC Chile encarcelar y criminalizar a quienes cometen acoso callejero. Al contrario, creemos en el poder de la sensibilización y de la educación, por eso, hemos propuesto medidas alternativas. Las multas y la pena privativa podrán sustituirse por asistir a, mínimo, cinco sesiones de sensibilización sobre acoso callejero o, en el caso de falta por acoso verbal o no verbal (comentarios sexuales, abordajes intimidantes), la multa podrá ser reemplazada por disculpas públicas.

Con todas estas alternativas, apelamos a que el presidio sea la última opción, que se aplique solamente cuando exista reincidencia o cuando la agresión vulnere los derechos de los grupos que tienen más dificultades para defenderse, como niños, niñas o embarazadas.

La cárcel no sólo priva a las personas de su libertad, sino que segrega e impide vivir en diversidad. Las medidas alternativas de este proyecto apuntan precisamente a eso, al cambio cultural a partir del reconocimiento del otro u otra. Por eso las disculpas públicas, por eso la educación. No pretendemos que la gente deje de acosar por miedo, sino que a través del aprendizaje comprenda que sus actos son dañinos y atentan contra los derechos de los demás.

Por último, para que la transición desde el acoso callejero al respeto callejero sea completamente sana, en paralelo hemos entregado al Ejecutivo un conjunto de recomendaciones para impulsar políticas públicas educativas y preventivas. Por ejemplo, sugerimos capacitar a Carabineros y PDI sobre acoso callejero, ya que serán estas policías las que realicen las futuras denuncias. O, también, sensibilizar a conductores de transporte público, para que sepan cómo actuar ante una situación de acoso.

De ser aprobado, este proyecto sería un tremendo primer paso, uno imprescindible, para avanzar hacia espacios públicos seguros, donde se respete y se resguarde la libertad sexual no sólo de las mujeres, adolescentes y niñas, sino de toda la ciudadanía. Ésa es la voluntad de OCAC Chile y ése es el espíritu que impulsa esta propuesta de ley.

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