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Opinión

18 de Octubre de 2018

Defensa de condenados en caso Luchsinger Mackay: “La investigación del Ministerio Público, desde nuestro punto de vista, fue muy desprolija”

En entrevista con The Clinic, el abogado jefe de la Unidad de Corte de la Defensoría Penal Pública, Claudio Fierro, analiza el fallo de la Corte Suprema que condenó a tres comuneros mapuche por incendio con resultado de muerte y que eliminó el carácter terrorista del delito. A poco más de una semana de esta resolución, Fierro lamenta que el máximo tribunal no haya acogido todas las causales de nulidad, principalmente la eventual infracción de garantías en la obtención del testimonio de José Peralino, y critica que el fallo se haya filtrado a través de El Mercurio antes de su lectura oficial.

Benjamín Miranda
Benjamín Miranda
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Claudio Fierro (crédito: Defensoría Penal Pública)

Ustedes iban por la nulidad del juicio pero finalmente la Corte “sólo” eliminó el carácter terrorista del delito. ¿Con qué sabor quedaste?
-Fue una decepción. Independiente de que hayamos conocido el fallo a través de la prensa, una vez más, por la filtración en El Mercurio, quedamos con una sensación muy amarga. Abrigábamos una pequeña esperanza de que lo que se dio a conocer por el diario era una filtración equivocada, que no estaba amarrado este fallo y que el día de la lectura nos íbamos a encontrar con la nulidad del juicio; que se iban a excluir todas las pruebas que, según nuestra denuncia, se obtuvieron con infracción de garantías y apremios ilegítimos a José Peralino. Cabe consignar que en base a esa confesión se abre la investigación y se determinan las responsabilidades.

¿Qué lectura haces de la filtración del fallo a través de El Mercurio, una semana y media antes de que se pronunciara la propia Corte?
-Estas filtraciones ya son habituales en la Corte Suprema, lamentablemente, pero no quita ni pone nada. O sea, era el acuerdo que habían tomado los ministros, quienes tienen la suficiente independencia para no dejarse arrastrar por estas filtraciones y modificar su fallo después. Esta filtración altera las reglas del juego, se salta los canales normales de información, pero más allá de eso, nada.

¿No crees que genera presión a los ministros de la Sala?
-La verdad, no. De haber sido así, habrían endurecido su determinación, se habría acercado más a las pretensiones de las defensas. De todas formas, que ocurra esto con el máximo tribunal de la República es muy complejo, porque en definitiva uno espera seriedad y un normal desenvolvimiento de la Corte Suprema, que se respeten las fechas y los conductos regulares. Entonces, ciertamente, alguien desde adentro filtra este fallo, no sabemos quién fue y tampoco si hay una investigación al respecto. Aun así, la defensa de los condenados creíamos que llegaría el día de la lectura del fallo y el ministro (Jorge) Dahm iba a señalar que se recogía la primera causal, que era la infracción de garantías, y que por tanto se anularía este segundo juicio.

¿Por qué crees que no se tomó en cuenta esa causal?
-Desconocemos los motivos. Probablemente los jueces entendieron que nuestras alegaciones no eran suficientes, a pesar de que nosotros entendíamos que sí, que eran macizas y respaldadas. Era sintomático que en un segundo juicio fueran condenadas solamente tres personas, que la ONU a través del Comité Contra la Tortura dijera y estableciera una preocupación particular por este caso, específicamente por la declaración que se le tomó a José Peralino, que también lo dijera Amnistía Internacional, una connotada y reconocida institución de derechos humanos. Creíamos que no estábamos solos en esta discusión, pero bueno, la Corte acogió parcialmente este recurso de nulidad y se quedó con una petición subsidiaria nuestra, porque entendíamos que esto no calificaba como terrorismo. Entendemos el sabor amargo de nuestros representados, de dos personas que son condenadas a 18 años, que dicen no haber participado en los hechos. Cuesta entender que ocho personas hayan sido absueltas y sólo tres condenadas, cuando supuestamente todas participaron en la misma reunión y en los mismos hechos.

¿Qué hace de este un caso emblemático?
-Para poner las cosas en su exacta dimensión, primero, que fue un delito extremadamente grave, con una altísima relevancia jurídica y social, en una región muy convulsionada, con serios problemas sociales, culturales y económicos. Además, trajo aparejado una intervención permanente de los tribunales de justicia, pues se demoraron poco en condenar a una persona que nunca prestó declaración, que es Celestino Córdova, y se demoraron mucho en condenar a tres personas que eventualmente habrían participado en estos hechos. En este sentido, siempre fue muy controvertida la prueba y la investigación que desarrolló el Ministerio Público, que desde nuestro punto de vista, fue muy desprolija. Desde la perspectiva judicial, a riesgo de ser majadero, es importante tener en cuenta que en un primer juicio se absolvió a todos, y luego se condenó con las mismas pruebas. Quizás, la vista de un simple ciudadano, este es un fallo salomónico, pero a la luz de la realidad, nadie quedó contento: algunos se preguntan qué es terrorismo si esto no calificó como tal; la gente que ha participado en de la defensas señalamos que es un fallo absolutamente insuficiente para toda la maciza evidencia que presentamos a nuestro favor; otro, asociados al activismo mapuche, han señalado que es una muestra más de la reacción del Estado de Chile a la nación mapuche. En definitiva, es un caso que cuesta asimilar, yo creo que a futuro será analizado como histórico.

Además, fue un caso que estuvo en boga por cinco años y que involucró activamente a sectores influyentes de la sociedad. ¿Crees que existieron presiones políticas durante la investigación, o al momento de tomar la resolución?
-No lo creo. En el primer juicio no se evidenció ningún tipo de presión política y pudieron resolver de forma imparcial. Al menos es la impresión que tengo yo. En el segundo juicio fueron condenadas tres personas -erróneamente a nuestro parecer- pero hay ocho absueltos, y la Corte Suprema recogió parcialmente este recurso de nulidad. Entonces, no creo que haya habido presiones políticas. Algunos creen que sí, e intentan adivinar de dónde vinieron, pero desde la Defensoría Pública trabajamos abstraídos de estas discusiones. Son argumentaciones bastante exógenas al proceso penal mismo y a nuestro trabajo, sin perder de vista el impacto social que puede tener nuestro trabajo y los fallos.

Dentro de las reacciones que produjo el fallo, el ministro del Interior, Andrés Chadwick, dijo que “quedó claro que los condenados eran responsables”, que le hubiese gustado una pena mayor y que el delito sí fue un acto terrorista.
-Sí, pero el ministro del Interior lo dice a título de parte intermediante, porque le Ministerio del Interior es parte querellante, entonces tiene todo el derecho de formar una opinión, que si bien no compartimos, es legítima, parte de las reglas del juego. Lo que diga él está dentro de los derechos que le competen.

¿Lo mismo con el exministro Jorge Burgos?
-Así es. Insisto, nosotros nos movemos por principios jurídicos y constitucionales, asociados a estándares internacionales de derechos humanos, que permanentemente han cuestionado la Ley Antiterrorista chilena y que sienta las bases para entender qué es terrorismo y que no. Hay un precisión del ministro (Carlos) Kunsemüller, que viene a profundizar y fundamentar por qué no es terrorismo, que es un hecho violento, pero que no califica para la figura especial de terrorismo.

El entorno de los condenados ha mencionado que planea llevar el caso a la Corte Interamericana, ya que agotó todas las instancias en el sistema judicial chileno. ¿Crees que es una buena medida?
-La Defensoría Penal Pública, si bien participa en organizaciones interamericanas de defensores, donde pueden litigar en el contexto latinoamericano, por un tema de reglamentación interna no puede litigar contra el propio Estado chileno. Por lo tanto, es una decisión que van a tener que tomar los condenados, si consideran que el Estado ha atropellado sus derechos esenciales dentro de un debido proceso judicial. Si lo estiman pertinente, tienen todo el derecho de acudir, primero, a la Comisión Interamericana, quien si entiende que existe el mérito suficiente, pasará los antecedentes a la Corte Interamericana para que las partes contra el Estado de Chile puedan exponer sus antecedentes, y allí se tomará la decisión de si se condena o no a Chile, como ha sucedido anteriormente.

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