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Opinión

3 de Septiembre de 2012

El “Caso Bombas” Mapuche

Hace unos días el Tribunal Oral de Angol absolvió a ocho comuneros mapuches acusados de diversos delitos terroristas, en un juicio que nada tiene que envidiar al Caso Bombas capitalino. Jaime Madariaga, defensor del dirigente de Temucuicui, Felipe Huenchullan, conversó con The Clinic sobre el fallo y sus implicancias.

Pedro Cayuqueo
Pedro Cayuqueo
Por


¿De qué trató el caso y la acusación?
-Este caso comienza con un robo en el peaje de Quino, 40 km al norte de Temuco, alrededor de las dos de la mañana del 11 de octubre del 2009. Al huir, estas personas quemaron un camión y además robaron a algunos conductores. Unas horas antes, en otro camino ubicado a 8 kilómetros del peaje, encapuchados hicieron un corte de ruta. En ninguno de los dos casos hubo personas lesionadas.

Dos hechos en lugares diferentes.
-No obstante, la fiscalía sostuvo que habían sido ejecutados por las mismas personas y los calificó como “incendio terrorista”, “homicidio terrorista”, “robo con intimidación” y “asociación ilícita terrorista”. Y pidió casi 20 años de cárcel para cada uno de los ocho acusados. Acusados que, sorpresivamente, resultaron ser todos mapuches.

¿Cómo llega el Ministerio Público a dicha presunción?
-En la garita del peaje asaltado apareció un rayado con plumón que decía “resiste mapuche”. Eso en primer lugar. Luego aparece un testigo sin rostro que confesó haber participado en los delitos y que a cambio de su declaración, tanto en esta causa como en otra, no ha pasado ni un solo día en la cárcel. Se trata de un delincuente confeso de delitos que el propio Ministerio Público califica de terroristas.

Curioso.
-No es la única curiosidad. Durante la investigación nunca se obtuvieron huellas dactilares del lugar a pesar de que ningún testigo dijo que los hechores usaran guantes. Tampoco se solicitó, por parte de la fiscalía, el video del peaje, algo sumamente raro.

Este juicio era considerado emblemático junto a los casos “Tur Bus”, “Brasil” y “San Leandro”. ¿Observas algún patrón común?
-El denominador común en todos estos juicios es el uso de la Ley Antiterrorista y la utilización de testigos sin rostro. Y lo más grave, que mucha gente estuvo en prisión preventiva por dos años sólo con la declaración de un testigo sin rostro que es un delincuente confeso. Esto último es gravísimo. Es correcto proteger a los testigos. Lo que no es correcto es que su identidad no sea conocida por quien es acusado por él.

¿Se viola el debido proceso?
-Yo, al menos, así lo creo. No se respeta el debido proceso porque no podemos preparar una defensa adecuada contra los dichos de alguien que no podemos identificar, nunca sabremos sus motivaciones, las posibles venganzas o rencillas que lo animen, y por lo tanto, no es posible preparar un adecuado contrainterrogatorio. Lo peor de los testigos sin rostro es que ellos no tienen la obligación jurídica de decir la verdad. Si un testigo miente, comete delito y puede ser sancionado penalmente. En cambio, si un testigo sin rostro miente, no puede ser sancionado, porque el Estado le asegura la impunidad desde el momento en que su identidad no puede ser revelada.

Uno de los acusados denunció torturas que fueron acreditadas por la Clínica de la Facultad de Sicología de la UFRO. ¿Prosperó la querella que se interpuso?
-Para nada. El Ministerio Público decidió no investigar, ni siquiera ordenó que el Servicio Médico Legal examinara a Felipe, a pesar de haber sido solicitado en tres oportunidades ante una jueza de garantía. Eso es algo vergonzoso pero no sorprendente, pues cuando los mapuches son víctimas de delitos contra su integridad, esa suele ser la posición que asume el Ministerio Público. Simplemente archiva o no les cree, a pesar de existir un informe de una prestigiosa universidad que afirmó tajantemente que existieron torturas.

Según la acusación, los imputados “portaban escopetas hechizas y convencionales, un fusil de guerra, pistola y revólveres con munición”. Un verdadero comando militar. ¿Algo de ello se probó en el juicio?
-Absolutamente nada, lo único que se probó en el juicio fue que hubo disparos de escopeta, ninguna bala, ningún fusil ni nada similar. Vemos a un Ministerio Público más interesado de hacer creer a la comunidad que existe terrorismo allí donde no lo hay, en lugar de descubrir a los verdaderos autores de estos delitos violentos.

¿Cuál es la evaluación que haces del fallo absolutorio de los magistrados?
-Creo que será importante a la hora de discutir prisiones preventivas en el futuro, porque el Ministerio Público suele exagerar los hechos y los antecedentes con el fin de que se decrete la prisión preventiva a todo evento. De hecho, los años en prisión preventiva de los mapuches en este caso más parecen una condena que una medida cautelar provisoria.

¿Cuánto tiempo permanecieron encarcelados los mapuches?
-La mayoría, cerca de dos años. Te lo grafico con el siguiente ejemplo: cuando conocí a Felipe Huenchullan llevaba 2 años en la cárcel, 100 días en huelga de hambre y su hija tenía dos años y medio, todo para terminar absuelto. ¿Cómo el Estado permite que algo así llegue a ocurrir? Se pudo evitar mucho sufrimiento a los presos y sus familias, y un enorme perjuicio económico para gente ya demasiado empobrecida. Y también se afecta a las víctimas de los delitos. Dan ganas de decirles que no se enojen con los jueces, sino con aquellos que hicieron una mala labor de investigación. De eso no son responsables los jueces sino los fiscales.

El fallo fue por unanimidad. Contundente.
-Establece que existieron delitos, pero no actos de terrorismo, ni asociación ilícita terrorista. Todo era una exageración de la fiscalía que fue desvirtuada. Lo peligroso es que pudo no ocurrir así, y que gente inocente terminara condenada a 20 años de cárcel. Sentencias como ésta y como la del Caso Bombas han puesto en jaque al sistema procesal penal, pues han demostrado con igual fuerza, pero con menos publicidad cuando se trata de gente mapuche, que algo está fallando en el Ministerio Público.

CASO BOMBAS II
Has señalado que este fue el Caso Bombas II, ¿por qué?

-Porque la fiscalía imputó hechos no vinculados entre sí, los calificó de terroristas para poder abusar de la ley penal y del debido proceso, obtener largas prisiones preventivas de personas inocentes. En el juicio no hubo ni un solo testigo o perito que indicara que alguno de los acusados era culpable. Otro abuso cometido lo descubrimos cuando escuchamos los audios de las interceptaciones telefónicas. Allí nos encontramos con que había una interceptación de una conversación mía con una persona mapuche no acusada. Interpusimos otra querella más por la interceptación ilegal, que fue investigada por el fiscal regional, es decir, el superior jerárquico del fiscal del caso, que por supuesto concluyó que este hecho no era delito. Una vergüenza. Nos quedó la satisfacción que finalmente el fiscal fue sacado del juicio.

¿Cuál fue el motivo?
-Negligencia y decisiones erradas de su parte. El fiscal optó por no obedecer la resolución judicial que le ordenaba corregir los errores de su acusación, que eran evidentes, y eso lo dejó fuera del juicio oral. Lo que más les cuesta entender a estos fiscales es que ellos no están por sobre el poder judicial, sino que son simples solicitantes. Tienen mucho poder, es cierto, pero ellos sólo solicitan y son los jueces los que deciden.

Hablamos de Miguel Ángel Velásquez, ex “Fiscal Especial para Causas Mapuche”, un conocido de las comunidades.
-Un funcionario proveniente de la fiscalía militar y que ha perseguido a muchísima gente mapuche acusándola de terrorismo. Debido a su actuar jurídicamente errado, logramos que el Ministerio Público fuera sacado del proceso y solo siguiera adelante el ministerio del Interior que, en su alegato de clausura, terminó reconociendo que no había prueba de participación criminal. En estas causas se ha usado un perfil de fiscales que realmente deja mucho que desear. De hecho, uno de los fiscales del caso bombas había sido fiscal en el juicio contra la CAM en el que también fueron todos absueltos.

¿Qué opinión te merece la designación del ex fiscal Peña?
-Fue incomprensible, más si a los pocos días lo primero que ocurre es que un fiscal de Colombia lo acusa de haber realizado comentarios racistas en contra de los pueblos indígenas. Un nombramiento como este es algo más que una simple estupidez, creo que contiene un mensaje que dice algo así como “hacemos las estupideces que queremos y qué”.

¿Se utiliza la Ley Antiterrorista con fines políticos como denuncian las comunidades?
-Yo pienso que se la utiliza como herramienta de represión en lugar de usarla con un fin procesal adecuado. Se usa para perseguir hechos que realmente no son terrorismo, porque los delitos terroristas para ser tales deben tener tal gravedad que si se cometieran en tiempos de guerra constituirían crímenes de guerra. Como las investigaciones son tan deficientes, usan la Ley Antiterrorista para echar mano a los testigos sin rostro y así culpar y encarcelar personas sin pruebas.

Fuiste abogado de la familia de Mendoza Collio. ¿Qué opinas del fallo de la Corte Marcial que absolvió al cabo Jara Muñoz?
-Fui abogado de la familia en las etapas iniciales. Participé en la reconstitución de escena e intervine hasta que logramos que se revelara que habían perdigones de escopeta en la parte interna del chaleco antibala del carabinero que mató a Jaime. Realmente es lamentable lo que ha ocurrido, pues el fiscal militar hizo una muy buena labor de investigación y pidió una condena de 15 años de presidio. Lamentablemente, la Corte Marcial terminó absolviendo al acusado, invocando la legítima defensa. Para los que estuvimos en la reconstitución de escena esa tesis resulta absolutamente inverosímil.

Al sur del Biobío, ¿vale lo mismo la vida de un joven mapuche y uno chileno?
-Ciertamente no valen lo mismo para el Estado. El homicida de Matías Catrileo fue condenado como tal, pero un tribunal militar le aplicó atenuantes para rebajar la pena. La justicia militar reconoció que fue un homicidio, pero le aplicó una pena de 3 años y un día de libertad vigilada, es decir, no va estar ni un día preso. En cambio, cuando un mapuche es acusado de homicidio frustrado de un carabinero lo condenan a 10 años de presidio efectivo. Algo anda mal en el sur de Chile y algo anda mal con la ley que permite que esto suceda. Creo que todavía hay mucha gente que cree que la vida de unos vale más que la de otros. Cuando los peñis de Cañete fueron acusados de lesionar a un fiscal les pidieron 103 años de cárcel. Cuando los peñis han sido torturados por la policía no ha existido ni siquiera una investigación.

¿Existe racismo judicial?
-No creo que el Poder Judicial sea más racista que la sociedad chilena, pero tampoco creo que menos. Además, pienso que en este tipo de casos la fiscalía no persigue tanto las conductas delictivas, sino más bien formas de vida, persigue a los anarquistas y a los líderes mapuche que creen en la autodeterminación. Creo que estas causas han sido entregadas a investigadores prejuiciados, poco demócratas en sus convicciones y no respetuosos del debido proceso. Es gente que no cree que respetando el debido proceso se pueda descubrir a los autores de estos delitos, y piensan que la única forma de lograrlo es abusando de la Ley Antiterrorista y violando el debido proceso.

Se culpa a la derecha de un incremento en la represión. Tú vienes asumiendo defensas desde al menos una década. ¿Compartes este juicio?
-La aplicación de la Ley Antiterrorista no comenzó con este gobierno. Creo que en Santiago ni se imaginan todos los abusos que se cometen en el sur de Chile y desde hace décadas. Los homicidios de jóvenes mapuche ocurrieron en los gobiernos de la Concertación y no se ha hecho justicia. La única condena es por el homicidio de Matías y la pena no fue de cárcel efectiva. Lo que sí creo es que hay un aumento en la represión y la prensa nacional no critica mucho la ineficacia del gobierno.

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