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Nacional

7 de Diciembre de 2012

Pregunta del tribunal sobre tratado de 1952 marcó último día de alegatos en La Haya

La consulta de uno de los jueces de la Corte Internacional de La Haya a las delegaciones de Perú y Chile sobre si era posible fijar límites marítimos en 1952 marcó el último día de los alegatos chilenos que cerraron la primera fase de la defensa oral de ambas posturas por el juicio que Lima […]

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La consulta de uno de los jueces de la Corte Internacional de La Haya a las delegaciones de Perú y Chile sobre si era posible fijar límites marítimos en 1952 marcó el último día de los alegatos chilenos que cerraron la primera fase de la defensa oral de ambas posturas por el juicio que Lima inició a Santiago por la frontera marítima entre ambos países.

El juez marroquí Mohamed Bennouna, sorprendió a las delegaciones cuando tomó el microfono para cuestionar si: “Consideran ustedes en tanto que signatarios de la Declaración de Santiago en 1952, que podían en esa fecha, conforme al derecho internacional general, proclamar y delimitar una zona marítima de soberanía y jurisdicción exclusivas sobre el mar que baña las costas de sus respectivos países, hasta una distancia mínima de las 200 millas marinas desde las referidas costas”.

Esta interrogante podría favorecer la posición peruana, toda vez que su argumento central es que no existe un tratado limítrofe como tal.

La jornada comenzó a eso de las 6 de la mañana, hora chilena y horas más tarde, Piñera recibió a los diputados y senadores de las comisiones de Relaciones Exteriores de ambas cámaras para seguir a través de la señal enviada desde la Haya, el proceso que se desarrolla en Holanda. Aquí, el resumen del día chileno en La Haya.

La declaración de Santiago

La argumentación chilena se fundamentó en los tratados de 1952 y 1954 en los que Peru y Ecuador habrían delimitado sus fronteras marítimas y que se llamó la Declaración de Santiago. Frente a la posición peruana que sostiene que  esta declaración no sería un tratado, el abogado francés a favor de Chile, Pierre-Marie Dupuy dijo que “La Declaración de Santiago siempre ha sido un tratado (…) que se rige por el derecho internacional y que establece derechos y obligaciones para cada una de las partes”. A su vez, a modo de ejemplo de que Perú había aceptado y practicado esos tratados, la defensa chilena presentó textos escolares del vecino país en que se reconocen los tratados y los límites marítimos impuestos en ellos.

Durante el el lunes y martes Perú argumentó que en la Declaración de Santiago no se definieron los límites marítimos de Chile, Perú y Ecuador. Respecto a ello, el abogado de Chile, David Colson, dijo que “el argumento que nos da Perú es simplemente increíble (…) En mayo de 1955 el Congreso de Perú aprobó la declaración de Santiago y en ningún momento existe una referencia a efectos de que el Perú estaba dejando sin definir el límite marítimo”. Además, se mencionó que el 3 de septiembre de 1973, Perú y Chile enviaron a las Naciones Unidas una carta en la que se inscribía la Declaración de Santiago en la ONU.

La equidad

Uno de los conceptos clave en la argumentación peruana del lunes y martes pasado fue la equidad que, según Perú, debe haber entre ambos países respecto al mar. El abogado de Chile, James Crawford dijo que: “La equidad no puede ser instrumento para cuestionar acuerdos fronterizos existentes”. Bajo la misma idea, el senador Jorge Pizarro atacó el argumento peruano diciendo que el Tribunal no puede decir “voy a hacer un gesto de equidad, no. Las cosas no funcionan así” y apeló a la necesidad de que este asunto se defina, no en base a la igualdad, si no que en base al respeto del derecho internacional. Pizarro dijo que la Corte debe “resolver en derecho, tiene que ser así, porque o si no se pone en entredicho la vigencia plena de los tratados. Cuando uno se obliga y llega a un acuerdo y tiene un tratado tiene que cumplirlo, no es producto de la voluntad unilateral de un país el que se someta cualquier cosa a un tribunal”.

Los faros del Hito 1 y los mapas de Google

Desde la vereda peruana, el agente de ese país en La Haya, Allan Wagner, dijo que la argumentación chilena tiene “grandes vacíos, desde el punto de vista de su intento de probar la posición chilena que el paralelo que pasa por el Hito 1 constituye el límite marítimo”.

En oposición, el canciller Moreno -que está en La Haya- dijo que “hemos establecido muy claramente que el litigio que debe resolver la corte es la correcta interpretación del tratado de 1952, conocido como la declaración de Santiago, y que estableció los límites entre Chile y Perú y entre Perú y Ecuador”

Respecto a esta discusión, la defensa chilena recordó sobre los acuerdos que en 1968 y 1969 habrían firmado Perú y Chile para delimitar el Hito 1 y tras lo que se construyeron dos faros sobre el Hito 1, uno por Perú y otro por Chile. Se mostraron imágenes de los faros para probarlo y así desestimar el argumento peruano que quiere establecer el punto de la Concordia como límite marítimo.

Uno de los puntos quizá más sabrosos de la jornada fue cuando el litigante Jan Paulsson, a favor de Chile, cuestionó que Perú haya usado un mapa de Google para argumentar que el hito de la Concordia es el límite marítimo entre ambos países. “No soy experto en la historia en la cobertura de Internet y por satélite en América Latina, no me puedo imaginar que chilenos y peruanos al establecer la frontera terrestre en 1930 pudiesen recurrir a Google. Esto es mucho más reciente, tampoco sabemos en qué mes y a qué hora se hizo esta fotografía. Una costa es un entorno fluido que va cambiando, sobre todo cuando es una costa arenosa de este tipo, por lo que es difícil no preguntarse si Perú plantea este punto con seriedad, porque existe una normativa internacional relativa a los mapas y al uso de los mismos”

A eso de las 14:30, hora chilena, terminó el segundo día de argumentación de Chile. Y terminó abiertamente, con una pregunta del juez marroquí Mohamed Bennouna a ambas bancadas: “¿Consideran ustedes, en tanto a signatarios de la Declaración de Santiago en 1952, que podían en esa fecha, conforme al Derecho Internacional General, proclamar y delimitar una zona marítima de soberanía y jurisdicción exclusivas sobre el mar que baña las costas de sus respectivos países, hasta una distancia mínima de 200 millas marinas desde las diferidas costas?”. La pregunta tendrá que escrita y enviada a las partes y será respondida, oralmente, en la segunda ronda de alegatos orales que para Perú es el martes 11 y para Chile el viernes 14 de diciembre.

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