Secciones

Más en The Clinic

The Clinic Newsletters
cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad

Actualidad

11 de Diciembre de 2019

La propuesta de RD que debate la Oposición para asegurar paridad de género, independientes y pueblos originarios en el Proceso Constituyente

Por

The Clinic accedió a la propuesta de proyecto de ley de Revolución Democrática, que busca que en el próximo proceso constituyente se asegure paridad de género, el fortalecimiento de candidaturas independientes y la presencia de los pueblos originarios a través de un distrito único. La iniciativa se debate por estos días entre los integrantes del Frente Amplio y la Oposición, y esperan llegar a acuerdo a la brevedad.

De acuerdo al documento, luego del hito del 15 de noviembre pasado, cuando se decidió una ruta para una nueva constitución, la comisión técnica que elaboró las bases para implementar los términos del acuerdo, “no logró resolver el modo de incorporar criterios que garanticen la paridad de género, la competencia de candidatos independientes en términos equitativos con los candidatos pertenecientes a partidos políticos, ni la inclusión de escaños reservados para representantes de pueblos indígenas”.

En el caso de las mujeres, señalan en los fundamentos del texto del proyecto de ley que se busca proponer, “no cabe duda que ellas deben integrar la Convención en un porcentaje lo más similar a su proporción en la población total, vale decir, de manera paritaria”.

Respecto a los independientes, los autores del proyecto (RD) señalan que si bien consideran que “los partidos políticos son fundamentales en una democracia y que ellos deben ser fortalecidos, tenemos la fuerte convicción que una convención constituyente debe ser diversa y plural, un espacio en el que confluyan las distintas miradas de los ciudadanos y ciudadanas, estén o no afiliados a un partido político”.

Sobre la representación de personas pertenecientes a pueblos indígenas se reconoce “la imperiosa necesidad de asegurar su participación a través de medidas afirmativas que reparen en cierta medida la histórica exclusión que han sufrido de los espacios de deliberación nacional”.

En este sentido señalan que la idea matriz del proyecto es “disponer que las elecciones a delegados o delegadas de la Convención permitan competir como candidatos a las personas independientes en condiciones equitativas en relación a los candidatos pertenecientes a partidos políticos; incorporar criterios de paridad de género en la integración de la Convención y asegurar en ella un número cierto de escaños a los representantes de los distintos pueblos indígenas de nuestro país”.

Independientes

El primero de tres artículos del proyecto “modifica la ley n°18.700 orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios para permitir que en las elecciones para integrar el órgano constituyente puedan competir independientes, y para incorporar criterios de paridad de género en la conformación de las listas. En efecto, para permitir y promover la competencia de candidatos independientes, se propone la posibilidad de constituir pactos entre candidatos independientes, en la medida que puedan reunir, por lista, el patrocinio de un número de ciudadanos igual o superior al 0,5% de los que hubieren sufragado en el distrito electoral respectivo, en la anterior elección periódica de Diputados, de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones”.

Al mismo tiempo se agrega que “en caso de tratarse de una lista integrada exclusivamente por independientes, el porcentaje mínimo de ciudadanos patrocinantes de cada candidatura en la lista deberá ser igual o superior al 0,4% de los que hubieren sufragado en el distrito electoral respectivo, en los términos señalados”.

Convención paritaria

Para hacer efectiva la aspiración de una convención paritaria, señalan en el proyecto, se propone la conformación “de listas abiertas sujetas a la proporción 60-40 respecto de la distribución de sexo de las personas que las integren”.

El texto agrega que tales listas, “deberán estar encabezadas siempre por una mujer. Lo anterior, se encuentra alineado con la evidencia comparada que muestra que este sistema aumenta las probabilidades de las mujeres de ser elegidas. Asimismo, se establece que mientras que la asignación de cantidad de escaños a cada lista se hará conforme a la regla D’Hondt, la distribución de esos escaños entre las candidaturas más votadas dentro de cada lista estará sujeta a una regla de corrección que asegure alternancia de sexos entre las personas elegidas”.

Pueblos indígenas

En un segundo artículo se propone “reservar escaños en la convención mixta o constitucional de acuerdo al porcentaje que representan sobre la población total según el Censo realizado el año 2017, esto es, un 11,8 por ciento.

Para ello se creará un Padrón Electoral Indígena que tendrá como base el registro de acreditación de calidad indígena de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena y que contará con un plazo para efectos de ingresar a ese padrón. La elección será a nivel nacional en un solo distrito y las candidaturas se presentarán por cada pueblo indígena reconocido.

En el caso del artículo 3 se establece “la supletoriedad de las normas electorales que indica”.

La voz de Catalina Pérez

Sobre la propuesta del proyecto de ley, la presidenta de RD, diputada Catalina Pérez, comentó a The Clinic que “No hay espacio para divisiones o intereses particulares en la Oposición. Lo que no pudimos acordar entre presidentes de partido por la negativa del oficialismo al diálogo, lo seguimos empujando en la Cámara de Diputados“.

Pérez sostuvo que “para nosotros y para los partidos será imposible explicarle a la ciudadanía cómo vamos a tener un proceso constituyente sin un 50 por ciento de mujeres, la inclusión de los pueblos indígenas o la participación de personas que no participan en partidos políticos”.

Lee aquí el proyecto completo

V2. PROYECTO DE LEY ORGÁNIC… by The Clinic on Scribd

Notas relacionadas