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La Convención

27 de Agosto de 2021

Plebiscito dirimente para normas que no alcancen el quórum de aprobación dio su primer paso en la Convención

Convención Constitucional, llegada de convencionales y actividades de las comisiones Agencia Uno

En la instancia se determinó que las normas que no alcancen el quórum de 2/3, pero que tengan votación igual o superior a 3/5, podrán ser sometidas a este mecanismo que aún debe ser discutido ante el Pleno del organismo.

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Este viernes y luego de que se ratificara el quórum de 2/3, la Comisión de Participación Popular y Equidad Territorial de la Convención Constituyente aprobó la realización de un plebiscito dirimente.

Dicha medida se aplicará, en caso de ser ratificada por el Pleno de la CC, cuando el organismo no logré un consenso sobre determinadas normas constitucionales.

Ante estos casos, dichas normas serán sometidas al mencionado plebiscito dirimente en el que será la ciudadanía la encargada de decidir mediante votación si finalmente son incluidas o excluidas de la propuesta de nueva Constitución.

Según informó La Tercera, en la propuesta aprobada por la Comisión se establece que las normas que se sometan a un plebiscito dirigente serán las que no alcancen “el quórum para su aprobación establecido en el reglamento de votación”.

Asimismo, se determina que a pesar de esta situación, las normas deben haber “alcanzado una votación igual o superior a 3/5 de las y los convencionales constituyentes por su aprobación, en segunda votación”.

“Respecto a las normas constitucionales que hayan sido votadas cumpliendo el requisito anterior, se realizará una votación para determinar si una materia será convocada a plebiscito dirimente. Para ello, se requiere un quórum de aprobación de mayoría absoluta”, se añade en el texto.

Por otro lado se detalla que esta instancia podrá ser convocada “en una sola oportunidad”, por lo que se “deberá celebrarse en una fecha previa al trigésimo día anterior a que cese el funcionamiento de la Convención Constitucional”.

En tanto, respecto a las opciones que se usarán para determinar si una norma se incluye o no en el propuesta final, estas corresponderán a “Apruebo” o “Rechazo”.

“Se entenderá que la o las propuestas de norma constitucional que hayan sido aprobadas por la ciudadanía pasarán a integrar la propuesta de nueva Constitución”, precisan.

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